El Centro de datos estadísticos de la OMPI sobre P.I. es un servicio de Internet que permite acceder a datos estadísticos de la OMPI relativos a la actividad existente en el ámbito de la propiedad intelectual (P.I.) a escala mundial. Los usuarios pueden seleccionar una amplia gama de indicadores para ver o descargar los datos publicados más recientemente así como el historial de datos con arreglo a sus necesidades.

Este servicio ha sido concebido como herramienta para profesionales de la P.I., investigadores y encargados de la formulación de políticas del mundo entero.

Condiciones de uso

Al usar los datos estadísticos de la OMPI, el usuario conviene en no publicar nuevamente ni revender los conjuntos de datos estadísticos de la OMPI. Además, cuando explote los datos estadísticos de la OMPI en una obra escrita, el usuario citará como fuente de los mismos a la “Base de datos estadísticos de la OMPI”.

Fuente de los datos

Este servicio se basa en la Base de datos estadísticos de la OMPI, que contiene:

  • datos recopilados de oficinas nacionales y regionales de P.I.;
  • datos generados a partir de los sistemas internacionales de presentación y registro administrados por la OMPI;
  • datos extraídos/compilados a partir de la base de datos Patstat.

Se usa el producto interno bruto (PIB) y los datos de población para compilar los indicadores de intensidad. Los datos relativos al PIB y los datos de población se obtienen a partir de los Indicadores del Desarrollo Mundial del Banco Mundial.

Los indicadores relativos a las familias de patentes y a las patentes publicadas/concedidas por tecnología se compilan a partir de la base de datos Patstat. Cuando se reciben nuevos datos actualizados de la base de datos Patstat, se vuelven a compilar los indicadores. Esto supone que esos indicadores pueden variar en función de los nuevos datos disponibles.

Los datos se recopilan directamente de las oficinas mediante una serie de cuestionarios que se envían cada año a todas las oficinas de P.I. del mundo entero. Velar por la exactitud de los datos sigue siendo cometido de las oficinas.

El Sistema del PCT exige que las oficinas receptoras envíen las solicitudes a la Oficina Internacional en el plazo de un mes a partir de su recepción. Por lo tanto, es posible que las estadísticas del PCT que se basen en la fecha de presentación estén incompletas en lo que respecta a los meses más recientes y los datos pueden cambiar cuando se actualiza la base de datos. No se indican los datos correspondientes a los tres últimos meses de los indicadores del PCT basados en la fecha de presentación con el fin de evitar interpretaciones erróneas.

El Centro de datos estadísticos de la OMPI contiene los siguientes tipos de indicadores: patentes, marcas, diseños industriales (dibujos y modelos industriales), modelos de utilidad, así como los de los sistemas del PCT, Madrid y La Haya. La mayoría de los indicadores relativos a las patentes, las marcas, los diseños industriales y los modelos de utilidad comprenden el período que se inicia a partir de 1980. En el caso de los sistemas del PCT, Madrid y La Haya, se ofrecen datos a partir de 2004. Los datos anteriores a esos períodos están disponibles previa petición.

La información sobre los Estados que son parte en los distintos tratados de la OMPI, incluida su fecha de adhesión, está disponible aquí en el caso del “PCT”, aquí para el Sistema de “Madrid” y aquí para el Sistema de “La Haya”. Cabe observar que en las estadísticas por origen pueden figurar las de países que no son miembros de esos sistemas, puesto que los solicitantes de Estados que no son miembros tienen derecho en algunos casos a presentar solicitudes con arreglo a esos tratados.

Siglas

  • ARIPO – Organización Regional Africana de la Propiedad Intelectual
  • BOIP – Oficina de Propiedad Intelectual del Benelux
  • EAPO – Organización Eurasiática de Patentes
  • EUIPO – Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea
  • OAPI – Organización Africana de la Propiedad Intelectual
  • OEP – Oficina Europea de Patentes
  • OMPI – Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
  • USPTO – Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos

Descripción de los datos

En principio, en este servicio se publican los datos recopilados y sin elaborar. En el caso de algunos indicadores, se calculan las cifras totales a nivel mundial. En dicho caso, el total mundial puede ser ligeramente distinto de la suma de los datos de los países. Además, se proporcionan las cifras totales agrupadas por regiones, en el caso de algunos indicadores, utilizando la distribución de las regiones geográficas de las NN.UU., o por grupos de ingresos con arreglo a la clasificación más reciente del Banco Mundial. Se usa la residencia del solicitante nombrado en primer lugar como el origen de la solicitud. No se tienen en cuenta los cosolicitantes.

