Dinamarca
Orden relativa a la Autorización para comercializar Productos Médicos
| Año de la actual versión: | 1995 |
|---|---|
| Fecha de entrada en vigor del texto original: | 28 de marzo de 1995 |
| Fecha del texto (Emitido): | 13 de marzo de 1995 |
| Tipo de texto: | Normas/Reglamentos |
| Asunto: | Información no divulgada (Secretos Comerciales) |
| Notas: | |
| Textos disponibles: | |
| Danés | |
| N° WIPO Lex: | DK015 |
Acceso rápido



'La Orden dispone que una persona que solicite una autorización para comercializar un producto médico no estará obligada a presentar los resultados de pruebas toxicológicas y farmacológicas y de ensayos clínicos cuando pueda demostrar que el producto médico es básicamente similar a un producto que ya ha sido autorizado desde hace más de seis años en el territorio de la Comunidad, de conformidad con las disposiciones comunitarias en vigor, y que se comercializa en el Estado miembro por el que se presenta la solicitud.'