Los recursos genéticos y demás recursos biológicos constituyen una materia única en el ámbito de la protección de la PI desde que los sistemas de PI comenzaron a proteger la innovación en las ciencias de la vida moderna, ya a mediados de los años 1970. Incluyen, por ejemplo, microorganismos, variedades vegetales, razas animales, secuencias genéticas, información sobre secuencias de nucleótidos y aminoácidos, características, acontecimientos moleculares, plásmidos y vectores.

Los RR.GG. y la innovación e información conexas sobre las ciencias de la vida abarcan varias ramas del derecho de propiedad intelectual (PI) y su práctica, entre ellas las patentes, los secretos comerciales, el derecho de autor, las medidas de protección tecnológicas, así como otras ramas del Derecho. Por lo tanto, las cuestiones de PI relacionadas con los RR.GG. deben abordarse de manera personalizada, intersectorial y práctica.

Campo de trigo en Madagascar (Fotografía de la ONU/Lucien Rajaonina)

A la hora de examinar las cuestiones de PI relacionadas con los RR.GG., la labor de la OMPI complementa los marcos referentes al acceso y la participación en los beneficios previstos en el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) y su Protocolo de Nagoya, el Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), el Marco de Preparación para una Gripe Pandémica de la Organización Mundial de la Salud y otros marcos especializados en materia de acceso y participación en los beneficios.