Le rogamos tenga en cuenta que en los indicadores relativos a los sistemas del “PCT”, “Madrid” y “La Haya” los valores que no figuran en los indicadores siempre pueden equipararse a cero. Sin embargo, en el resto de los indicadores, los valores que no figuran en los indicadores pueden ser iguales a cero o valores que, de hecho, no están disponibles debido a que no se han suministrado los datos de las oficinas.

Criterios de presentación de la información de los indicadores relativos a las patentes, las marcas, los diseños industriales y los modelos de utilidad

  • Cómputo total por oficina de presentación;
  • Cómputo de solicitudes de residentes y no residentes por oficina de presentación;
  • Cómputo total por origen del solicitante;
  • Cómputo de solicitudes presentadas por residentes y en el extranjero por origen del solicitante;
  • Cómputo por oficina de presentación y origen del solicitante.

Estos criterios de presentación de la información ofrecen distintas perspectivas a los usuarios:

  • Las cifras por oficina de presentación indican los lugares en que solicitan protección los titulares de derechos, mientras que las cifras por origen indican quiénes solicitan protección. En las estadísticas por oficina y por origen se indica el movimiento real de derechos de P.I. entre países.
  • El término"residente" se usa para las solicitudes presentadas por solicitantes en su oficina nacional. Esta oficina puede ser una oficina nacional o regional. Por lo tanto, las cifras de residentes por origen pueden corresponder a la suma de solicitudes presentadas en una oficina nacional y en una oficina regional.
  • Los términos "no residente" y "en el extranjero" tienen que ver con las solicitudes presentadas en oficinas de otros países. Sin embargo, el término “no residente” se usa para las estadísticas por oficina, mientras que el término “en el extranjero” se usa para las estadísticas por origen. Dicho de otro modo, cuando una oficina recibe una solicitud presentada por un extranjero, para esa oficina se trata de una solicitud presentada por un no residente. En cambio, cuando un solicitante presenta una solicitud en una oficina de otro país, se trata de una solicitud presentada en el extranjero teniendo en cuenta el origen del solicitante.

Cuando los usuarios seleccionan el criterio de “Cómputo total por origen del solicitante” y el de “Total (cómputo equivalente)" o "En el extranjero (cómputo equivalente)", los indicadores se basan en el concepto de “cómputo equivalente”. Es decir, las solicitudes presentadas en una oficina regional de P.I. se cuentan varias veces con arreglo al número de sus miembros. Este método se aplica a todas las oficinas regionales en las que la presentación tenga efecto jurídico inmediato en todos los Estados miembros (en el Glosario se ofrece más información al respecto).

Sin embargo, cuando los solicitantes presentan solicitudes en la OEP y en la ARIPO, tienen que efectuar designaciones específicas. Por desgracia, carecemos de información sobre el número de designaciones efectuadas. Por lo tanto, en el caso de esas dos oficinas, no sería adecuado suponer que las solicitudes presentadas recibirán protección en todas las jurisdicciones. Como fórmula conciliatoria, las solicitudes originarias de sus Estados miembros se computan como solicitudes presentadas por residentes y solicitudes presentadas en el extranjero; las solicitudes originarias de Estados no miembros se contabilizan como solicitudes presentadas en el extranjero solamente. Cabe señalar que no se usa el concepto de cómputo equivalente respecto de los indicadores siguientes: indicadores de familias de patentes, solicitudes de residentes por PIB y población.

Cuando los usuarios seleccionen otros criterios de presentación, los resultados indicarán la cifra real de solicitudes o registros, sin multiplicación. En consecuencia, los resultados basados en las cifras reales quizá no sean iguales al “Cómputo total por origen del solicitante”.

