Glosario sobre estadísticas de propiedad industrial
Este glosario tiene por objeto ayudar a los lectores a comprender algunos términos y conceptos fundamentales. Muchos de los términos se definen genéricamente (por ejemplo, “solicitud”), pero se aplican a varias o a todas las diversas formas de propiedad intelectual (P.I.) contenidas en el presente informe.
- Solicitante
- Persona física o jurídica que presenta una solicitud de patente o de modelo de utilidad o una solicitud de registro de marca o de diseño industrial. Cabe la posibilidad de que en una solicitud figure más de un solicitante. En las estadísticas de P.I. expuestas en el presente informe, se considera que el solicitante mencionado en primer lugar es el titular de la solicitud.
- Solicitud
- Petición formal de derechos de P.I. en una oficina de P.I., en virtud de la cual dicha oficina examina la solicitud y decide conceder o denegar dichos derechos. Por solicitud también se entiende el conjunto de documentos presentados en una oficina de P.I. por el solicitante.
- Solicitud presentada en el extranjero
- Solicitud presentada por el residente de un determinado país o jurisdicción en una oficina de otro país o jurisdicción. Por ejemplo, una solicitud de patente presentada en la USPTO por un solicitante residente en Francia se considera una solicitud presentada en el extranjero con respecto a Francia. El concepto de solicitudes presentadas en el extranjero es similar al de solicitudes presentadas por no residentes, esto es, solicitudes de patente presentadas en una oficina de P.I. por un solicitante residente en un país al que representa otra oficina de P.I.
- Fecha de solicitud
- Fecha en que la oficina de P.I. recibe una solicitud que satisface los requisitos mínimos. Por “fecha de solicitud” se entiende también “fecha de presentación”.
- Solicitud equivalente
- Las solicitudes que se presentan en las oficinas regionales equivalen a múltiples solicitudes, una en cada uno de los Estados miembros de tales oficinas. Para calcular el número de solicitudes equivalentes con respecto a los datos de la BOIP, la EAPO, la OAPI o la OAMI, cada solicitud se multiplica por el número correspondiente de Estados miembros. En lo que respecta a los datos de la OEP y la ARIPO, cada solicitud se cuenta como una solicitud presentada en el extranjero si el solicitante no reside en un Estado miembro, o como una solicitud presentada por un residente y una solicitud presentada en el extranjero, si el solicitante reside en un Estado miembro. El concepto de solicitud equivalente se utiliza para los datos correspondientes a las solicitudes presentadas en el extranjero.
- Concesión (registro) equivalente
- Las concesiones (registros) que tienen lugar en las oficinas regionales equivalen a múltiples concesiones (registros), una en cada uno de los Estados miembros de tales oficinas. Para calcular el número de concesiones (registros) equivalentes correspondiente a los datos de la BOIP, la EAPO, la OAPI o la OAMI, cada concesión (registro) se multiplica por el número correspondiente de Estados miembros. En lo que respecta a los datos de la OEP y la ARIPO, cada concesión se cuenta como una concesión en el extranjero si el solicitante no reside en un Estado miembro, o como una concesión a un residente y en el extranjero si el solicitante reside en un Estado miembro. El concepto de concesión (registro) equivalente se utiliza para los datos correspondientes a las concesiones (registros) que tienen lugar en el extranjero.
- Oficina Europa de Patentes (OEP)
- Oficina regional de patentes responsable de la concesión de patentes europeas a los Estados miembros del Convenio sobre la Patente Europea. En el marco del procedimiento del PCT, la OEP cumple las funciones de oficina receptora, de Administración encargada de la búsqueda internacional y de Administración encargada del examen preliminar internacional.
- Familias multijurisdiccionales de patentes
- Familia de patentes en que al menos una oficina de presentación de solicitudes es distinta de la oficina correspondiente al origen del solicitante.
- Concesión
- Derechos exclusivos de P.I. que una oficina de P.I. otorga a un solicitante. Por ejemplo, las patentes se conceden a los solicitantes (cesionarios) para que utilicen y exploten su invención durante un plazo limitado. El titular de los derechos está habilitado para impedir el uso no autorizado de la invención.
