OMPI |
ORIGINAL: Inglés FECHA: 3 de octubre de 2001 |
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
GINEBRA
Vigésimo séptimo período de sesiones (15o
ordinario)
Ginebra, 24 de septiembre a 3 de octubre de 2001
aprobado por la Asamblea
1. La Asamblea General se ocupó de los siguientes puntos del orden del día consolidado (documento A/36/1): 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 12, 18, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 27 y 28.
2. El informe sobre los puntos mencionados, con la excepción de los puntos 18, 19, 21, 22 y 23, figura en el Informe General (documento A/36/15).
3. Los informes sobre los puntos 18, 19, 21, 22 y 23 figuran en el presente documento.
4. El Sr. Álvaro de Mendonça e Moura (Portugal), Presidente de la Asamblea General, dirigió los debates de su período de sesiones.
5. Los debates se basaron en los documentos WO/GA/27/1 y WO/GA/27/5.
6. Al hacer una introducción sobre este punto, la Secretaría recordó que los dos documentos estaban relacionados con dos programas de trabajo de la OMPI que se habían llevado a cabo en los últimos 12 meses. En el primero de ellos, documento WO/GA/27/5, se abordaba la labor de la OMPI en relación con los dominios de nivel superior correspondientes a códigos de países (ccTLD). Los ccTLD representaban un conjunto de más de 240 Registros de nombres de dominio, en su mayoría administrados por empresas privadas. Los Estados miembros habían pedido a la Secretaría que cooperara con los administradores de los ccTLD con miras a reforzar la protección de la propiedad intelectual en sus dominios respectivos y, en particular, a los fines de la adopción de la Política Uniforme de Solución de Controversias en materia de Nombres de Dominio por parte de los ccTLD. La Secretaría había emprendido un proceso en ese sentido, que abarcaba la organización de una conferencia internacional en Ginebra, en febrero de 2001, para abordar las cuestiones planteadas y la publicación de Prácticas Óptimas de la OMPI sobre Prevención y Solución de Controversias en materia de Propiedad Intelectual relacionadas con los ccTLD. A raíz de dicho proceso, 22 ccTLD habían adoptado la Política Uniforme y 56 controversias relativas al registro en los ccTLD habían sido interpuestas ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI. La Secretaría dijo que era consciente de la relación que existía entre los gobiernos y los ccTLD, e invitó a los Estados miembros a exhortar a los ccTLD a adoptar la Política Uniforme, habida cuenta de que así se lograría una mayor uniformidad en relación con los procedimientos de solución de controversias relativas a los nombres de dominio en todo el mundo y de las posibilidades que ello entrañaría por lo que respecta a la consolidación de demandas contra el registro abusivo del mismo nombre en los gTLD y los ccTLD por parte de un mismo titular.
7. Remitiéndose al otro documento (WO/GA/27/1), la Secretaría dijo que en él se abordaban los dominios genéricos de nivel superior (gTLD), de los cuales, los tres más importantes eran .COM, .NET y .ORG, a los que pronto vendrían a añadirse siete nuevos dominios (.AERO, .BIZ, .COOP, .INFO, .MUSEUM, .NAME, .PRO). A ese respecto, se recordó que la OMPI había llevado a cabo un primer proceso sobre los nombres de dominio que se había saldado con la entrada en vigor de la Política Uniforme, que se aplicaba únicamente a las marcas de fábrica o de comercio y de servicio. No obstante, en la época en que se llevó a cabo el Primer Proceso de la OMPI, ya era evidente que había identificadores distintos a las marcas de fábrica o de comercio y de servicio que también eran objeto de registro abusivo en el sistema de nombres de dominio. Por esa razón, los Estados miembros habían pedido a la OMPI que emprendiera un segundo proceso relativo a los nombres de dominio, en el que se examinaran medios de hacer frente al uso de mala fe y abusivo, en el marco del sistema de nombres de dominio, de:
El Informe del Segundo Proceso de la OMPI relativo a los Nombres de Dominio de Internet (Informe del Segundo Proceso) fue publicado el 3 de septiembre de 2001. En dicho Informe se formulaban tres conclusiones principales, a saber:
8. El Presidente dio las gracias a la Secretaría por su introducción del tema objeto de examen y abrió el debate. Tomando nota de que no se habían formulado observaciones en relación con el documento WO/GA/27/5, el Presidente propuso que se pasara a examinar el documento WO/GA/27/1.
9. La Delegación de la Argentina felicitó a la Secretaría por la labor realizada en el Segundo Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet, en el que la Argentina había participado activamente. Por lo que respecta al Informe de ese Proceso, la Delegación no tenía objeción alguna en cuanto a la recomendación que figuraba en el párrafo 244 en relación con las indicaciones de procedencia y las indicaciones geográficas. Por lo que respecta a la recomendación que figuraba en el párrafo 273 del Informe, la Delegación opinó que la protección de los nombres de países en los gTLD era una cuestión sumamente importante, pero que ampliar esa protección a las municipalidades sería difícil teniendo en cuenta la posibilidad de un conflicto respecto del mismo nombre entre varios municipios. Por lo que respecta al párrafo 288 del Informe del Segundo Proceso, la Delegación convino en que debían establecerse nuevas reglas internacionales para la protección específica de los nombres de países. La Delegación dijo también que estaba de acuerdo con la recomendación que figuraba en el párrafo 293 en lo referente a la necesidad de evitar confusiones en relación con los códigos de países según la norma ISO 3166 en el sistema de nombres de dominio.
10. La Delegación del Uruguay felicitó a la Secretaría por la labor realizada en el Segundo Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet y por las recomendaciones que se habían sometido a examen de la Asamblea General. La Delegación dijo que apoyaba la protección de los nombres y siglas de las organizaciones internacionales intergubernamentales. La Delegación subrayó que la OMPI podía desempeñar una función importante en esta compleja esfera y que confiaba en que proseguiría su labor en relación con las cuestiones planteadas.