  • Si una oficina no proporciona información sobre el origen de los solicitantes, en nuestras estadísticas solo se ofrecerán las cifras totales sin desglosarlas por residentes y no residentes. Si una oficina no proporciona información en absoluto, es posible que varíen notablemente las cifras por origen de ese país ya que los solicitantes residentes pueden constituir un porcentaje elevado de quienes presentan solicitudes en esa oficina.
  • Se ha usado la base de datos Patstat para compilar los indicadores relativos a las familias de patentes y las solicitudes de patentes/patentes concedidas por tecnología. Las familias de patentes se basan en la “primera presentación”. Es decir, la primera solicitud presentada crea una familia de patentes. Las solicitudes presentadas posteriormente se añaden a las familias afines. Mediante esta definición, una solicitud presentada posteriormente puede pertenecer a varias familias si en ella se reivindican varias prioridades.
  • En cuanto a los indicadores relativos a la tecnología, se ha usado la Tabla de concordancia de la CIP para el conjunto de la tecnología a fin de asignar los códigos de la tecnología. Como normalmente una solicitud tiene varios códigos de la CIP, puede pertenecer a distintas tecnologías. En dicho caso, se ha usado el método de recuento fraccional. Es decir, se ha asignado la parte equivalente a distintas tecnologías en relación con la misma solicitud.

Criterios de presentación para los indicadores relativos a los sistemas del "PCT", "Madrid" y "La Haya":

  • Estadísticas anuales
  • Estadísticas trimestrales
  • Estadísticas mensuales

Cabe observar que algunos indicadores están disponibles únicamente con carácter anual. En el caso de los indicadores del PCT basados en la fecha de presentación, quizá no estén completos los meses más recientes debido a los retrasos en la transmisión de las oficinas receptoras. Solo los datos relativos a la fase internacional del Sistema del PCT están disponibles en el apartado correspondiente al “PCT”. Los datos de la entrada en la fase nacional del PCT figuran en los apartados de “Patentes” o “Modelos de utilidad”.

Preguntas frecuentes

Los indicadores “por oficina” indican en qué lugares se presentaron las solicitudes, independientemente de quienes las hayan presentado. En cambio, los indicadores “por origen” indican quién presentó las solicitudes, independientemente del lugar en que se hayan presentado.

Para determinar el origen de una solicitud se usa la residencia del solicitante nombrado en primer lugar. Cuando hay varios solicitantes, solo se tiene en cuenta el primer solicitante.

La mayoría de las oficinas proporcionan los datos desglosados por país de origen. Posteriormente, se agrupan los datos para producir los indicadores por origen. Como siempre hay oficinas que no suministran esa información, los indicadores por origen nunca están completos al 100%. Sin embargo, como las oficinas principales sí suministran esa información, se puede considerar que ese indicador está “prácticamente al 100%”. Si una oficina no proporciona información en absoluto, es posible que varíen notablemente las cifras por origen de ese país ya que los solicitantes residentes pueden constituir un porcentaje elevado de quienes presentan solicitudes en esa oficina.

Los indicadores por “Cómputo total por origen del solicitante” se basan en el concepto de “cómputo equivalente”, es decir, en que una solicitud presentada en una oficina regional se contabiliza varias veces con arreglo al número de miembros de esa oficina regional. Sin embargo, los indicadores por “Cómputo por oficina de presentación y origen del solicitante” indican el número real de solicitudes presentadas sin multiplicador. Esa es la razón por la que los resultados por “origen” puedan ser ligeramente inferiores a los de “por oficina y por origen”. Cabe señalar que el criterio de presentación “Cómputo de solicitudes presentadas por residentes y en el extranjero por origen del solicitante” se basa igualmente en el concepto de cómputo equivalente.

Por desgracia, no se puede distinguir la cifra cero de los datos que no aparecen en la base de datos. La ausencia de determinados valores puede significar que la cifra correspondiente es cero o que simplemente faltan los datos. Los usuarios tienen que hacer una estimación razonada.

