OMPI |
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CRNR/DC/11 ORIGINAL: Inglés FECHA: 4 de diciembre de 1996 |
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA |
CONFERENCIA DIPLOMÁTICA
SOBRE CIERTAS CUESTIONES DE DERECHO DE AUTOR
Y DERECHOS CONEXOS
Ginebra, 2 a 20 de diciembre de 1996
ENMIENDA DEL ARTÍCULO 6 DEL PROYECTO DE TRATADO No. 1
propuesta por la Delegación de Israel
La Delegación de Israel propone que se agregue al Artículo 6 el párrafo siguiente:
3) Mediante una notificación depositada ante el Director General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual en el momento de la ratificación, aceptación o adhesión, cualquier Parte Contratante podrá declarar que no aplicará las disposiciones de los párrafos 1) y 2) de este Artículo.
[Fin del documento]