Preguntas frecuentes acerca del PAI
Información básica
No se proporciona asistencia financiera directa. Para obtener información sobre cualquier tipo de asistencia o apoyo relacionado con gastos diversos (por ejemplo, búsqueda del estado de la técnica, redacción de reivindicaciones, tasas de presentación de solicitudes, cualquier otra tasa, legalización o traducción de documentos, etcétera) contacte al Centro de Apoyo a la Tecnología y la Innovación (CATI) (TISC) de su país.
En el marco del PAI, la OMPI no proporciona asesoramiento ni asistencia de carácter jurídico a los abogados voluntarios o solicitantes. La OMPI es una organización intergubernamental internacional que promueve la cooperación entre sus Estados miembros para la protección de la propiedad intelectual en todo el mundo y, por lo tanto, no está facultada para asesorar a particulares. La función de la OMPI en este contexto es facilitar la creación de vínculos entre inventores de escasos recursos financieros y abogados/agentes de patentes voluntarios.
En general, los servicios de carácter jurídico sin cargo que un abogado del PAI puede ofrecer incluyen:
- Preparación o presentación de una solicitud de patente.
- Ayuda para el trámite de solicitud de patente.
- Correspondencia con la oficina de patentes.
El alcance preciso de los servicios proporcionados se definirá caso por caso mediante un acuerdo entre el abogado voluntario y el solicitante. Por consiguiente, el alcance de la representación y los servicios ofrecidos pueden variar en función del caso.
Los servicios de asesoramiento jurídico gratuito en el ámbito del derecho de propiedad intelectual, sobre todo en cuestiones relacionadas con las patentes, mejora el acceso al sistema de patentes de los inventores que si bien tienen buenas ideas, carecen de medios financieros para obtener servicios jurídicos que los ayuden a proteger sus invenciones.
Al mejorar el acceso al sistema de patentes de inventores o pequeñas empresas de escasos recursos financieros, el asesoramiento jurídico gratuito ayuda a igualar las condiciones para los inventores, lo cual, a su vez, aporta una gran cantidad de beneficios económicos y sociales a la economía local.
Tradicionalmente, han surgido pocas oportunidades para que los abogados de patentes ofrezcan asesoramiento jurídico gratuito en el marco del derecho de patentes: una esfera del derecho en la que muchas veces se necesita que los abogados cuenten a la vez con conocimientos jurídicos y técnicos.
Mediante su participación en el PAI, los abogados voluntarios fomentan el uso y el desarrollo del sistema de patentes en los países en desarrollo. Además, su trabajo contribuye a dar impulso a la innovación a nivel popular, y les permite perfeccionar sus capacidades profesionales de una manera nueva y gratificante.
La prestación de servicios jurídicos gratuitos a inventores con medios financieros limitados sirve para impulsar el progreso tecnológico mediante la reducción de costos en la obtención de protección por patente. Es útil además para reducir retrasos en la tramitación de solicitudes de patente en las oficinas de patentes nacionales o regionales puesto que es más probable que las solicitudes redactadas con asistencia jurídica estén en orden y, por lo tanto, sea más sencillo el trámite que cuando no han sido preparadas con la asistencia de un abogado.
Los solicitantes que satisfacen los requisitos prescritos se vinculan con los abogados voluntarios basándose en el campo de la invención y en los conocimientos o la experiencia del abogado. Si hubiese conflicto de intereses, el abogado podría decidir retirarse y el inventor podría pedir al PAI que intente proporcionarle otro interlocutor adecuado.
En la actualidad, la asistencia jurídica gratuita prestada en el marco del PAI se limita a cuestiones relacionadas con patentes.
Por lo general, los inventores y las pequeñas empresas de escasos recursos financieros de los países en desarrollo presentan solicitudes de patente sin contar con ninguna asistencia jurídica técnica. Ello significa que no suelen ser clientes de abogados de patentes locales. Si la idea prometedora del inventor resulta tener éxito comercial, entonces el inventor pedirá asistencia jurídica con cargo para sus solicitudes de patente futuras.
El PAI no impone ningún límite a la cantidad de inventores que pueden recibir asistencia. No obstante, no es posible garantizar que esté libre un abogado voluntario que cuente con conocimientos especializados del ámbito técnico de la invención. Por consiguiente, la disponibilidad de abogados voluntarios podrá variar.
Solicitud de participación
Se puede solicitar una patente en el marco del PAI en el país en el cual se es residente (siempre que el país sea un país participante en el PAI). En algunas jurisdicciones y dadas determinadas circunstancias, también es posible presentar solicitudes de patente regionales o internacionales en el marco del PAI.
Para comprobar la situación de una solicitud de patente presentada con la ayuda del PAI, ha de consultar al abogado voluntario que se le ha asignado o preguntar en la oficina de patentes nacional o regional en la que presentó la solicitud. La OMPI no guarda copia del expediente de tramitación ni de la solicitud de patente.
Una de las condiciones que se debe reunir para recibir el apoyo del PAI es poder demostrar que se poseen conocimientos básicos del sistema de patentes. El curso en línea es una de las dos opciones para hacerlo. La otra es presentar un comprobante de una solicitud de patente actual presentada ante la oficina de patentes de un país participante en el PAI.
El criterio de la residencia lo define independientemente cada país participante en este proyecto. Por lo general, se considera que se es residente en el país en el que vive de forma permanente, o en el que está establecida su empresa (siempre que el país de que se trate sea un país participante en el PAI).
El PAI no prevé un seguro de riesgos profesionales para los abogados voluntarios. Los abogados son responsables de obtener su propio seguro de conformidad con la legislación nacional aplicable.
Información para países y patrocinadores
Los gobiernos de países en desarrollo interesados en ser miembros del PAI deben ponerse en contacto con la OMPI, el Foro Económico Mundial o con uno de los miembros del Comité Directivo del PAI manifestando su interés, presentando asimismo una declaración sobre la forma en que prevén que el PAI beneficiará a su país. El Comité Directivo examinará la solicitud de participación y adoptará una decisión basada, entre otras cosas y teniendo en cuenta la situación del momento, en la capacidad del PAI para ampliarse a un nuevo país, la situación y la capacidad del sistema de patentes local en el país que formula la solicitud de participación, y el estado de las solicitudes de patente presentadas y patentes concedidas a solicitantes locales.
Se insta a las empresas que contratan de forma habitual a bufetes de abogados de todo el mundo para que las representen en cuestiones de P.I., que se sumen al PAI como miembros patrocinadores empresariales. Las partes interesadas deben ponerse en contacto con la OMPI, o el Foro Económico Mundial o con uno de los miembros del Comité Directivo del PAI presentando una manifestación de interés, que será examinada por el Comité Directivo . Otros organismos podrían también convertirse en miembros patrocinadores del PAI, a saber, bufetes de abogados internacionales especializados en P.I. que tengan programas gratuitos ya establecidos y estén presentes en países en desarrollo, y asociaciones de abogados de P.I. regionales o internacionales.
¿Otras preguntas?
Si no ha encontrado respuesta a sus preguntas en esta página o en la página de inicio del PAI, no dude en ponerse en contacto con nosotros y haremos todo lo posible por responderle.
Advertencia: Las preguntas y respuestas que figuran en esta página tienen una finalidad meramente informativa y no constituyen una referencia jurídica. Tampoco representan la postura oficial de la OMPI ni la de sus Estados miembros.