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Condiciones de uso de las soluciones de software proporcionadas por la OMPI

1. Definiciones

A los efectos de las presentes condiciones, se entenderá por “Software” el software de propiedad de la OMPI y facilitado por ésta a fin de mejorar los servicios de la Oficina de PI.  El Software podrá incluir WIPOScan, el sistema de automatización de la propiedad industrial (IPAS), el sistema de gestión electrónica de documentos de la OMPI, WIPO Publish, WIPO File y/o software afín de gestión de la PI.  Esos productos de software se describen con detalle en el sitio web de la OMPI.

Se entenderá por “Oficina” la oficina de propiedad intelectual de cualquier Estado miembro de la OMPI, o la oficina regional de un grupo de Estados miembros de la OMPI que utilice el Software de la OMPI en el marco de los servicios que presta a fin de mejorar la gestión de los procedimientos internos y los servicios de P.I. que brinda a todos los interesados.

2. Concesión de derechos

La OMPI reconoce el derecho de la Oficina a utilizar el Software para la prestación de servicios de PI de acuerdo con las presentes condiciones y en el marco de la política de “uso leal” definida en la cláusula 6.  Este derecho está dirigido a satisfacer la demanda por parte de las oficinas de PI de contar con capacidad para prestar servicios eficaces.  Salvo disposición en contrario en las presentes condiciones, la Oficina gozará del derecho a utilizar el Software en cualquier lugar del mundo. Este derecho no es exclusivo, es intransferible, no se podrá sublicenciar y ha de utilizarse de la siguiente forma:  

  • La Oficina podrá utilizar la versión original del Software en sus propias aplicaciones.
  • Los componentes o módulos asociados al Software que hayan sido desarrollados por la Oficina no se considerarán parte de éste y no se hallarán sujetos a las presentes condiciones.
  • La Oficina podrá subcontratar la operación del Software. No obstante, al subcontratista no se le reconocerá ningún derecho en relación con el Software.

Todo uso distinto de los mencionados estará sujeto a previo acuerdo, por escrito, sobre las condiciones particulares del mismo.  En concreto, la Oficina no podrá redistribuir el Software ni ningún producto derivado de él a terceros sin previo acuerdo, por escrito, entre la Oficina y la OMPI.

3. Código fuente

La Oficina no podrá modificar el código fuente del Software principal facilitado por la OMPI.

No obstante, la OMPI transferirá a la Oficina todo el código fuente y la documentación conexa, y la Oficina asumirá la responsabilidad relativa a las modificaciones del Software, en uno de los siguientes casos:

  • el director general notifica a la Oficina que la Secretaría de la OMPI tiene previsto dejar de prestar asistencia en relación con el Software, incluida la asistencia relativa a las mejoras y correcciones; o
  • se pone fin al acuerdo en el marco del cual se suministra el Software por decisión de los Estados miembros de la OMPI.

La transferencia del código fuente no afectará las condiciones relacionadas con la titularidad, los derechos de distribución y otras condiciones de uso del Software descritas en las presentes condiciones.

A esos fines, la OMPI mantendrá una biblioteca de todos los códigos fuente, que estará actualizada con las últimas versiones y que podrá ponerse fácilmente a disposición de ser necesario.  Si lo desea, cualquier Oficina podrá pedir que se confirme por escrito que la biblioteca de códigos fuente será puesta a su disposición en caso de que se cumplan las condiciones contempladas en la presente disposición.

4. Modificación del Software 

Con el consentimiento previo de la OMPI, la Oficina podrá usar el Software para crear sus sistemas de aplicaciones o módulos propios, siempre y cuando inserte una nota claramente visible informando sobre cómo y cuándo se realizaron las modificaciones y cumpla las condiciones siguientes:

  • Se ha de plasmar e incluir la mención de derechos reservados y el aviso de exención de responsabilidad correspondientes al Software, en el código fuente, en la documentación y/o en los demás materiales que se faciliten, de la manera habitual en que se suelen indicar estos avisos.
  • Las obras derivadas han de estar claramente identificadas como tales, de manera que no se puedan confundir con el Software original.

La OMPI no será responsable en ningún caso de tales modificaciones o de los errores, pérdidas o daños que estos puedan ocasionar.