11. La Delegación de Bulgaria, haciendo uso de la palabra en nombre de los Estados de Europa Central y el Báltico, dijo que el Grupo apreciaba la labor que había llevado a cabo la Secretaría en el marco del Segundo Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet, que había permitido llegar a una serie de importantes conclusiones sobre las actuales prácticas de registro de nombres de dominio que, en cierta medida, no podían abordarse en el marco de los sistemas internacionales vigentes. El Grupo coincidía con varias de las recomendaciones que figuraban en el Informe del Segundo Proceso. No obstante, esas recomendaciones no aportaban soluciones completas en las situaciones en las que se planteaban conflictos de intereses. Habida cuenta de la falta de un marco jurídico adecuado en relación con el sistema de nombres de dominio y de la creciente necesidad de encontrar soluciones a los problemas que iban planteándose, el Grupo instó a la Secretaría a tomar la iniciativa en el establecimiento de soluciones normativas de problemas de propiedad intelectual que se planteaban en Internet, en lugar de recurrir a soluciones administrativas caso por caso. Con ese fin debían tenerse en cuenta prácticas óptimas en el ámbito de las reglamentaciones nacionales y en el proceso debían intervenir otras entidades importantes como la Corporación de Asignación de Nombres y Números de Internet (ICANN). El Grupo opinaba que la OMPI podía desempeñar una función importante en la canalización de los debates sobre las cuestiones a las que se había hecho referencia en el Informe del Segundo Proceso, así como sobre futuras cuestiones conexas, y que cabía plantear la posibilidad de que dichos debates se estructuraran en el marco de un órgano ad hoc que formara parte de la OMPI. El Grupo instó a evitar, en toda la medida de lo posible, la duplicación de tareas en otros órganos de la OMPI o en otras organizaciones internacionales. Habida cuenta de la constante evolución en el contexto de Internet, el Grupo propuso que se pasara inmediatamente a la acción y que se empezara por determinar las cuestiones más complejas en el marco del nuevo órgano, y que ese órgano presentara un informe a la Asamblea General en su siguiente reunión.
12. La Delegación de Bélgica, haciendo uso de la palabra en nombre de la Comunidad Europea y sus Estados miembros, felicitó al Director General y a la Secretaría por la gran labor realizada en el Segundo Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet. Expresó el aprecio que le merecían los esfuerzos realizados por la Secretaría al examinar las cuestiones relativas a la mala fe y al uso y registro engañoso de una serie de identificadores distintos de las marcas como nombres de dominio. Acogió asimismo con beneplácito el Informe del Segundo Proceso. Habida cuenta de que el Informe del Segundo Proceso no se distribuyó hasta principios de septiembre, la Comunidad Europea y sus Estados miembros habían encontrado difícil hacerse una opinión sobre las recomendaciones contenidos en el Informe durante la presente Asamblea General. Por consiguiente, la Comunidad Europea y sus Estados miembros consideraban que debían seguir evaluándose las recomendaciones que contenía el Informe del Segundo Proceso antes de adoptar cualquier tipo de postura. Recogiendo lo afirmado por la Secretaría en relación con la imprevisibilidad y la velocidad de desarrollo de Internet, así como lo afirmado por la Delegación de Bulgaria, la Comunidad Europea y sus Estados miembros proponían la creación de un grupo de trabajo ad hoc que se ocuparía de realizar una evaluación exhaustiva de las recomendaciones contenidos en el Informe del Segundo Proceso y definirían las acciones que debería emprender la OMPI al respecto. Añadió que este tipo de actividad se incluiría en el marco del Subprograma 10.3 del Presupuesto por Programas para el bienio 2002-2003. Para finalizar, la Comunidad Europea y sus Estados miembros opinaron que el grupo de trabajo debería finalizar su labor al menos tres meses antes de la próxima Asamblea General, en 2002, a la que debería presentar su Informe.
13. La Delegación de China afirmó que el estudio del problema era tan oportuno como necesario. El sistema de nombres de dominio estaba experimentando un rápido desarrollo, que conducía a un enorme crecimiento del número de registros de nombres de dominio, así como del número de litigios que traía aparejado. En China, se habían dado casos en los que se habían registrado marcas y nombres comerciales de terceros como nombres de dominio a fin de chantajear a los legítimos titulares. Varios casos se habían presentado ante los tribunales. La Delegación expresó el interés de su Gobierno por esta cuestión y su deseo de participar activamente en los debates y en las actividades. La Delegación apoyó asimismo la función de la OMPI en esta esfera.
14. La Delegación de Chile expresó el aprecio que le merecía la extraordinaria labor realizada por la Secretaría en el Segundo Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet. La Delegación invitó a todos los Estados miembros a examinar con detenimiento el análisis y las recomendaciones de la OMPI. En lo tocante a las indicaciones geográficas, la Delegación observó la ausencia de criterios válidos para resolver las dificultades encontradas. La Delegación hizo referencia asimismo a las pruebas considerables que existían en relación con la práctica de registrar nombres de lugares por parte de personas que no mantenían ninguna conexión con los lugares en cuestión. La Delegación afirmó que debería abordarse la cuestión de si debiese o no existir legislación internacional al respecto. La Delegación opinó que existía una gran cantidad de material que debería ser estudiado por el Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas, Dibujos y Modelos Industriales e Indicaciones Geográficas (SCT). La Delegación se opuso a la creación de órganos adicionales al respecto.
15. La Delegación de la India, haciendo uso de la palabra en nombre del Grupo Asiático, felicitó a la Secretaría por su labor en el Segundo Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet. La Delegación se mostró de acuerdo con la creación de un grupo de trabajo ad hoc, destinado a examinar las recomendaciones que figuraban en el Informe del Segundo Proceso. Dicho grupo debería finalizar su labor en el plazo prescrito.
