OMPI |
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CRNR/DC/46 ORIGINAL: Inglés FECHA: 11 de diciembre de 1996 |
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA |
CONFERENCIA DIPLOMÁTICA
SOBRE CIERTAS CUESTIONES DE DERECHO DE AUTOR
Y DERECHOS CONEXOS
Ginebra, 2 a 20 de diciembre de 1996
ENMIENDA DEL ARTÍCULO 25 DEL PROYECTO DE TRATADO No. 2
propuesta por la Delegación de Nueva Zelandia
La Delegación de Nueva Zelandia propone lo siguiente:
Añadir un nuevo párrafo 2) al Artículo 25, con el siguiente texto:
"2) Una vez que una parte llegue a ser Parte Contratante en el presente Tratado, podrá, mediante el depósito de una notificación con el Director General de la OMPI, declarar que no aplicará las disposiciones del Artículo 5."
Renumerar el actual párrafo 2) como párrafo 3) y suprimir de su texto las palabras "párrafo 1) del presente Artìculo" y sustituirlas por las palabras:
"... párrafos 1) y 2) del presente Artìculo."
[Fin del documento]