Se calcula el total mundial de algunos indicadores, teniendo en cuenta el hecho de que algunas oficinas no han suministrado los datos de algunos años. Cuando el total mundial es ligeramente superior a la suma de todos los países, se trata de un cálculo aproximado.

Existen tres razones para explicar esos cambios. En primer lugar, las oficinas pueden corregir sus datos. Cuando se reciben nuevos datos, se corrigen y se publican. En segundo lugar, algunos indicadores se basan en la base de datos Patstat. Cuando se recibe una nueva versión de esa base de datos, se vuelven a compilar los indicadores de la tecnología y de las familias de patentes. De ahí que puedan cambiar algunos indicadores. En tercer lugar, las estadísticas basadas en la fase internacional del Sistema del PCT pueden cambiar ligeramente incluso meses después de la fecha de presentación debido al período de tramitación habitual y a posibles demoras o retiradas.

Las familias de patentes de la OMPI se basan en la primera presentación. Es decir, la primera solicitud presentada (sin prioridad) es el punto de partida de una familia de patentes. Las solicitudes presentadas posteriormente se añaden a la primera familia.

Las familias de patentes “multijurisdiccionales” son las familias de patentes en las que al menos la oficina de presentación de solicitudes de un miembro es distinta de la oficina correspondiente al origen de la familia (teniendo en cuenta las primeras solicitudes presentadas en la familia). No se tienen en cuenta las oficinas receptoras del PCT al determinar si una familia de patentes es multijurisdiccional o no.

En función de los distintos sistemas jurídicos, en una solicitud de registro de marca se pueden especificar varias clases. Desde el punto de vista técnico, esa marca de producto o de servicio se convierte en varias marcas vinculadas a distintos productos o servicios. A efectos comparativos a nivel internacional, se deben computar las clases para compensar las diferencias de sistemas entre los países.

En función de los distintos sistemas jurídicos, una solicitud de registro de diseño industrial puede contener varios diseños. A efectos comparativos a nivel internacional, se deben computar los diseños para compensar las diferencias de sistemas entre los países.

Los archivos descargados figuran en formato delimitado por comas (CSV). El programa MS Excel cargará los archivos de ese formato en celdas. Se puede intentar cambiar la configuración siguiente en la computadora: “Panel de control” -> “Región e idioma” -> “Configuración adicional” -> “Separador de listas”, establecer el valor “,”.

