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A/34/11 |
Memorándum del Director General
El Artículo 11.10) del Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual estipula que de la intervención de cuentas se encargarán, según las modalidades previstas en el Reglamento Financiero, uno o varios Estados miembros, o interventores de cuentas que, con su consentimiento, serán designados por la Asamblea General". Se han concedido facultades similares a las Asambleas de las Uniones de París, Berna, Madrid, La Haya, Niza, Lisboa, Locarno, IPC, PCT y Viena.
En sus períodos de sesiones de 1997, la Asamblea General de la OMPI y las Asambleas de las Uniones de París, Berna, Madrid, La Haya, Niza, Lisboa, Locarno, IPC, PCT y Viena renovaron el mandato concedido a Suiza como interventor de las cuentas de la OMPI, de las Uniones administradas por la OMPI y de las cuentas de los proyectos de asistencia técnica ejecutados por la OMPI y financiados, en particular por el PNUD, hasta el año 1999 inclusive (véase el documento AB/XXXI/12, párrafo 163).
Al mismo tiempo, la Asamblea General solicitó a la Oficina Internacional que preparase las alternativas disponibles sobre la futura designación de interventores, para su consideración en el período de sesiones de 1999 de la Asamblea General.
Según lo mencionado en el párrafo 1, el Interventor podrá ser uno de los Estados Miembros de la OMPI o un interventor externo, presumiblemente una empresa comercial con conocimientos específicos en intervención de cuentas. Las opciones disponibles para la designación futura del interventor son, por consiguiente, las siguientes:
a) renovar la designación de Suiza como interventor;
b) invitar a los Estados miembros de la OMPI a que expresen su interés en asumir las tareas propias del interventor, e iniciar un procedimiento que culmine con la selección de uno de esos Estados miembros, que podría ser Suiza u otro Estado miembro;
c) iniciar una licitación invitando a las empresas comerciales con conocimientos específicos en intervención de cuentas a que envíen sus ofertas para actuar como interventor.
En lo que atañe a la primera alternativa, cabe recordar que Suiza ha sido nombrado Interventor por la Asamblea General y las Asambleas de las Uniones administradas por la OMPI desde 1970, es decir desde el nacimiento de la OMPI, y ese mandato ha sido continuado cada cuatro años a partir de entonces. Además, también cabe recordar que Suiza ha emprendido la intervención de las cuentas de las Bureaux internationaux réunis pour la propriété intellectuelle (BIRPI) y de las entidades antecesoras de lo que ahora es la OMPI desde 1883, cuando la Oficina Internacional comenzó a funcionar por primera vez, ocupándose de la Unión de París. Actualmente, Suiza desempeña la intervención de las cuentas de la OMPI, de las Uniones administradas por la OMPI, y de las cuentas de los proyectos de asistencia técnica ejecutados por la OMPI, por medio de la Auditoría Federal de la Confederación Suiza (Contrôle fédéral des finances de la Confédération suisse), órgano supremo encargado de la intervención de cuentas en el Gobierno suizo. Asimismo, Suiza también ha hecho gala de generosidad al emprender la intervención de cuentas puesto que no ha percibido ningún honorario por los servicios prestados, con excepción del reembolso de los gastos de viaje en que incurre su equipo de auditores al desplazarse de Berna a Ginebra para efectuar la intervención de cuentas, y una proporción de los gastos de viaje de su personal superior con el fin de asistir a las reuniones del Grupo de Auditores Externos de las Naciones Unidas y sus organismos especializados (estos gastos se comparten con la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y la Unión Postal Universal (UPU), organizaciones que también confían la intervención de cuentas a Suiza). En el bienio 1996-97, la OMPI sufragó un importe de 32.000 francos en concepto de este tipo de gastos de viaje. En ese bienio, los auditores de la Auditoría Federal Suiza hicieron acto de presencia en los locales de la OMPI por un total de unos 120 días/persona, además del tiempo que hayan tenido que consagrar en Berna para analizar cuestiones relativas a las cuentas de la OMPI y preparar los diversos informes de auditoría relativos a la OMPI y a las Uniones administradas por la OMPI, las cuentas de la OMPI relativas a los proyectos del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, y las cuentas del Fondo de Previsión de la OMPI (clausurado). Cabe señalar que los auditores de la Auditoría Federal gozan de una reputación de seriedad en su labor de auditoría, que se efectúa de conformidad con las normas recomendadas por el Grupo de Auditores Externos de las Naciones Unidas y sus organismos especializados. Durante el tiempo en que Suiza ha desempeñado las funciones de Interventor de la OMPI, nunca ha habido críticas de los Estados miembros ni de terceros en lo relativo a la auditoría efectuada.
En lo que atañe a la posibilidad de invitar a los Estados miembros para que asuman las labores de interventor de la OMPI, cabe señalar que el Interventor General (o cargo equivalente) de los siguientes países son ahora miembros de la Junta de Auditores de las Naciones Unidas (Ghana, Filipinas y el Reino Unido), y que el Auditor General (o cargo equivalente) de los siguientes países son auditores de los siguientes organismos especializados del sistema de organizaciones de las Naciones Unidas:
País del interventor nacional Alemania Canadá Francia Reino Unido Sudáfrica Suiza |
Organismos especializados ONUDI OACI, UNESCO FAO, PMA, OMM OIT, OMI, OIEA OMS UIT, UPU, OMPI |
Con excepción de Suiza, Interventor de la UIT, la UPU y la OMPI, todos los demás países perciben honorarios para sufragar los sueldos y viáticos de sus respectivos auditores al efectuar los servicios de auditoría, y esos honorarios pueden ser elevados.
En lo que atañe a la selección de una empresa comercial, es muy probable que los honorarios que perciba sean considerablemente más elevados que los que percibiría un gobierno. Cabe señalar que ni las Naciones Unidas ni ningún organismo especializado utiliza los servicios de una empresa privada para la intervención de cuentas.
Habida cuenta de las consideraciones anteriores, y a la luz de su total satisfacción con la actuación de Suiza en su calidad de Interventor de la OMPI, el Director General considera que la medida más apropiada, y que él propone, sería extender la designación de Suiza como Interventor de las cuentas de la OMPI, de las Uniones administradas por la OMPI y de las cuentas de los proyectos de asistencia técnica ejecutados por la OMPI y financiados, en particular, por el PNUD, por un período adicional de cuatro años. Se efectúa esta propuesta con arreglo a las consultas mantenidas con los coordinadores de los grupos regionales.
La Secretaría ha consultado a los representantes del Gobierno suizo para asegurarse que Suiza estaría dispuesta a continuar actuando como Interventor, siempre que los Estados miembros así lo decidan, y el Gobierno suizo ha confirmado su disponibilidad para continuar con ese mandato y sobre la misma base que hasta el momento.
Se invita al Comité de Coordinación de la OMPI a que brinde su opinión a las Asambleas mencionadas en el párrafo siguiente respecto de la cuestión de la designación del interventor.
Se invita a la Asamblea General de la OMPI y a las Asambleas de las Uniones de París, Berna, Madrid, La Haya, Niza, Lisboa, Locarno, IPC, PCT y Viena a que renueven la designación de Suiza como interventor de las cuentas mencionadas en el párrafo 8 hasta el año 2003 inclusive.
[Fin del documento]