Los tratados multilaterales administrados por la OMPI recibieron nuevos apoyos durante las Asambleas de 2018, gracias a las nueve adhesiones o ratificaciones que se produjeron durante la serie de reuniones celebrada en la sede de la OMPI en Ginebra entre el 24 de septiembre y el 2 de octubre de 2018.
Video: El director general de la OMPI, Sr. Francis Gurry, analiza la importancia de que los Estados miembros se adhieran a los tratados de la Organización.
La OMPI administra 26 tratados en materia de propiedad intelectual (PI) que ayudan a los innovadores y los creadores a proteger y promover sus productos en una economía moderna y mundial.
Cada nuevo Estado miembro que se constituye en Parte Contratante en un tratado de la OMPI representa un voto de confianza a la actividad multilateral de nuestra época y a la misión de la OMPI que consiste en facilitar la cooperación internacional entre sus Estados miembros. Esto es especialmente valioso en un tiempo en que el sistema multilateral se encuentra bajo presión y la adopción de normas por consenso —como la aprobación de nuevos tratados de la OMPI— está teniendo dificultades.
La OMPI recibió 28 instrumentos de adhesión en el período comprendido entre septiembre de 2017 y el inicio de las Asambleas de la OMPI de 2018: la ratificación de tratados en materia de PI pone de manifiesto la consciencia de los países de que los avances positivos a nivel internacional son beneficiosos para sus ciudadanos.
Más información: Notificaciones | Partes Contratantes | Cuadro recapitulativo de las Partes ContratantesAzerbaiyán, el Japón y la Unión Europea se han adherido al Tratado de Marrakech, con lo que asciende a 71 el número de Partes Contratantes en este acuerdo, que facilita la creación y transferencia, a través de las fronteras nacionales, de textos especialmente adaptados a las necesidades de las personas con discapacidad visual.
Por qué es importante: Según la Organización Mundial de la Salud, actualmente hay en el mundo unos 253 millones de personas con discapacidad visual, la mayoría de ellas en países de bajos ingresos. Por otra parte, solo una pequeña parte de las obras publicadas está disponible en formatos accesibles para estas personas. El Tratado de Marrakech busca corregir esta deficiencia.
Con ocasión del inicio de las Asambleas de la OMPI de 2018, el director general, Sr. Francis Gurry, dijo lo siguiente respecto del Tratado de Marrakech:
Ahora podemos vislumbrar con cierta confianza un futuro en el que el Tratado será universal, lo cual supondrá un gran logro para la Organización.
Más información: Partes Contratantes | Miembros de la Asamblea del Tratado de Marrakech
La India se adhirió al Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WCT) y al Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT), denominados conjuntamente los “Tratados Internet”. Con la adhesión de la India, el número total de Partes Contratantes se eleva a 97 para cada uno de los “Tratados Internet”.
Los Tratados Internet de la OMPI ponen al día el sistema de derecho de autor descrito en tratados más antiguos como el Convenio de Berna de 1886 y la Convención de Roma de 1961 y lo preparan para la era digital. Al adherirse a esos tratados, la India está dando un paso importante para apoyar el desarrollo de sus reputadas industrias creativas y facilitar la distribución de sus productos creativos por todo el mundo al amparo del derecho de autor.
El Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor actualiza el Convenio de Berna, ya que abarca las obras protegidas por derecho de autor que son productos de la era digital e importantes para las industrias creativas de la India, entre otras la industria de TI, como por ejemplo los programas informáticos y las bases de datos electrónicas. Los Tratados Internet también confieren derechos importantes y actualizados, como el de comunicación al público, que facilitan el comercio mundial de obras en formato digital. La capacidad de controlar la distribución de archivos digitales de música, videos, videojuegos y películas permite a las industrias indias y a los creadores particulares, así como a los artistas intérpretes o ejecutantes y a los productores de grabaciones sonoras, beneficiarse del sistema de distribución mundial.
Más información sobre el WCT: Notificación | Partes Contratantes | Miembros de la Asamblea del Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor
Más información sobre el WPPT: Notificación | Partes Contratantes | Miembros del Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas
Côte d’Ivoire se adhirió al Acta de Ginebra del Arreglo de Lisboa relativo a las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas, convirtiéndose en la segunda Parte Contratante. El Acta de Ginebra entrará en vigor después de que cinco partes que reúnan las condiciones necesarias depositen sus instrumentos de ratificación o adhesión.
Si no la mayoría, muchos países en desarrollo poseen una enorme riqueza de productos agrícolas, entre otras cosas. Desarrollar marcas sobre dichos productos es vital para obtener valor añadido en los mercados a los que estos se envían y en los que finalmente se venden. Hay varias opciones para lograr este objetivo. Una de ellas son las indicaciones geográficas y las denominaciones de origen. A tal fin, el Arreglo de Lisboa es crucial y el Acta de Ginebra es su versión última y más moderna, por lo que nos complace enormemente este avance, que nos hace esperar que el Acta pueda entrar en vigor lo antes posible.
dijo el director general, Sr. Francis Gurry, al aceptar la adhesión de Côte d'Ivoire.
Más información: Notificación | Partes Contratantes | Miembros de la Asamblea de la Unión de Lisboa
Malawi se adhirió al Sistema de Madrid para el registro internacional de marcas, de manera que el número de países miembros del Sistema Internacional de Marcas asciende a 118. Más información.
Gracias al Sistema de Madrid, los usuarios pueden solicitar el registro de su marca hasta en 118 territorios mediante la presentación de una única solicitud internacional en cualquier oficina de PI nacional o regional de un miembro del Sistema. Con el Sistema de Madrid se ha racionalizado el proceso de registro de una marca en varios países, gracias a un proceso simplificado de presentación y gestión. Actualmente, mediante un conjunto de herramientas electrónicas y recursos en línea que evolucionan continuamente, el Registro de Madrid tiene por finalidad racionalizar los servicios que presta, centrándolos en los clientes a lo largo de todo el período de vigencia de sus marcas.
Más información: Notificación | Partes ContratantesEl Perú se adhirió al Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas como 47.ª Parte Contratante.
El objetivo del Tratado de Singapur es crear un marco internacional moderno y dinámico para la armonización de los trámites administrativos de registro de marcas. Sobre la base del Tratado sobre el Derecho de Marcas de 1994, el nuevo Tratado de Singapur posee un alcance más amplio y tiene en cuenta la evolución más reciente en el ámbito de las tecnologías de la comunicación. El Tratado de Singapur se aplica a todos los tipos de marcas que puedan registrarse conforme a la legislación de una Parte Contratante determinada. Las Partes Contratantes tienen libertad para elegir la forma de comunicarse con sus respectivas oficinas (incluidas las comunicaciones en forma electrónica o que se transmiten por medios electrónicos).
Más información: Notificación | Partes Contratantes | Miembros de la Asamblea del Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas
El Perú se convirtió en la 21.ª Parte Contratante en el Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, que entrará en vigor después de que se adhieran a él 30 Partes Contratantes. El Tratado de Beijing fue adoptado en junio de 2012. El Tratado contempla los derechos de PI de los artistas intérpretes o ejecutantes sobre las interpretaciones o ejecuciones audiovisuales. El Tratado confiere a los artistas intérpretes o ejecutantes cuatro tipos de derechos patrimoniales sobre sus interpretaciones o ejecuciones en fijaciones audiovisuales, como por ejemplo películas. Se trata del derecho de reproducción, el derecho de distribución, el derecho de alquiler y el derecho de poner a disposición.
Más información: Notificación | Partes Contratantes