- Fecha de concesión
- Fecha en que una oficina de P.I. concede un derecho de P.I.
- Producto Interno Bruto (PIB)
- Producción total de bienes y servicios económicos en un país durante un período de tiempo, expresada en valor monetario.
- Registro en virtud del sistema de La Haya
- Registro internacional cuya solicitud se presenta en virtud del sistema de La Haya, sistema que facilita la adquisición de derechos sobre dibujos y modelos industriales en múltiples jurisdicciones. La presentación de una solicitud de registro internacional de dibujos y modelos industriales da paso a su inscripción en el Registro Internacional y a la publicación del registro en el Boletín de Dibujos y Modelos Internacionales. Si la oficina de P.I. de una Parte Contratante designada no deniega la solicitud de registro, éste surtirá el mismo efecto que un registro en esa Parte Contratante.
- Sistema de La Haya
- Nombre abreviado del Sistema de La Haya para el Registro Internacional de Dibujos y Modelos Industriales. Este sistema se compone de varios tratados internacionales: el Acta de Londres, el Acta de La Haya y el Acta de Ginebra. El sistema de La Haya ofrece a los solicitantes la posibilidad de registrar hasta 100 dibujos y modelos industriales en varias jurisdicciones presentando una única solicitud en la Oficina Internacional. Simplifica el proceso de registro internacional, al modificar el requisito de presentación de solicitudes por separado en cada oficina de P.I., así como su gestión, al posibilitar la inscripción de los cambios posteriores o la renovación del registro mediante un único trámite administrativo.
- Solicitud de registro de dibujo o modelo industrial presentada en virtud del sistema de La Haya
- Solicitud de registro internacional de un dibujo o modelo industrial presentada en virtud del Arreglo de La Haya, administrado por la OMPI.
- Diseño industrial (también dibujo o modelo industrial)
- Composición de líneas o colores en formas tridimensionales que otorgan una apariencia especial a un producto u obra de artesanía. Se denomina así a los a elementos ornamentales o estéticos de un artículo útil. Los diseños industriales se aplican a una amplia variedad de productos de la industria y la artesanía. El titular de un diseño industrial registrado goza de derechos exclusivos para impedir la copia o la imitación no autorizada del diseño por un tercero. Los registros de diseños industriales tienen una vigencia limitada. En la mayoría de las jurisdicciones, la duración de la protección suele ser de 15 años. No obstante, existen diferencias entre una legislación y otra, especialmente en China (que prevé un plazo de 10 años a partir de la fecha de solicitud) y los Estados Unidos de América (que prevé un plazo de 14 años a partir de la fecha de registro). Se usa por lo general la denominación “diseños industriales” salvo en lo relativo al tratado que dispone su protección (véase el Arreglo de La Haya), en el cual se utiliza la expresión “dibujos y modelos industriales”.
- Clasificación Internacional de Patentes (CIP)
- Sistema de clasificación de patentes reconocido internacionalmente. La CIP se estructura en secciones, clases, subclases y grupos. Los símbolos de la CIP se asignan según las características técnicas de las solicitudes de patentes. A una solicitud de patente se le pueden asignar varios símbolos CIP, en la medida en que está relacionada con varias características técnicas.
- Propiedad intelectual
- Creaciones de la mente, como invenciones, obras literarias y artísticas y símbolos, nombres, imágenes y diseños utilizados en el comercio. La P.I. se divide en dos categorías: la propiedad industrial, que incluye patentes, marcas, diseños industriales e indicaciones geográficas de origen, y el derecho de autor, que incluye obras literarias, tales como novelas, poemas y obras de teatro, películas, obras musicales, obras artísticas, como dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y diseños arquitectónicos. Los derechos conexos al derecho de autor incluyen los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, los de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y televisión.
- Invención
- Solución nueva a un problema técnico determinado. Para obtener derechos de patente, una invención debe ser nueva, implicar actividad inventiva y ser susceptible de aplicación industrial a juicio de una persona cualificada en el ámbito técnico en cuestión.
