(Todas las cifras están en Euros)
Tipo de tasa | Importe |
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Tasa administrativa | € 500 |
Honorarios del árbitro | Salvo que las partes acuerden otra cosa, los honorarios del árbitro serán € 200 por hora conforme lo acordado por el Centro de la OMPI y en consulta con las partes y el árbitro, limitado a un máximo de € 4,000. Este límite no se aplicará automáticamente en caso de que intervengan más de dos partes. |
1. Antes del nombramiento del árbitro, el Centro de la OMPI fijará los honorarios por hora del árbitro, en consulta con las partes y el árbitro. El Centro de la OMPI tendrá en cuenta factores tales como la cuantía en litigio, el número de partes, la complejidad de la disputa y las cualificaciones que se requieran del árbitro.
2. El árbitro estará obligado a mantener un registro detallado y preciso de la labor realizada y el tiempo dedicado al arbitraje. Tras la terminación del arbitraje, una copia de dicho registro se facilitará a las partes y al Centro de la OMPI, junto con la factura del árbitro.
3. Después de consultar con las partes y el árbitro, en los casos en los que intervengan más de dos partes, el Centro de la OMPI determinará el importe final que se pagará al árbitro, teniendo en cuenta las tarifas por hora y las tasas máximas y otros factores como la complejidad de la disputa y del arbitraje, el tiempo total dedicado por el árbitro, la diligencia del árbitro y la rapidez del procedimiento de arbitraje.
4. A los efectos del cálculo de las tasas, el importe de las reclamaciones expresadas en monedas distintas del Euro se convertirán a los importes expresados en Euros sobre la base de la tasa oficial de las Naciones Unidas de cambio vigente en la fecha de presentación de la solicitud de arbitraje.