Reglamento del PCT

PARTE E
REGLAS RELATIVAS AL CAPÍTULO V DEL TRATADO

Regla 84
Gastos de las delegaciones

84.1   Gastos a cargo de los gobiernos

Los gastos de cada delegación que participe en cualquier órgano creado por el Tratado o en virtud de este, serán a cargo del gobierno que la haya designado.