16. La Delegación de Suiza dijo que, aunque Suiza no se contaba entre los iniciadores del Segundo Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet, había acogido desde el principio con beneplácito los esfuerzos de la Oficina Internacional en este sentido. La Delegación destacó que Suiza había participado activamente en el Proceso expresando su opinión tras distintas invitaciones a presentar comentarios. En lo tocante al Informe final, la Delegación felicitó a la OMPI por su excelente trabajo. La Delegación constató que, en lo tocante a las recomendaciones, la Oficina Internacional no había deseado ampliar el campo de aplicación de los derechos existentes ni crear nuevos derechos en relación con las controversias en materia de nombres de dominio. La Delegación observó que el Informe final no contenía sino recomendaciones que se derivaban directamente de un tratado y que correspondían al nivel de protección que se reconocía, por lo general, al signo en cuestión. La Delegación opinó que era comprensible, pero no imperativo, que la OMPI se impusiese dicha restricción. La Delegación observó que la administración de los dominios genéricos de nivel superior se basaba, parcialmente, en bases contractuales, y un sistema autónomo en el que cabía introducir una protección de las designaciones que trascendiera las normas internacionales. A este respecto, la Delegación citó el siguiente ejemplo: si únicamente los países podían utilizar como nombre de dominio el nombre del país en cuestión, la ICANN podría imponer esta regla sin que el Artículo 6ter del Convenio de París previese una protección general de los nombres de países. La Delegación destacó que, habida cuenta de que el origen de numerosos litigios relativos a los nombres de dominio de Internet residía en la característica de Internet según la cual un nombre de dominio no podía, por razones técnicas, ser utilizado más que por una sola persona, resultaría más atinado tomar medidas administrativas en lugar de elaborar un tratado especial. La Delegación indicó que actualmente estudiaba en qué medida podría participar en los órganos apropiados como el Comité Consultivo Gubernamental de la ICANN para los nombres de países. Finalmente, en lo tocante al procedimiento, la Delegación manifestó su apoyo a la postura formulada por Bélgica en nombre de la Comunidad Europea y sus Estados miembros, en relación con la creación de un órgano ad hoc que examinaría todas las cuestiones presentadas en el Informe de manera rápida y eficaz y determinaría qué acciones debería emprender la OMPI. La Delegación finalizó indicando que respetar esas dos condiciones era un requisito indispensable para que se llevasen a cabo trabajos útiles y dignos de crédito.
17. La Delegación de Argelia, haciendo uso de la palabra en nombre del Grupo Africano, felicitó a la Secretaría por las consultas realizadas y las recomendaciones propuestas. La Delegación indicó que el Grupo Africano había examinado atentamente los documentos relativos a los nombres de dominio de Internet y deseaba que la comunidad de la propiedad intelectual tomase nota de la cuestión de la brecha digital. A este respecto, la Delegación reiteró las recomendaciones formuladas durante la consulta que se celebró en Accra en abril de 2001 y manifestó el apoyo del Grupo Africano al Programa Digital de la OMPI. La Delegación destacó que el Grupo Africano era favorable a la protección de los nombres de países y los términos geográficos en el sistema de los nombres de dominio, y a que la OMPI participase en la formación de los expertos africanos en este sector. La Delegación destacó asimismo, que el Grupo Africano abogaba por que la OMPI desempeñase una función activa en esta esfera a fin de elaborar normas apropiadas. La Delegación indicó que incumbía a los Estados una función central. Por último, la Delegación indicó que el Grupo Africano estaba a favor de toda propuesta que entrase en el marco de los principios enunciados.
18. La Delegación de Cuba felicitó a la Secretaría por su Informe sobre el Segundo Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet y señaló que era el momento adecuado para establecer un grupo de trabajo especial que estudiara el uso de mala fe de nombres de dominio y otros identificadores en el ámbito de los nombres de dominio.
19. La Delegación de Jordania recalcó la ausencia de protección eficaz de las marcas en el ámbito de los nombres de dominio y señaló que, habida cuenta del desarrollo acelerado de Internet, la Secretaría debía tomar medidas para defender dichos derechos cuando se utilizaran en Internet.
20. La Delegación de Ghana expresó su apoyo a la intervención de la Delegación de Argelia en nombre del Grupo Africano. La Delegación de Ghana observó también que Ghana había tenido el privilegio de acoger junto con la Oficina Internacional una consulta regional en abril de 2001 como parte del Segundo Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet, que coincidía con el Día Mundial de la Propiedad Intelectual. Se observó que esta consulta había producido unos resultados muy satisfactorios, y que había aumentado la participación y se había acentuado la concienciación acerca de la importancia de la propiedad intelectual para el desarrollo de la humanidad. La Delegación expresó su satisfacción por la calidad de los documentos WO/GA/27/1 y WO/GA/27/5 y la exposición de las cuestiones que figuraban en ellos. No obstante, la Delegación observó que esta labor también servía para subrayar las considerables diferencias existentes en el mundo digital entre las economías desarrolladas y en desarrollo, así como la necesidad de que se llevara a cabo una labor urgente para permitir la participación eficaz de todos en las nuevas tecnologías.
21. La Delegación del Canadá acogió con agrado el Informe sobre el Segundo Proceso y propuso que el SCT utilizara su competencia en estas cuestiones para examinar las recomendaciones del Informe. La Delegación estuvo de acuerdo con las observaciones de la Delegación de Chile y declaró que no podía apoyar el establecimiento de un nuevo órgano para examinar estas cuestiones, ya que dicha representación podía constituir una sobrecarga para los recursos nacionales. Se observó que, de conformidad con el Presupuesto por Programas para el bienio 2002-2003, el SCT tenía la responsabilidad de desarrollar su propio programa de trabajo y prioridades y que el estudio posterior de este Informe debería formar parte de dicho programa.
22. La Delegación de Guatemala expresó su agradecimiento por los esfuerzos de la Secretaría a la hora de llevar a cabo el Segundo Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet. Observó que la labor en curso sobre estas cuestiones debería tener lugar en el seno de los Comités existentes, y que no debería crearse ningún nuevo organismo para tratar de las indicaciones geográficas o de los nombres.
23. La Delegación de México expresó su agradecimiento a la Secretaría por la labor emprendida en el Segundo Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet y convino en que deberían estudiarse cuidadosamente las recomendaciones efectuadas en el Informe de dicho Proceso. La Delegación recalcó que esta labor debería emprenderse en el seno del SCT y que no debería establecerse ningún nuevo órgano con este fin.
