Convención Universal sobre Derecho de Autor del 6 de septiembre de 1952, con Declaración anexa relativa al Artículo XVII y resolución relativa al Artículo XI
| Fecha: | Adoptado/a el 6 de septiembre de 1952 en Ginebra Entrada en vigor el 16 de septiembre de 1955 | ||||||||
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| Institución de acogida: | Organización de la Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cutura (UNESCO) | ||||||||
| Miembros: | Partes Contratantes/Signatarios | ||||||||
| Asunto: | Derecho de autor | ||||||||
| Notas: | Esta Convención entró en vigor el 16 de septiembre de 1955. Luego entró en vigor para cada Estado tres meses después de la fecha de depósito de su instrumento, salvo en los casos de notificaciones de sucesión, en los cuales la entrada en vigor se produce en la fecha en la que el Estado asume la responsabilidad de dirigir sus relaciones internacionales. | ||||||||
| Textos disponibles: |
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