- Derechos de P.I. en vigor
- Derechos de P.I. que todavía no han agotado el período de vigencia. Para que los derechos permanezcan en vigor, deben abonarse periódicamente unas tasas de mantenimiento (renovación) en una oficina de P.I. Los registros de marcas pueden mantenerse en vigor indefinidamente pagando las tasas de renovación; sin embargo, las patentes, los modelos de utilidad y los diseños industriales solo pueden mantenerse en vigor durante un número de años limitado.
- Registro de Madrid
- Registro internacional que se solicita en virtud del sistema de Madrid, sistema que facilita la adquisición de derechos de marca en múltiples jurisdicciones. Los registros en virtud del sistema de Madrid son distintos a los que se tramitan en las oficinas nacionales o regionales de P.I. La solicitud de registro internacional, una vez que la OMPI la acepta, cumple la misma función que las solicitudes presentadas en cada una de las oficinas nacionales y regionales de P.I. designadas por el solicitante que son parte en el sistema de Madrid. En virtud del registro internacional del Sistema de Madrid, la oficina nacional o regional de P.I. decide conceder o denegar la solicitud de registro de marca válido en su jurisdicción.
- Sistema de Madrid
- Nombre abreviado del Sistema de Madrid para el Registro Internacional de Marcas, establecido en virtud del Arreglo de Madrid y el Protocolo de Madrid y administrado por la OMPI. Este sistema ofrece a los solicitantes la posibilidad de registrar una marca en un gran número de Partes Contratantes presentando una única solicitud en una oficina nacional o regional de P.I. que sea parte en el sistema. Simplifica el proceso de registro internacional de marcas, al modificar el requisito de presentación de solicitudes por separado en cada oficina de P.I. También simplifica la posterior gestión del registro, ya que se pueden inscribir cambios o renovar el registro mediante un único trámite administrativo. El registro en virtud del sistema de Madrid no crea un registro “internacional” de marca, y la decisión de conceder o denegar la solicitud de registro de marca sigue siendo competencia de las oficinas nacionales o regionales de P.I. Los derechos de marca se circunscriben a la jurisdicción de las oficinas de registro de marcas.
- Mantenimiento
- Proceso en virtud del cual se mantiene (es decir, sigue en vigor) la protección de los derechos de P.I., normalmente mediante el pago periódico de unas tasas de renovación a una oficina de P.I. Si no se abonan tales tasas, el registro internacional puede caducar.
- Clasificación de Niza
- Nombre abreviado de la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de Marcas en virtud del Arreglo de Niza. La Clasificación de Niza se divide en 34 clases de productos y 11 servicios.
- Solicitudes presentadas por no residentes
- Solicitudes presentadas en la oficina de patentes de determinado país o jurisdicción por un solicitante residente en otro país o jurisdicción. Por ejemplo, una solicitud de patente presentada en la USPTO por un solicitante residente en Francia se considera una solicitud de no residente con respecto a la USPTO. A veces también se denominan solicitudes presentadas en el extranjero. Las patentes concedidas a no residentes son patentes concedidas en virtud de solicitudes presentadas por no residentes.
- Origen
- País de residencia (o nacionalidad, en ausencia de una residencia válida) del solicitante nombrado en primer lugar en una solicitud de P.I. El país de origen se utiliza para determinar el origen de la solicitud de P.I.
- Convenio de París
- Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, suscrito en París el 20 de marzo de 1883, uno de los tratados más importantes en materia de P.I. En él se establece el “derecho de prioridad”, que permite a un solicitante reivindicar, en una solicitud de derechos de P.I. presentada en otro país, la prioridad de una solicitud presentada como máximo 12 meses antes.
