*** Nueva Política, Reglamento y Reglamento Adicional de la OMPI para .DO Luego de la actualización de la Política .DO (Política de solución de controversias en Materia de nombres de dominio para .DO), el Reglamento (Reglamento de la Política de solución de controversias en materia de nombres de dominio para .DO), publicadas el 24 de mayo de 2024 por Nic.DO, el Centro de la OMPI actualizó su Reglamento Adicional, Modelo de Demanda, y Modelo de Escrito de Contestación para las controversias sobre nombres de dominio .DO. ***
Código de país / territorio |
.DO |
Nombre del país / territorio |
República Dominicana |
Búsqueda Whois |
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Política aplicable a la controversia |
Variante de la UDRPPolítica de Solución de Controversias en Materia de Nombres de Dominio para .DO Diferencias relevantes entre la UDRP y la Política .DOResulta suficiente con probar el registro o uso del nombre de dominio de mala fe por parte del demandante, mientras que en la UDRP el demandante debe probar ambos Tribunales de República Dominicana Español |
Normas de procedimiento |
Variante de la UDRPReglamento de la Política de solución de controversias en materia de nombres de dominio para .DO |
Documentos modelo de la OMPI |
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Baremo de tasas |
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Expertos de la OMPI |
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Entidad registradora |
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Acuerdo de registro |
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Criterio de elegibilidad |
El registro de nombres de dominio .DO no está restringido. Algunas restricciones se aplican a dominios de tercer nivel |
Caracteres compatibles |
Los nombres de dominio .DO son compatibles con caracteres ASCII |
Decisiones |
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