24. La Delegación de los Estados Unidos de América apoyó las intervenciones de las Delegaciones de Chile, Canadá, Guatemala y México, entre otras, y observó que hacía falta tiempo para estudiar las cuestiones planteadas por el Segundo Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet a escala nacional y posteriormente en el programa del SCT. La Delegación recalcó que el SCT poseía la competencia necesaria para abordar las cuestiones pertinentes y señaló su preocupación porque se aprovecharan al máximo los recursos limitados disponibles, incluida la necesidad de enviar expertos de distintas capitales a que tomaran parte en numerosos grupos de trabajo. La Delegación observó igualmente que no debía efectuarse una labor apresurada sobre estas cuestiones y pidió que se estudiaran concienzudamente.
25. La Delegación de Australia felicitó a la Secretaría por su labor sobre el Segundo Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet y señaló que, en el corto intervalo de tiempo permitido para estudiar el Informe sobre dicho Proceso, no podía ofrecer una respuesta completa a las recomendaciones efectuadas en el Informe. La Delegación de Australia suscribió las intervenciones de las delegaciones de Chile, Canadá, Estados Unidos de América, Guatemala y México, declarando que la labor del SCT abarcaba la mayoría de las cuestiones clave planteadas en el Informe y que, por consiguiente, resultaba el órgano adecuado en el que debiera tener lugar el estudio posterior de dichas cuestiones. La Delegación señaló que esta labor era importante y debía llevarse a cabo a la mayor brevedad, y que en este contexto la próxima reunión del SCT tendría lugar en diciembre de 2001. La Delegación estuvo de acuerdo con la intervención de la Delegación del Canadá en el sentido de que de esta manera se aprovecharían al máximo los recursos humanos y de tiempo limitados. La Delegación apoyó la labor en curso de la Secretaría en esta esfera, bajo los auspicios del SCT.
26. La Delegación del Brasil felicitó a la Secretaría por su labor en el Segundo Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet y señaló que el uso indiscriminado de nombres de países e indicaciones geográficas había sido una cuestión de interés desde hacía tiempo en los foros internacionales. La Delegación señaló que, en particular, los países en desarrollo habían propuesto la protección de los nombres oficiales de los Estados en la tercera sesión de la Conferencia Diplomática (4-30 de octubre de 1962 y 23-27 de noviembre de 1982) que se reunió para revisar el Convenio de París. La Delegación señaló que esta propuesta había pasado a tener una mayor importancia debido al desarrollo de Internet y a la circunstancia de que cualquier persona, natural o jurídica, podía registrar cualquier nombre de país u otro nombre geográfico como nombre de dominio. Por ejemplo, se observó que muchos países estaban preocupados por el registro por parte de cualquier persona de nombres de países en el nuevo dominio genérico de nivel superior .INFO. La Delegación subrayó que debía plantearse la cuestión ante las Asambleas, con el fin de considerar la conveniencia de crear un marco jurídico en el que abordar estos temas. Señaló que el Comité Consultivo Gubernamental (GAC) de la ICANN había considerado esta cuestión en sus reuniones, en Marina del Rey en noviembre de 2000 y en Montevideo en septiembre de 2001. En un comunicado redactado tras la reunión de Montevideo, el GAC esbozo claramente la necesidad de establecer una disposición jurídica que evitara posibles conflictos en este ámbito. La Delegación comentó lo sensible que resultaba esta cuestión, teniendo en cuenta el hecho de que había la posibilidad de que intereses privados entraran en conflicto directo con los intereses comunitarios y de los Estados respecto de los nombres geográficos. La Delegación expresó su preocupación por el hecho de que la atribución de nombres de dominio en los nuevos dominios genéricos de nivel superior permitía a particulares que no tenían relación con el nombre en cuestión registrar indebidamente el nombre de dominio, tal y como se describía en los párrafos 250 a 252 del Informe sobre el Segundo Proceso. A este respecto, observó en particular el registro previo de nombres de dominio en el dominio de nivel superior .INFO durante el período de arranque para el registro de nombres de dominio. La Delegación señaló que en este caso existía la necesidad de proteger los intereses legítimos respecto del uso de nombres de países. En referencia al párrafo 276 del Informe sobre el segundo Proceso y de conformidad con la Delegación de la Argentina, la Delegación señaló que el planteamiento adecuado consistía en establecer un arreglo jurídico para proteger los nombres de países y el mecanismo correspondiente para permitir a las comunidades evitar el abuso de nombres reconocidos de localidades geográficas, aunque en este contexto la Delegación observó que cabía la posibilidad de que se repitieran dichos nombres dentro de los países, así como en otros países. Sobre la cuestión del foro en el que debería tener lugar esta labor en el seno de la Secretaría, la Delegación no había tomado una postura definitiva, pero tomó nota de las intervenciones de las Delegaciones de Guatemala, Chile, México, Australia, los Estados Unidos de América y Canadá.
27. La Delegación del Japón expresó su agradecimiento a la Secretaría por la labor realizada en relación con el Segundo Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet y señaló que, como acababa de recibir recientemente el Informe, aún no había podido analizar plenamente las recomendaciones ni adoptar una postura al respecto. La Delegación señaló que estas recomendaciones exigían una plena evaluación antes de que se pudieran tomar las medidas apropiadas. La Delegación estuvo de acuerdo en que el SCT, que ya tenía la experiencia necesaria, tenía que emprender la labor destinada a definir la futura acción de la Secretaría en este ámbito y declaró que, dados los recursos limitados disponibles, no se tendría que crear ningún grupo de trabajo separado. La Delegación del Japón reconoció la necesidad de establecer un marco cronológico para poder realizar esta labor, pero señaló que no tendría que tomarse ninguna medida improvisada.