- Patente
- Conjunto de derechos exclusivos concedidos por ley a los solicitantes sobre invenciones que sean novedosas, no evidentes y susceptibles de aplicación comercial. La patente es válida por un período de tiempo limitado (por lo general 20 años), durante el cual los titulares pueden explotar comercialmente sus invenciones con carácter exclusivo. Como contrapartida, los solicitantes tienen la obligación de divulgar sus invenciones al público para que otros, expertos en la materia, puedan reproducirlas. El sistema de patentes está concebido para fomentar la innovación, al conferir a los innovadores derechos legales exclusivos durante un plazo determinado, de manera que puedan gozar de los beneficios de sus actividades innovadoras.
- Familia de patentes
- Conjunto de patentes interrelacionadas cuya solicitud se presenta en uno o más países para proteger una invención igual o similar.
- Oposición a la concesión de la patente, (procedimiento de)
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Procedimiento administrativo de impugnación de la validez de una patente concedida que se suele limitar a cierto período de tiempo tras la concesión de la patente. Por ejemplo, en la OEP, puede presentarse oposición a la patente en el plazo de nueve meses desde la publicación de la concesión de una patente europea en el Boletín Europeo de Patentes.
- Solicitud PCT
- Solicitud de patente presentada en el marco del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) administrado por la OMPI.
- Entrada en la fase nacional del PCT
- La decisión de un solicitante PCT de entrar en la fase nacional en una oficina nacional o regional de patentes se denomina entrada en la fase nacional. Requiere la presentación de la solicitud por escrito y el pago de tasas, y debe llevarse a cabo en un plazo de 30 meses a partir de la fecha de prioridad de la solicitud (algunas oficinas prevén plazos más largos).
- Sistema del PCT
- El Tratado de Cooperación en materia de Patentes es un tratado internacional administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) que facilita la adquisición de derechos de patente en gran número de jurisdicciones. El sistema del PCT simplifica el proceso de presentación de varias solicitudes de patentes nacionales al modificar el requisito de presentar solicitudes por separado en cada jurisdicción. Sin embargo, la decisión de conceder o no una patente sigue dependiendo de las oficinas nacionales o regionales de patentes, y los derechos de patente quedan circunscritos a la jurisdicción de la administración encargada de la concesión de patentes. El procedimiento de presentación de solicitudes internacionales PCT comienza con la fase internacional, en la cual se realiza una búsqueda internacional y, posiblemente, un examen preliminar, y finaliza con la fase nacional, en la cual las oficinas nacionales y regionales de patentes adoptan decisiones sobre la patentabilidad de las invenciones de conformidad con la legislación nacional.
- Solicitud de patente en trámite
- En líneas generales, se trata de una solicitud de patente presentada ante una oficina de patentes respecto de la cual aún no se ha concedido una patente, o bien la solicitud ha sido denegada o retirada. En las jurisdicciones en donde la presentación de una petición de examen es obligatoria para dar inicio al proceso de examen, el término solicitud de patente en trámite podrá hacer referencia a una solicitud respecto de la cual se ha recibido una petición de examen, pero aún no se ha concedido una patente, o la patente ha sido denegada o la solicitud retirada.
- Fecha de publicación
- La fecha en la cual se divulga al público en general una solicitud de derechos de P.I. En esa fecha, el objeto de la solicitud pasa a formar parte del “estado de la técnica”.
- Fecha de referencia
- Los datos relativos a las solicitudes se basan en la fecha presentación de la solicitud. Los datos relativos a la concesión o al registro se basan en la fecha de concesión o de registro. Los datos sobre patentes clasificados por sector tecnológico y principales solicitantes del PCT se basan en la fecha de publicación. Los datos relativos a las familias de patentes se basan en la fecha de prioridad (o la primera fecha de presentación).
- Solicitud regional
- Solicitud de derechos de P.I. presentada ante una oficina de P.I. que tiene jurisdicción respecto de más de un país o territorio. Actualmente, existen cuatro oficinas regionales de patentes, a saber, la Organización Regional Africana de la Propiedad Intelectual, la Organización Euroasiática de Patentes, la Oficina Europea de Patentes, y la Organización Africana de la Propiedad Intelectual. Por otra parte, existen dos oficinas regionales de marcas y dibujos o modelos industriales, a saber: la Oficina de Propiedad Intelectual del Benelux y la Oficina de Armonización del Mercado Interior de la Unión Europea.
