Con el fin de mantener un equilibrio apropiado entre los intereses de los titulares del derecho y los usuarios de contenidos protegidos, las leyes sobre derecho de autor permiten ciertas limitaciones respecto de los derechos patrimoniales, es decir, en los casos en los que las obras protegidas pueden ser utilizadas sin autorización del titular de los derechos y contra el pago o no de una remuneración.
Las limitaciones y excepciones al derecho de autor y los derechos conexos varían de un país a otro debido a sus peculiares condiciones sociales, económicas e históricas. Los tratados internacionales reconocen tal diversidad al estipular condiciones generales para la aplicación de las excepciones y las limitaciones y confiar a los legisladores nacionales la tarea de decidir si se ha de aplicar alguna excepción o limitación y, en caso afirmativo, determinar su alcance. Debido a la evolución de las nuevas tecnologías y al incesante aumento del uso de Internet en el mundo, se ha considerado necesario volver a ajustar el equilibrio antes citado entre los intereses de los diversos participantes.
Las limitaciones y excepciones constituyen un punto que se examina en el orden del día del Comité Permanente de Derecho de Autor y Derechos Conexos (SCCR); recientemente, el debate a su respecto se ha centrado principalmente en tres grupos de beneficiarios o actividades en relación con las excepciones y limitaciones, a saber, en las actividades educativas, en las bibliotecas y los archivos y en las personas discapacitadas, en particular los discapacitados visuales.