NUEVOS Reglamento de la política de solución de controversias en materia de nombres de dominio para .MX (el “Reglamento”) y Reglamento Adicional del Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI para .MX (en vigor a partir del 4 de marzo de 2019) (el “Reglamento Adicional”) donde se elimina la necesidad de envío de copias en papel por las partes pasando a un procedimiento 100% electrónico.
Desde el año 2001 el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el “Centro de la OMPI”) ha colaborado con Registry .MX como proveedor de servicios de solución de controversias en materia de nombres de dominio registrados bajo .MX, gestionando más de 380 procedimientos que involucraron más de 500 nombres de dominio.
Así, fruto de la experiencia y colaboración entre Registry .MX y el Centro de la OMPI, se han modificado el Reglamento y el Reglamento Adicional para .MX actualizándolos para que el procedimiento no requiera que las partes remitan copias en papel de sus escritos y anexos. Dicha actualización repercute en una mayor eficiencia en los procedimientos, reduciendo por tanto los costes para las partes así como el impacto medioambiental.
Se puede consultar a través del siguiente enlace toda la información aplicable a los procedimientos de controversias para nombres de dominio registrados bajo .MX así como las nuevas versiones del Reglamento y del Reglamento Adicional de la OMPI para .MX: https://www.wipo.int/amc/es/domains/cctld/mx/