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Glosario

Clasificación de Niza Nombre abreviado de la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de Marcas en virtud del Arreglo de Niza. La Clasificación de Niza se divide en 34 clases de productos y 11 servicios.
Clasificación Internacional de Patentes (CIP) Sistema de clasificación de patentes reconocido internacionalmente. La CIP se estructura en secciones, clases, subclases y grupos. Los símbolos de la CIP se asignan según las características técnicas de las solicitudes de patentes. A una solicitud de patente se le pueden asignar varios símbolos de la CIP, en la medida en que está relacionada con varias características técnicas.
Concesión Derechos exclusivos de P.I. que una oficina de P.I. otorga a un solicitante. Por ejemplo, las patentes se conceden a los solicitantes (cesionarios) para que utilicen y exploten su invención durante un plazo limitado. El titular de los derechos está habilitado para impedir el uso no autorizado de la invención.
Concesión (registro) equivalente Las concesiones (registros) que tienen lugar en las oficinas regionales equivalen a varias concesiones (registros), una en cada uno de los Estados miembros de tales oficinas. Para calcular el número de concesiones (registros) equivalentes correspondiente a los datos de la BOIP, la EAPO, la OAPI o la OAMI, cada concesión (registro) se multiplica por el número correspondiente de Estados miembros. En lo que respecta a los datos de la OEP y la ARIPO, cada concesión se cuenta como una concesión en el extranjero si el solicitante no reside en un Estado miembro, o como una concesión a un residente y en el extranjero si el solicitante reside en un Estado miembro. El concepto de solicitud equivalente se utiliza solamente para las estadísticas compiladas por país de origen.
Diseño industrial (dibujo o modelo industrial) Los diseños industriales se aplican a una amplia variedad de productos de la industria y la artesanía. Se denomina así a los a elementos ornamentales o estéticos de un artículo útil, entre los que figuran las composiciones de líneas o colores o las formas tridimensionales que otorgan una apariencia especial a un producto u obra de artesanía. El titular de un diseño industrial registrado cuenta con los derechos exclusivos que protegen contra la copia o imitación no autorizada de dicho diseño por terceros. Los diseños industriales registrados tienen validez durante un periodo de tiempo limitado. En la mayor parte de las jurisdicciones, el plazo de protección suele ser de 15 años. Sin embargo, existen diferencias en las legislaciones de los distintos países, especialmente en los casos de China (que prevé un plazo de 10 años a partir de la fecha de presentación de la solicitud).
Derechos de P.I. en vigor Derechos de P.I. que todavía no han agotado el período de vigencia. Para que sigan estando en vigor, es preciso mantenerlos, por lo general abonando periódicamente las tasas de mantenimiento (renovación) a una oficina de P.I. Los registros de marcas pueden mantenerse en vigor indefinidamente pagando las tasas de renovación; sin embargo, las patentes, los modelos de utilidad y los diseños industriales solo pueden mantenerse en vigor durante un número de años limitado.
Entrada en la fase nacional del PCT La decisión de un solicitante PCT de entrar en la fase nacional en una oficina nacional o regional de patentes se denomina entrada en la fase nacional. Requiere la presentación de la solicitud por escrito y el pago de tasas, y debe llevarse a cabo en un plazo de 30 meses a partir de la fecha de prioridad de la solicitud (algunas oficinas prevén plazos más largos).
Familia de patentes Conjunto de patentes interrelacionadas cuya solicitud se presenta en uno o más países para proteger una invención igual o similar.
Familias de patentes multijurisdiccionales Familia de patentes en la que al menos una oficina de presentación de solicitudes es distinta de la oficina correspondiente al origen del solicitante.
Fecha de publicación La fecha en la cual se divulga al público en general una solicitud de derechos de P.I. En esa fecha, el objeto de la solicitud pasa a formar parte del “estado de la técnica”.
Marca Signo distintivo que sirve para distinguir ciertos bienes o servicios de una empresa de los bienes producidos o los servicios prestados por otras empresas. El titular de una marca registrada tiene el derecho legal de uso exclusivo de la marca en relación con los productos o servicios para los que se haya registrado. Así, éste podrá impedir el uso no autorizado de la marca, o de una marca similar que induzca a confusión, que se utilice en relación con bienes o servicios que son idénticos o similares a los bienes y servicios respecto de los cuales se registró la marca. A diferencia de las patentes, los registros de marcas pueden mantenerse en vigor indefinidamente, a condición de que el propietario de la marca pague las tasas de renovación y use realmente la marca. Los procedimientos de registro de marcas se rigen por las normas y los reglamentos de las oficinas nacionales y regionales de P.I. Los derechos de marca están circunscritos a la jurisdicción de la administración donde se registre la marca. Las marcas pueden registrarse presentando una solicitud en las oficinas nacionales o regionales pertinentes, o presentando una solicitud internacional en virtud del Sistema de Madrid.