- Concesión (registro) regional
- Derecho de P.I. concedido (o registrado) por una oficina regional de P.I., que tiene jurisdicción respecto de más de un país o territorio.
- Registro
- Acto por el cual una oficina de P.I. concede derechos exclusivos, en particular, respecto de marcas y diseños industriales, a favor de un solicitante. Los registros se conceden a favor de los solicitantes para que puedan usar y explotar marcas y diseños industriales durante un período limitado y, en algunos casos, en especial, en el caso de las marcas, dichos registros podrán renovarse de manera indefinida.
- Gastos en investigación y desarrollo (I+D)
- Dinero invertido en labores creativas llevadas a cabo de manera sistemática con el fin de incrementar el acervo de conocimientos, incluidos los relacionados con la cultura y la sociedad humanas, y el uso de ese acervo para concebir nuevas aplicaciones.
- Solicitud presentada por un residente
- Solicitud presentada ante una oficina de P.I. por un solicitante residente en el país o región en que esa oficina tiene jurisdicción. Así, por ejemplo, la Oficina Japonesa de Patentes (JPO) considera como una solicitud presentada por un residente toda solicitud presentada por un residente en el Japón. En ocasiones, a las solicitudes presentadas por residentes también se las denomina solicitudes nacionales. La concesión o el registro a nombre de un residente constituye un derecho de P.I. concedido a partir de una solicitud presentada por un residente.
- Marca
- Signo distintivo que sirve para distinguir ciertos bienes o servicios de una empresa de los bienes producidos o los servicios prestados por otras empresas. El propietario de una marca registrada goza del derecho de uso exclusivo de la marca, previsto en la legislación, en relación con los productos o servicios para los que se haya registrado. Así, éste podrá impedir el uso no autorizado de la marca, o de una marca similar que induzca a confusión, que se utilice en relación con bienes o servicios que son idénticos o similares a los bienes y servicios respecto de los cuales se registró la marca. A diferencia de las patentes, los registros de marcas pueden mantenerse en vigor indefinidamente, a condición de que el propietario de la marca pague las tasas de renovación y use realmente la marca. Los procedimientos de registro de marcas se rigen por las normas y los reglamentos de las oficinas nacionales y regionales de P.I. Los derechos de marca se circunscriben a la jurisdicción de la administración que concedió su registro. Las marcas pueden registrarse mediante la presentación de una solicitud de registro en la oficina nacional o regional de P.I. pertinente, o mediante la presentación de una solicitud internacional en virtud del Sistema de Madrid para el Registro Internacional de Marcas.
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- Solicitud de registro de marca presentada en virtud del sistema de Madrid
- La solicitud de registro internacional de una marca que se presenta a través del sistema de Madrid administrado por la OMPI.
- Modelo de utilidad
- Al igual que sucede con las patentes, los modelos de utilidad confieren una serie de derechos respecto de una invención por un período de tiempo limitado, durante el cual los titulares del modelo de utilidad pueden explotar comercialmente sus invenciones con carácter exclusivo. Las condiciones para la concesión de modelos de utilidad son diferentes de las condiciones para la concesión de patentes “tradicionales”. Por ejemplo, los modelos de utilidad se conceden por un plazo más breve (7 a 10 años) y, en la mayoría de las oficinas, sin un examen exhaustivo. Los procedimientos para la concesión de modelos de utilidad se rigen por las normas y los reglamentos de las oficinas nacionales de P.I., y los derechos se circunscriben a la jurisdicción de la administración que los concede.
- Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)
- Organismo especializado de las Naciones Unidas dedicado al fomento de la innovación y la creatividad para el desarrollo económico, social y cultural de todos los países mediante un sistema internacional de P.I., equilibrado y eficaz. Establecido en 1967, el mandato de la OMPI consiste en promover la protección de la P.I. en todo el mundo a través de la cooperación entre los Estados y la colaboración con otras organizaciones internacionales.