28. La Delegación de la Argentina señaló su acuerdo con las demás delegaciones en el sentido de que no se tendría que establecer ningún nuevo órgano para examinar el Informe sobre el Segundo Proceso y que los países en desarrollo compartían la preocupación de los países desarrollados de utilizar en la mejor manera posible los recursos limitados. La Delegación preguntó a la Secretaría si se pedía a los Estados miembros que evaluasen y tomasen nota del contenido del Informe como documento final (como había ocurrido con el Informe sobre el Primer Proceso de la OMPI relativo a los Nombres de Dominio de Internet) o si se solicitaba a los Estados miembros que tomasen una decisión sobre el Informe antes de que éste se presentara a la ICANN.
29. En respuesta a la pregunta de la Delegación de la Argentina, la Secretaría señaló que, en efecto, se estaba pidiendo a los Estados miembros que abordaran la cuestión de si se tendrían que adoptar medidas cuando el marco jurídico se revelase inadecuado para tratar los problemas. A este respecto, el Segundo Proceso difería del Primer Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet, donde se había examinado la protección de las marcas en el espacio de los nombres de dominio sobre la base de más de 100 años de evolución del derecho armonizado de marcas. La convergencia de las normas nacionales sobre marcas había permitido la expresión de estas normas en el espacio de nombres de dominio sin exigir la creación de nueva legislación. La Secretaría señaló, en cambio, que las cuestiones examinadas en el Informe sobre el Segundo Proceso parecían exigir, en caso de tenerse que tomar medidas, la creación de legislación nueva.
30. En resumen, el Presidente tomó nota de que todas las delegaciones habían expresado unánimemente su apoyo a la labor de la Secretaría en la esfera de los nombres de dominio. El Presidente observó que las Asambleas habían tomado nota del documento WO/GA/27/5, que no habían expresado ninguna objeción en contra de ese documento y habían alentado a la OMPI a que prosiguiera su labor con los ccTLD. Con respecto al documento WO/GA/27/1, el Presidente tomó nota del deseo de las Asambleas de estudiar a fondo el Informe del Segundo Proceso y de la opinión general de que el tiempo disponible para su estudio desde su publicación había sido insuficiente. Siendo así, era necesario estudiar más en detalle las recomendaciones del Informe sobre el Segundo Proceso. El Presidente señaló que habían surgido dos posturas en relación con la cuestión de cuál sería el foro apropiado para proseguir con este análisis; la primera estaba en favor del establecimiento de un grupo de trabajo ad hoc encargado de examinar la cuestión y de informar al respecto, y la segunda designaba al SCT como el foro apropiado.
31. El Presidente declaró que, tras celebrar consultas con los grupos regionales, se había llegado a una declaración de consenso sobre el documento WO/GA/27/1, reflejado en el párrafo 33 que figura a continuación.
32. La Asamblea General tomó nota del documento WO/GA/27/5 y de la labor emprendida por la Secretaría en relación con los ccTLD e instó a la Secretaría a que prosiguiera su labor.
33. En relación con el documento WO/GA/27/1, la Asamblea General reconoció la importancia de las cuestiones examinadas en el Informe sobre el Proceso de la OMPI relativo a los Nombres de Dominio de Internet (El reconocimiento de los derechos y el uso de nombres en el sistema de nombres de dominio de Internet) (Informe sobre el Segundo Proceso) y puso de relieve la importancia política que atribuía a estas cuestiones. Por ello, decidió lo siguiente:
i) se deberán celebrar conjuntamente con sesiones ordinarias del SCT dos sesiones especiales del Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas, Dibujos y Modelos Industriales e Indicaciones Geográficas (SCT). Las dos sesiones especiales deberán celebrarse dentro de un plazo que permita la distribución de un informe sobre éstas a los Estados miembros en el momento oportuno, antes de las reuniones de las Asambleas de la OMPI de septiembre de 2002;
ii) las dos sesiones especiales deberán dedicarse a un análisis global del Informe sobre el Segundo Proceso, había cuenta de las particularidades de las cuestiones abordadas en ese Informe y tratando esas cuestiones una por una;
iii) la labor restante del SCT relacionada con las sesiones ordinarias del SCT no deberá tener una incidencia en el examen durante las sesiones especiales del SCT de las cuestiones del Informe sobre el Segundo Proceso;
iv) se deberá preparar un Informe relativo a las dos sesiones especiales del SCT, en el que se presenten las opciones de trato de las cuestiones examinadas en el Informe sobre el Segundo Proceso, indicando si dichas cuestiones merecen la toma de medidas, exigen un examen ulterior, no son lo suficientemente importantes en su impacto como para que se tomen medidas, o no son objeto de consenso. El Informe sobre las dos sesiones especiales deberá distribuirse durante las reuniones de las Asamblea General de la OMPI de septiembre de 2002 para consideración y adopción de una decisión al respecto.
34. Los debates se basaron en el documento WO/GA/27/2.
35. Al presentar este punto, la Secretaría explicó que el Consejo de la OMPI de Arbitraje y Mediación había sido establecido por la Asamblea General de la OMPI en septiembre de 1993 con miras a enriquecer los conocimientos técnicos de la OMPI y aumentar la credibilidad de sus nuevas actividades de solución de controversias en materia de propiedad intelectual. Integrado por personalidades eminentes de este sector, el Consejo había cumplido plenamente con su propósito, permitiendo al Centro beneficiarse de su experiencia durante los primeros años de despliegue de sus actividades. El Centro había podido basarse en esta experiencia y ampliar en forma significativa el alcance de su labor. El reciente aumento del volumen de casos administrados por el Centro facilitaba la integración de la actividad del Centro en el marco del Presupuesto por Programas de la Organización. La propuesta de disolución del Consejo debería examinarse a la vista de todos estos antecedentes. Los miembros del Consejo habían reaccionado en forma positiva ante esta propuesta y por lo general habían confirmado su disponibilidad para celebrar consultas oficiosas cuando el Centro lo considerase útil. La Secretaría expresó su agradecimiento a los miembros del Consejo por las tareas realizadas.
