Reglamento del PCT

Regla 51
Revisión por las Oficinas designadas

51.1  Plazo para presentar la petición de envío de copias

El plazo mencionado en el Artículo 25.1)c) será de dos meses contados a partir de la fecha de la notificación enviada al solicitante de conformidad con lo dispuesto en la Regla 20.4.i), 24.2.c) o 29.1.ii).

51.2  Copia de la notificación

Cuando, después de la recepción de una comprobación negativa conforme al Artículo 11.1), el solicitante pida a la Oficina Internacional que, de conformidad con el Artículo 25.1), se envíen copias del expediente de la supuesta solicitud internacional a cualquiera de las Oficinas indicadas que había tratado de designar, adjuntará a su petición una copia de la notificación mencionada en la Regla 20.4.i).

51.3  Plazo para pagar la tasa nacional y para proporcionar una traducción

El plazo previsto en el Artículo 25.2)a) vencerá al mismo tiempo que el plazo fijado en la Regla 51.1.