Modelo de utilidad Al igual que sucede con las patentes, los modelos de utilidad confieren una serie de derechos respecto de una invención por un período de tiempo limitado, durante el cual los titulares del modelo de utilidad pueden explotar comercialmente sus invenciones con carácter exclusivo. Las condiciones para la concesión de modelos de utilidad son diferentes de las condiciones para la concesión de patentes “tradicionales”. Por ejemplo, los modelos de utilidad se conceden por un plazo más breve (7 a 10 años) y, en la mayoría de las oficinas, sin un examen exhaustivo. Los procedimientos para la concesión de modelos de utilidad se rigen por las normas y los reglamentos de las oficinas nacionales de P.I., y los derechos se circunscriben a la jurisdicción de la administración que los concede.
Origen País de residencia (o la nacionalidad, en ausencia de una residencia válida) del solicitante nombrado en primer lugar en una solicitud de derechos de P.I. El país de origen se utiliza para determinar el origen de la solicitud de derechos de P.I.
Patente Conjunto de derechos exclusivos concedidos por ley a los solicitantes sobre invenciones que sean novedosas, no evidentes y susceptibles de aplicación comercial. La patente es válida por un período de tiempo limitado (por lo general 20 años), durante el cual los titulares pueden explotar comercialmente sus invenciones con carácter exclusivo. Como contrapartida, los solicitantes tienen la obligación de divulgar sus invenciones al público en una forma que haga posible que otros, expertos en la materia, puedan reproducir la invención. El sistema de patentes está concebido para fomentar la innovación, al conferir a los innovadores derechos legales exclusivos durante un plazo determinado, de manera que puedan gozar de los beneficios de sus actividades innovadoras.
Registro Acto por el cual una oficina de P.I. concede derechos exclusivos, en particular, respecto de marcas y diseños industriales, a favor de un solicitante. Los registros se conceden a favor de los solicitantes para que puedan usar y explotar las marcas y los diseños industriales durante un período limitado y, en algunos casos, en especial, en el caso de las marcas, dichos registros podrán renovarse de manera indefinida.
Registro efectuado en el marco del Sistema de La Haya Registro internacional concedido en el marco del Sistema de La Haya que facilita la adquisición de derechos sobre dibujos y modelos industriales en varias jurisdicciones. Una solicitud de registro internacional de dibujo o modelo industrial da lugar a su inscripción en el Registro Internacional y a la publicación del registro en el Boletín de Dibujos y Modelos Internacionales. Si la oficina de P.I. de un miembro designado del Sistema de La Haya no rechaza el registro, surtirá el mismo efecto que un registro efectuado de conformidad con la legislación aplicable en la jurisdicción de dicho miembro.
Registro efectuado en el marco del Sistema de Madrid Registro internacional que se solicita en el marco del sistema de Madrid, sistema que facilita la adquisición de derechos de marca en varias jurisdicciones. Los registros efectuados en virtud del sistema de Madrid son distintos a los que se tramitan en las oficinas nacionales o regionales de P.I. La solicitud de registro internacional, una vez que la OMPI la acepta, cumple la misma función que las solicitudes presentadas en cada una de las oficinas nacionales y regionales de P.I. designadas por el solicitante que son parte en el sistema de Madrid. Teniendo en cuenta el registro internacional del Sistema de Madrid, la oficina nacional o regional de P.I. decide conceder o denegar la solicitud de registro de marca válido en su jurisdicción.
Sistema de La Haya Nombre abreviado del Sistema de La Haya para el Registro Internacional de Dibujos y Modelos Industriales. Este sistema se compone de varios tratados internacionales: el Acta de Londres, el Acta de La Haya y el Acta de Ginebra. El Sistema de La Haya ofrece a los solicitantes la posibilidad de registrar hasta 100 dibujos y modelos industriales en varias jurisdicciones presentando una única solicitud en la Oficina Internacional. El Sistema simplifica asimismo la gestión del registro del dibujo o modelo industrial, ya que es posible inscribir cambios o renovar el registro mediante un único trámite administrativo.
Sistema del PCT El Tratado de Cooperación en materia de Patentes es un tratado internacional administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) que facilita la adquisición de derechos de patente en gran número de jurisdicciones. El sistema del PCT simplifica el proceso de presentación de varias solicitudes de patentes nacionales al modificar el requisito de presentar solicitudes por separado en cada jurisdicción. Sin embargo, la decisión de conceder o no derechos de patente sigue siendo competencia de las oficinas nacionales o regionales de patentes, y los derechos de patente quedan circunscritos a la jurisdicción de la administración encargada de la concesión de patentes. El procedimiento de presentación de solicitudes internacionales PCT comienza con la fase internacional, en la cual se realiza una búsqueda internacional y, normalmente, un examen preliminar, y finaliza con la fase nacional, en la cual las oficinas nacionales y regionales de patentes adoptan decisiones sobre la patentabilidad de la invención de acuerdo con la legislación nacional.