36. La Asamblea General aprobó la propuesta contenida en el párrafo 11 del documento WO/GA/27/2 de disolver el Consejo de la OMPI de Arbitraje y Mediación.
37. Los debates se basaron en el documento WO/GA/27/6.
38. Al presentar este punto, la Secretaría proporcionó información sobre una nueva iniciativa conjunta que había sido lanzada por la Organización Mundial del Comercio el 14 de junio de 2001. La Secretaría declaró que esta iniciativa conjunta estaba específicamente destinada a beneficiar a los países menos adelantados en sus esfuerzos por cumplir con sus obligaciones en virtud del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC). Esta iniciativa era similar a una iniciativa conjunta anterior, que había sido lanzada en julio de 1998 para ayudar a los países en desarrollo en sus esfuerzos de aplicación de las disposiciones del Acuerdo sobre los ADPIC. Se había celebrado una ceremonia en la OMPI para marcar el lanzamiento y los dos Directores Generales, el Dr Kamil Idris y el Sr. Mike Moore, habían firmado una comunicación conjunta en presencia de representantes de países menos adelantados. Desde que se lanzara la nueva iniciativa conjunta, se habían recibido varias peticiones de ambas organizaciones. La Secretaría informó a la Asamblea General de que en los programas de asistencia técnica y jurídica de la OMPI, siempre se había incluido a los países menos adelantados y que se lo seguiría haciendo en el futuro.
39. La Asamblea General tomó nota de la información contenida en el documento WO/GA/27/6.
40. Los debates se basaron en el documento WO/GA/27/7.
41. Al presentar este punto, la Secretaría proporcionó un resumen del proceso y de los resultados del concurso internacional de la OMPI para un nuevo logotipo, así como de las nuevas medidas que se tenía propuesto emprender para la creación de un nuevo logotipo. Añadió que el Director General aprobaría ese nuevo logotipo tras celebrar consultas con los Coordinadores de los Grupos Regionales de Estados miembros y que los costos que entrañaría ese proceso se sufragarían con cargo al presupuesto ordinario del próximo bienio.
42. La Delegación de la India, haciendo uso de la palabra en nombre del Grupo Asiático, señaló que ninguno de los proyectos presentados en el concurso satisfacía los criterios necesarios para constituir el nuevo logotipo de la OMPI. El Grupo apoyó la propuesta de la Secretaría, señalando que el logotipo de la OMPI tendría que cumplir su función como parte de la imagen de empresa de la Organización.
43. La Delegación de Egipto tomó nota del documento y dijo que estaba de acuerdo con las propuestas que éste contenía. Pidió una explicación de las implicaciones financieras y del costo de las nuevas etapas propuestas para la creación de un nuevo logotipo, tal como figuraban en el párrafo 13 del documento.
44. La Secretaría respondió que, anticipándose a la aprobación por los Estados miembros de la propuesta de creación de un nuevo logotipo, ya había incluido fondos en el marco del Programa Principal 09 del Presupuesto por Programas para el bienio 2002-2003, que serían suficientes para sufragar los costos de creación y consiguiente adaptación gradual del nuevo logotipo. La Secretaría informó a los participantes de que el nuevo logotipo se introduciría en los documentos de la OMPI, en las publicaciones y en otros productos durante un período de transición apropiado. Ello garantizaría que todos los suministros actuales donde figure el logotipo actual se utilicen lo antes posible evitando así el despilfarro.
45. La Asamblea General de la OMPI aprobó las propuestas contenidas en el párrafo 11 del documento WO/GA/27/7.
46. Los debates se basaron en el documento WO/GA/27/3.
47. El Representante de la Dependencia Común de Inspección (DCI), al señalar que era la primera vez que la DCI se dirigía a la Asamblea General, proporcionó información general sobre las relaciones entre la OMPI y la DCI. La DCI era el único órgano externo de supervisión que tenía competencia tanto respecto de las Naciones Unidas como de todos los organismos especializados y otras organizaciones internacionales del sistema de las Naciones Unidas que habían aceptado su estatuto. En su período de sesiones de 1981, la Asamblea General de la OMPI aceptó el estatuto de la DCI, con efectos a partir del 1º de enero de 1982. En virtud del Artículo 5 del Estatuto de la DCI, los inspectores tenían las más amplias facultades de investigación respecto de todos los asuntos que influían en la eficiencia de los servicios y la debida utilización de los recursos; con tal fin daban una opinión independiente, basada en sus funciones de inspección y evaluación, con objeto de mejorar la gestión y los métodos y lograr una mayor coordinación entre las organizaciones. La Dependencia, como se indicaba en el Estatuto, debía constatar que las actividades emprendidas por las organizaciones se desarrollaran de la forma más económica y que se hiciera uso óptimo de los recursos disponibles para llevar a cabo esas actividades. Además, los Inspectores podrán proponer las reformas o formular las recomendaciones que considerasen necesarias a los órganos competentes de las organizaciones.
48. La DCI producía informes referidos a una o más organizaciones. Estaba previsto que esos informes fuesen examinados por los cuerpos legislativos competentes junto con los comentarios del jefe o de los jefes ejecutivos pertinentes. Cuando los informes se refiriesen a más de una organización, se esperaba que los respectivos jefes ejecutivos, normalmente en el marco del Comité Administrativo de Coordinación (CAC), celebrasen consultas entre sí y, en la medida de lo posible, coordinaran sus observaciones. Aunque hasta la fecha la Dependencia no había elaborado ningún informe limitado específicamente a la OMPI, muchos de sus informes sobre el sistema mundial eran de interés para la Organización. Así pues, en el documento WO/GA/27/3, el Director General señalaba a la atención de la Asamblea General cinco informes de la DCI pertinentes para la OMPI. Sin embargo, sólo se prepararon observaciones del CAC respecto de uno de esos informes, que obstaculizaba su examen eficaz por los órganos legislativos.
