El Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI ha preparado el Reglamento de Mediación y Arbitraje Acelerado de la OMPI para el Sector del Cine y Medios de Comunicación específicamente adaptado para resolver posibles disputas en este sector.
Preparado en colaboración con expertos de la industria, este Reglamento, así como las cláusulas contractuales y acuerdos de sumisión modelo, son particularmente adecuados para transacciones internacionales relativas al sector del cine y medios de comunicación las que las partes requieren un proceso de arbitraje acelerado y mediación.
Areas de disputas relativas al sector del cine y medios de comunicación
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La naturaleza altamente cambiante de estos sectores, demanda herramientas de solución de controversias rápidas y de coste razonable. La mediación y el arbitraje pueden ser una alternativa eficaz a los procedimientos judiciales, especialmente para disputas internacionales.
Entre los potenciales usuarios del Reglamento de Mediación y Arbitraje Acelerado de la OMPI para el Sector del Cine y Medios de Comunicación se incluyen cineastas, directores, actores, artistas, intérpretes o ejecutantes, asociaciones del sector, productores, autores, guionistas, creadores, inversores, financiadores, fondos cinematográficos, empresas de afianzamiento de conclusión, aseguradores, agentes de ventas, abogados especialistas en derecho del entretenimiento, medios de comunicación y propiedad intelectual, consultores y auditores, distribuidores, exhibidores, expositores, editoriales, federaciones de comercio, sociedades de gestión colectiva y usuarios de materiales creativos.
Procedimientos de solución de controversias rápidos y flexibles
El nuevo Reglamento para el sector del cine y medios de comunicación establece un procedimiento de mediación y de arbitraje acelerado que pueden ser combinados o usados independientemente a opción de las partes. Este Reglamento tiene en cuenta las necesidades particulares de los implicados en el sector del cine y medios de comunicación que buscan un procedimiento acelerado. Los plazos establecidos en el Reglamento de Arbitraje de la OMPI que se aplican a las diversas etapas del procedimiento se han reducido a fin de acelerar el proceso de solución de controversias escogido por las partes.
Mediación de la OMPI para el Sector del Cine y Medios de Comunicación | Arbitraje Acelerado de la OMPI para el Sector del Cine y Medios de Comunicación |
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La mediación y arbitraje acelerado de la OMPI para el sector del cine y medios de comunicación son procedimientos económicos y eficientes particularmente adaptados a las necesidades de las partes en la mayoría de las disputas relativas al sector del cine y medios de comunicación. No obstante, el Centro de la OMPI reconoce que en ciertas disputas complejas, los usuarios del sector del cine y medios de comunicación pueden optar por el Reglamento de Arbitraje de la OMPI. El Reglamento de Arbitraje de la OMPI prevé plazos más amplios y la posibilidad de elegir un tribunal compuesto por 3 árbitros. En los casos en que las partes hubieran optado por Arbitraje de la OMPI, el Centro de la OMPI también pone a su disposición la lista de mediadores y árbitros para disputas relativas al sector del cine y medios de comunicación, de la cual las partes pueden escoger árbitros. No obstante, si se utiliza el Reglamento de Arbitraje de la OMPI, se aplicarán las tasas administrativas correspondientes.
Mediadores y árbitros
Las controversias relativas al sector del cine y medios de comunicación requieren conocimientos jurídicos especiales, así como también know how de ese sector. El Centro de la OMPI pone a disposición una lista internacional de mediadores y árbitros para ser nombrados bajo este Reglamento. La lista está compuesta por mediadores y árbitros calificados y reconocidos en el ámbito del derecho del entretenimiento, provenientes de diversas jurisdicciones.
Además, y gracias a la red mundial del Centro de la OMPI, el Centro de la OMPI cuenta con una lista de cerca de 1.500 árbitros y mediadores independientes, procedentes de 70 países que abarcan todos los aspectos de la propiedad intelectual y el derecho comercial.
Salvo que las partes hubieran convenido en la persona del mediador o el árbitro único o en cualquier otro procedimiento de nombramiento, el Centro proporcionará normalmente a las partes una lista con los nombres de los mediadores y árbitros especializados en el sector del cine y medios de comunicación con experiencia relevante para la controversia en particular, de modo que el Centro pueda hacer el nombramiento, teniendo en cuenta las preferencias indicadas por las partes.
Las controversias bajo el Reglamento de Arbitraje Acelerado de la OMPI para el Sector del Cine y Medios de Comunicación son decididas por un árbitro único. Si las partes prefieren que la controversia sea decidida por 3 árbitros, pueden utilizar el Reglamento de Arbitraje de la OMPI.
Tasas y honorarios
Para controversias bajo este Reglamento, las tasas administrativas del Centro y los honorarios del mediador y del árbitro han sido reducidas para adaptarse adecuadamente a las características propias de las controversias en el sector del cine y medios de comunicación.
WIPO eADR
Las partes que han elegido este Reglamento, pueden también elegir utilizar WIPO eADR para facilitar las comunicaciones referidas al caso.
WIPO eADR permite a las partes, al mediador o al árbitro en un caso bajo estas reglas, presentar documentos de manera electrónica en un archivo seguro. Las partes reciben alertas por correo electrónico cuando se produce una presentación en el caso y pueden ver y buscar en este caso en cualquier momento. El archivo en línea puede también ser usado para registrar el hecho de que una presentación está siendo realizada mediante copias en papel, fuera de WIPO eADR.
Preguntas generales
Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI
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