Sistema de Madrid Nombre abreviado del Sistema de Madrid para el Registro Internacional de Marcas, establecido en virtud del Arreglo de Madrid y el Protocolo de Madrid y administrado por la OMPI. Este sistema ofrece a los solicitantes la posibilidad de registrar una marca en un gran número de Partes Contratantes presentando una única solicitud en una oficina nacional o regional de P.I. que sea parte en el sistema. Además, simplifica el proceso de registro internacional de marcas al modificar el requisito de presentar solicitudes por separado en cada oficina de P.I. Por otra parte, el sistema simplifica la posterior gestión del registro, ya que es posible inscribir cambios o renovar el registro mediante un único trámite administrativo. Un registro realizado en virtud del sistema de Madrid no crea una marca “internacional”, y la decisión de conceder o denegar el registro de la marca sigue siendo competencia de las oficinas nacionales o regionales de P.I. Los derechos de marca se circunscriben a la jurisdicción de las oficinas de registro de marcas.
Solicitante Persona física o jurídica que presenta una solicitud de patente, de modelo de utilidad, de registro de marca o de diseño industrial (dibujo o modelo industrial). Cabe la posibilidad de que en una solicitud figure más de un solicitante. En las estadísticas que se incluyen en el presente informe se considera que el solicitante mencionado en primer lugar es el titular de la solicitud.
Solicitud Petición formal de derechos de P.I. ante una oficina de P.I., que suele examinar la solicitud y decidir si concede o deniega la protección en la jurisdicción en cuestión. La solicitud también se refiere a una serie de documentos que presenta el solicitante a la oficina.
Solicitud presentada en el extranjero Solicitud presentada por el residente de un determinado país o jurisdicción en una oficina de patentes de otro país o jurisdicción. Por ejemplo, una solicitud de patente presentada en la USPTO por un solicitante residente en Francia se considera una “solicitud presentada en el extranjero” con respecto a Francia. El concepto de “solicitud presentada en el extranjero” es similar al de las solicitudes presentadas por no residentes, esto es, solicitudes de patente presentadas en una oficina de P.I. por un solicitante residente en un país al que representa otra oficina de P.I.
Solicitud equivalente Las solicitudes que se presentan en las oficinas regionales equivalen a varias solicitudes, una en cada uno de los Estados miembros de tales oficinas. Para calcular el número de solicitudes equivalentes con respecto a los datos de la BOIP, la EAPO, la OAPI o la OAMI, cada solicitud se multiplica por el número correspondiente de Estados miembros. En lo que respecta a los datos de la OEP y la ARIPO, cada solicitud se cuenta como una solicitud presentada en el extranjero si el solicitante no reside en un Estado miembro, o como una solicitud presentada por un residente y una solicitud presentada en el extranjero, si el solicitante reside en un Estado miembro. El concepto de solicitud equivalente se utiliza solamente para las estadísticas compiladas por país de origen.
Solicitud de registro de marca presentada en virtud del Sistema de Madrid La solicitud de registro internacional de una marca que se presenta a través del Sistema de Madrid administrado por la OMPI.
Solicitud PCT Solicitud de patente presentada en el marco del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) administrado por la OMPI.
Solicitud presentada por un residente Solicitud presentada ante una oficina de P.I. por un solicitante residente en el país o región en que esa oficina tiene jurisdicción. Así, por ejemplo, la Oficina Japonesa de Patentes (JPO) considera como una solicitud presentada por un residente toda solicitud presentada por un residente en el Japón. En ocasiones, a las solicitudes presentadas por residentes también se las denomina solicitudes nacionales. La concesión o el registro a nombre de un residente constituye un derecho de P.I. concedido a partir de una solicitud presentada por un residente.
Solicitudes presentadas por no residentes Solicitudes presentadas en la oficina de patentes de determinado país o jurisdicción por un solicitante residente en otro país o jurisdicción. Por ejemplo, una solicitud de patente presentada en la USPTO por un solicitante residente en Francia se considera una solicitud de no residente con respecto a la USPTO. A veces también se denominan solicitudes presentadas en el extranjero. Las patentes concedidas a no residentes son patentes concedidas en virtud de solicitudes presentadas por no residentes.