Reglamento del PCT
PARTE E
REGLAS RELATIVAS AL CAPÍTULO V DEL TRATADO
Regla 84
Gastos de las delegaciones
84.1 Gastos a cargo de los gobiernos
Los gastos de cada delegación que participe en cualquier órgano creado por el Tratado o en virtud de este, serán a cargo del gobierno que la haya designado.