En conformidad al párrafo 3.b) del Reglamento, el Demandante presentará su demanda al Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el "Centro") junto con una portada. Con este fin, el Centro pone a disposición un modelo de portada de transmisión de la demanda:
- Modelo de portada de transmisión de la demanda UDRP (de conformidad con el Reglamento aprobado por la ICANN el 28 de septiembre de 2013 y en vigor desde el 31 de julio de 2015)