49. El Representante de la DCI expresó, en nombre de la Dependencia, su aprecio por la excelente colaboración brindada por el Director General y la Secretaría de la OMPI en el proceso de preparación de los informes de la DCI. Los comentarios y observaciones oportunos y fundamentados, así como las respuestas a los cuestionarios, habían sido de gran ayuda. La DCI estaba en contacto con la Secretaría en relación con la mejora de la tramitación de los informes de la DCI y su seguimiento por la OMPI a fin de garantizar que las organizaciones obtuvieran los mayores beneficios de las recomendaciones de la DCI. Aunque a su juicio era necesario introducir mejoras en algunos sectores, valoraba positivamente la postura positiva y constructiva del Director General y esperaba con interés continuar el diálogo al que se hacía referencia en el párrafo 46 del documento WO/GA/27/3.
50. En relación con los informes específicos que tenía ante sí la Asamblea General, el informe titulado Participación y cooperación del sector privado con el sistema de las Naciones Unidas, ya se había examinado por los órganos rectores de varios organismos de las Naciones Unidas y recibido observaciones favorables. En particular, el CAC acogía con beneplácito el informe, y suscribía la mayoría de sus recomendaciones. El 17 de julio de 2000, el Secretario General de las Naciones Unidas elaboró directrices sobre la cooperación de las Naciones Unidas y el sector privado que incorporaban las conclusiones sustantivas de la DCI y se basaban en ellas. Análogamente, el Comité de Programación y Coordinación de las Naciones Unidas (CPC) señaló el informe y la importancia del tema tratado a la atención de los órganos rectores del sistema de las Naciones Unidas. El examen de la DCI tenía el propósito de mejorar la relación con el sector privado y la cooperación que existía desde largo tiempo, como parte del concepto de nueva alianza que se estaba forjando, siempre que se respetaran una serie de valores y objetivos básicos de las Naciones Unidas. Dijo que ése era el aspecto fundamental del Convenio Mundial propuesto por el Secretario General. Teniendo presente ese concepto, el informe de la DCI contenía una serie de recomendaciones destinadas, en primer lugar, a promover la cooperación con los círculos empresariales; en segundo lugar, a proponer los medios para que fuese más eficaz, y en tercer lugar, a evitar los riesgos inherentes. A este respecto, los inspectores llegaron a la conclusión de que existían deficiencias en el marco normativo por lo que instaban a tenerlas presente. Bajo el título Dificultades que se han planteado, en el informe se abordaban extensamente varios riesgos identificados, como la selección de asociados, el reconocimiento de las contribuciones, los conflictos de interés y la influencia indebida. En las Recomendaciones 4, 5 y 6 se abordaban esas cuestiones. En la Recomendación 7 se subrayaba la necesidad de simplificar los procedimientos burocráticos nacionales que pudiesen desalentar las iniciativas de cooperación del sector privado. Durante la preparación del informe los inspectores habían recurrido a la información y contribución de utilidad proporcionada por la OMPI, basándose en la naturaleza de su mandato y en la experiencia de largo tiempo de la Organización en sus relaciones con los círculos empresariales.
51. Los objetivos principales del informe titulado Normas y prácticas de uso de los servicios de empresas privadas de consultoría de gestión en las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, eran, en primer lugar, examinar las normas y las prácticas que regían el uso de empresas privadas de consultoría de gestión por parte de las organizaciones del sistema; en segundo lugar, determinar las ventajas y desventajas prácticas del uso de dichas empresas; en tercer lugar, extraer conclusiones respecto de las normas, directrices y procedimientos en esta esfera en todo el sistema; y, en cuarto lugar, formular recomendaciones con miras a mejorar las normas y prácticas actuales a fin de reglamentar el uso de esas empresas, teniendo en cuenta la necesidad general de lograr economías y efectuar una utilización óptima de los recursos disponibles.
52. El informe titulado Servicios comunes del sistema de las Naciones Unidas en Ginebra. Parte II: Estudios de casos, integraba una serie de informes de la DCI relacionados con los servicios comunes administrados por las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas en los mismos lugares de destino. El objetivo era elaborar, para cada lugar de destino, un marco coherente para aumentar la cooperación administrativa en la prestación de servicios de apoyo, permitiendo de ese modo a las organizaciones simplificar sus estructuras y costos generales. El informe que se examinaba era una continuación del informe preparado por la DCI en 1998, titulado Servicios comunes del sistema de las Naciones Unidas en Ginebra: Parte I: Panorama general de la cooperación y la coordinación administrativa, que básicamente proponía un nuevo marco para los servicios comunes del sistema de las Naciones Unidas en Ginebra. Esta recomendación fundamental del informe fue aprobada por la Resolución 54/255 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 4 de mayo de 2000, en la que se alentaba al Secretario General y al CAC a que adopten medidas concretas para mejorar los servicios comunes e invitaba también a los órganos legislativos de otras organizaciones a adoptar medidas análogas sobre la base de esta resolución. Los estudios de casos y las recomendaciones incluidas en la Parte II proporcionaban algunas directrices para dar efecto a la Resolución de la Asamblea General sobre los servicios comunes en Ginebra. Eran pertinentes para la OMPI, en particular, la Recomendación 1, relativa al Centro Internacional de Cálculo Electrónico (CICE) y la Recomendación 2, relativa al Servicio Médico Común (SMC), dos de los más importantes servicios comunes que compartían las organizaciones basadas en Ginebra. Se señaló a la atención la Recomendación 2.e), en la que se invitaba a la OMPI a que comunicara a los demás miembros del SMC la experiencia de su servicio médico y que, a su vez, debería formar parte de un SMC reformado y fortalecido, en particular habida cuenta de la Resolución 54/255 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
53. Con respecto al informe titulado Fortalecimiento de la función de investigación en las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, la función de investigación había adquirido cada vez más importancia como componente de la supervisión interna para la mayoría de las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas. Sin embargo, se mantenía fundamentalmente en una etapa de desarrollo con varias cuestiones que aún quedaban por resolver. El informe se refería a esas cuestiones y formulaba recomendaciones para mejorar la capacidad de las organizaciones del sistema para satisfacer la necesidad de investigación. Las recomendaciones de la DCI relativas a la función de investigación en las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas podían resumirse de la manera siguiente: 1) Debían elaborarse y adoptarse normas y procedimientos comunes. 2) La capacitación en el uso de las normas y procedimientos debía extenderse a la administración que podía participar en las investigaciones. 3) Los jefes ejecutivos de cada organización debían trazar una evaluación de riesgos para determinar la necesidad de acceder a una capacidad profesional de investigación. 4) Debían reexaminarse las opciones para financiar el acceso de las organizaciones pequeñas a una capacidad profesional de investigación. 5) Debían adoptarse medidas preventivas basadas en investigaciones anticipadas y en la experiencia adquirida. 6) Debía seguir fomentándose la cooperación entre organismos, en particular mediante la Conferencia de Investigadores de las Naciones Unidas.
