Las Islas Cook se adhieren a cuatro tratados esenciales de derecho de autor de la OMPI
19 de marzo de 2019El 19 de marzo de 2019 las Islas Cook depositaron sus instrumentos de adhesión a cuatro tratados esenciales de la OMPI sobre el derecho de autor ante el director general de la OMPI, Sr. Francis Gurry, quien recibió los instrumentos de adhesión de la Sra. Repeta Puna, directora de Gobernanza, Ministerio de Desarrollo Cultural.
Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales
Las Islas Cook se convierten en la 25.ª Parte Contratante en el Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, que moderniza y actualiza para la era digital la protección que se contempla en la Convención de Roma sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión (1961) para los cantantes, los músicos, los bailarines y los actores que participan en las interpretaciones y ejecuciones audiovisuales (1961). El Tratado de Beijing exige la existencia de 30 Partes Contratantes para su entrada en vigor.
Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso
Este estado insular del Pacífico sur también se adhirió al Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso, convirtiéndose en la 55.ª Parte Contratante. El Tratado de Marrakech abarca en la actualidad 82 países debido a la reciente adhesión de la Unión Europea. Entrará en vigor para las Islas Cook el 19 de junio de 2019.
El Tratado de Marrakech exige a las Partes Contratantes que adopten disposiciones en las respectivas legislaciones nacionales que permitan reproducir, distribuir y poner a disposición del público obras publicadas en formatos accesibles, como el braille, mediante la aplicación de limitaciones y excepciones de los derechos de los titulares de obras protegidas por derecho de autor.
Prevé asimismo el intercambio transfronterizo de ejemplares en formatos accesibles a través de organizaciones que atiendan a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso. Armoniza, además, las limitaciones y excepciones para que estas organizaciones puedan actuar más allá de las fronteras.
El Tratado tiene por objeto asimismo asegurar a los autores y editores que el sistema no expondrá sus obras publicadas al uso indebido de las mismas o a su distribución a terceros distintos de los beneficiarios previstos.
Los Tratados Internet
Las Islas Cook también se adhirieron a los denominados "Tratados Internet", el Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WCT) y el Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT), convirtiéndose en el 101.a Parte Contratante de ambos. El WCT y el WPPT entrarán en vigor para las Islas Cook el 19 de junio de 2019.
Los Tratados Internet de la OMPI ponen al día el sistema de derecho de autor descrito en tratados más antiguos como el Convenio de Berna de 1886 y la Convención de Roma de 1961 y lo preparan para la era digital.
Al adherirse a esos tratados, las Islas Cook están dando un paso importante para apoyar el desarrollo de sus industrias creativas y facilitar la distribución de sus productos creativos por todo el mundo al amparo del derecho de autor. Los Tratados Internet también confieren derechos importantes y actualizados, como el de comunicación al público, que facilitan el comercio mundial de obras en formato digital.