54. El informe titulado Apoyo del sistema de las Naciones Unidas a la ciencia y la tecnología en América Latina y el Caribe es el tercero de una serie preparada por la DCI desde 1994. El primer informe se refería a África, y el segundo a Asia y el Pacífico. Cada uno de los informes evaluaba un promedio de 10 proyectos ejecutados en la región en cuestión por organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y evaluaba hasta qué grado los proyectos lograban el objetivo de elaborar capacidades científicas y tecnológicas y se conformaban a las directivas legislativas en el campo de la ciencia y la tecnología. Los informes sobre África y sobre Asia y el Pacífico establecían que el desempeño de la OMPI había sido excelente en su apoyo a la ciencia y a la tecnología en esas dos regiones. Si bien ningún proyecto ejecutado por la OMPI estaba incluido en el muestrario de proyectos evaluados en el tercer informe, sobre América Latina y el Caribe, la recomendación general del informe, que proponía la creación de un programa conjunto para la ciencia y la tecnología del sistema de las Naciones Unidas, resultaba pertinente para la OMPI. Justificaba esta recomendación la enérgica posición adoptada sobre el tema de ciencia y tecnología en la Declaración de la Cumbre del Sur del Grupo de los 77 y China, en La Habana, en abril de 2000, en la Declaración Cumbre del Grupo de los Ocho Países Industrializados, en Okinawa, en julio de 2000, y en la Declaración de la Asamblea del Milenio de las Naciones Unidas, en septiembre de 2000. Cabía observar que se mencionaba expresamente la OMPI en el párrafo 123 del informe como uno de los posibles órganos de conducción en el contexto del programa conjunto propuesto.
55. El Representante de la DCI declaró que esperaba que las cuestiones para las que eran necesarias medidas legislativas se examinarían atentamente. Los miembros de la DCI estaban a disposición de quien les solicitara aclaraciones. Con su mandato, la DCI quería contribuir en todas las esferas para mejorar el funcionamiento de las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y, por lo tanto, esperaba con agrado poder hacer su aporte eficaz a la labor de la OMPI.
56. En el debate subsiguiente, la Delegación de los Estados Unidos de América indicó que había escuchado con agrado el informe de la DCI y en particular el informe reciente de esa Dependencia sobre el uso en el sistema de la Naciones Unidas de consultores y contratistas independientes. Al referirse a la primera parte del documento WO/GA/27/3, la Delegación observó con satisfacción que había esferas en las que la OMPI desempeñaba un papel importante, en particular, al aumentar la asistencia de la Organización a los países menos adelantados, asistir a las economías en transición, fortalecer la capacidad de las instituciones gubernamentales, privadas y de la sociedad civil para atender a las necesidades de las pequeñas y medianas empresas en materia de propiedad intelectual, y prestar particular atención a las medidas destinadas a la participación de la mujer en las actividades de la OMPI. En conclusión, la Delegación indicó que deseaba tener garantías de que las actividades de la Organización en esas esferas podían cumplirse en el marco del presupuesto aprobado de la OMPI.
57. La Delegación de México agradeció a la Secretaría el informe preparado por la DCI. Observó con satisfacción que se trataba del primer año en que se había hecho un informe de esa índole. Refiriéndose a la primera parte del documento WO/GA/27/3, la Delegación destacó las actividades de la OMPI en varios campos, por ejemplo, en lo relativo al Convenio sobre la Diversidad Biológica, las pequeñas y medianas empresas (PYME), ciencia y tecnología para el desarrollo y la situación de la mujer en la Organización. Además, agradeció a la Secretaría el respaldo de la Organización al programa de las Naciones Unidas sobre ciencia y tecnología en América Latina y el Caribe.
58. La Delegación de Egipto indicó que había examinado el documento WO/GA/27/3 con gran interés y subrayó la interacción positiva de la OMPI, como órgano especializado, y resto del sistema de las Naciones Unidas. Acogió con agrado la información que figuraba en el informe, con respecto a la asistencia a los países en desarrollo y países menos adelantados en particular, y además expresó su satisfacción por el papel de la Organización, en particular en el campo de la ciencia y la tecnología, mediante el proyecto WIPOnet y la Academia de la OMPI.
59. La Delegación de Argelia, haciendo uso de la palabra en nombre del Grupo Africano, expresó su satisfacción con el informe presentado a la Asamblea General, y agradeció a los inspectores de la DCI sus recomendaciones. Acogió con agrado este nuevo ejercicio que cada vez más integraba a la OMPI en el marco del sistema de las Naciones Unidas y la colocaba en pie de igualdad con otras organizaciones intergubernamentales. La Delegación alentó la continuación de este nuevo proceso establecido entre la DCI y la OMPI. Además, agradeció al Director General y a los miembros del personal de la OMPI la ayuda y el apoyo brindados a los inspectores de la DCI.
60. La Delegación del Sudán agradeció a la Secretaría y a la DCI el informe presentado a la Asamblea General y expresó su aprobación de los procedimientos adoptados o cuya adopción proponía la Secretaría.
61. La Asamblea General de la OMPI tomó nota de la información contenida en el documento WO/GA/27/3 y aprobó las medidas adoptadas o cuya adopción se proponía, tal como se mencionaba en ese documento.
[Fin del documento]