A los fines de las presentes condiciones, se entenderá por modificaciones el desarrollo de nuevos sistemas, funciones y/o módulos para atender a necesidades específicas de la Oficina, sobre la base del Software facilitado por la OMPI.  Como se establece en la cláusula 3, no podrá modificarse el código fuente del sistema principal, pero la Oficina podrá desarrollar su propio software que complemente o sustituya algunas funciones del sistema principal.  Por ejemplo, la Oficina podrá crear su propio Software para la recepción, captura de datos, búsqueda de marcas y otras funciones.

5. Licencias de terceros

La Oficina será responsable de todas las licencias de software de terceros necesarias para el funcionamiento del Software, incluidos, entre otros, sistemas operativos, sistemas de gestión de bases de datos y software de gestión de la productividad ofimática.

6. Uso leal

Nada de lo que se establece en las presentes condiciones tiene como objeto reducir, limitar o restringir los derechos que se derivan del uso leal, trato justo u otras limitaciones sobre los derechos exclusivos del titular de los derechos de autor, en el marco de la legislación sobre derechos de autor o de cualquier otra legislación pertinente.

    7. Titularidad

    La OMPI conservará en todo momento la titularidad del Software original y de los modificados.  La Oficina no podrá adquirir, directa, indirecta o implícitamente, la titularidad ni los derechos de autor del Software ni de ninguna de sus partes.  Esta cláusula no se aplicará a los componentes y módulos desarrollados por la Oficina y asociados al Software.

    8. Responsabilidad

    La Oficina será responsable de la correcta implantación y utilización del Software.  A petición de la Oficina, la OMPI se responsabilizará de la formación del personal de la Oficina, a fin de que aprenda a gestionar y utilizar el Software y le saque partido.  La Oficina recibirá asistencia técnica y asesoramiento general para la implantación, la personalización y el uso eficaz del Software.  La OMPI tomará todas las medidas razonables para transferir los conocimientos técnicos propios del Software, que propicien un mejor funcionamiento del sistema.  A medida que estén disponibles, la OMPI facilitará las versiones nuevas, las actualizaciones o las mejoras de la versión del Software existentes en ese momento.  No obstante, transcurrido un período de tiempo razonable, la OMPI no se hará responsable del mantenimiento ni de la asistencia técnica del Software para fines relacionados con su uso en la Oficina.  La Oficina será responsable del mantenimiento y de la asistencia técnica de los sistemas derivados del Software.  La compatibilidad de los equipos y el Software será responsabilidad exclusiva de la Oficina.

    9. Derechos de propiedad intelectual

    La Oficina reconoce la titularidad y otros derechos de la OMPI en lo que respecta a todos y cada uno de los derechos de autor y otros derechos de propiedad intelectual e industrial (“Derechos”) en relación con el Software. Estos Derechos permanecerán en todo momento bajo titularidad exclusiva de la OMPI. La Oficina no llevará a cabo ni permitirá ningún acto que constituya o sea susceptible de constituir una infracción de estos Derechos, o que pueda ponerlos en entredicho o vulnerar la titularidad o los derechos de la OMPI sobre ellos. Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario, la OMPI no ofrece ninguna garantía, expresa o implícita, de que el Software o alguna de sus partes no afecte o vulnere los derechos de patentes, marcas, derechos de autor, secretos comerciales u otros derechos exclusivos de terceros

    10.  Responsabilidad y casos de fuerza mayor

    La OMPI no será responsable ante la Oficina de los daños o perjuicios indirectos, incidentales, consecuentes, liquidados, especiales, punitivos o ejemplares, incluida la pérdida de oportunidades de negocio, ingresos o beneficios, ocasionados por el uso de los módulos del Software.  La OMPI no será responsable, ni se considerará que ha incumplido lo previsto en las presentes condiciones, por demoras en el servicio, prestación defectuosa o interrupción del mismo resultantes, directa o indirectamente, de cualquier causa o circunstancia ajena al control que la OMPI pueda razonablemente ejercer.

    11. Referencias y exención de responsabilidad

    La Oficina señalará a la OMPI como fuente del Software.  Sin embargo, esta indicación deberá ir acompañada de la siguiente (primera) cláusula de exención de responsabilidad: “La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) suministra el presente Software en el estado en que se encuentra. La OMPI no declara ni garantiza de ningún modo, de forma expresa o implícita, la comerciabilidad ni la idoneidad del Software ni de la información que en él se incluye, se describe o se revela para un fin determinado, así como tampoco su compatibilidad, su integridad, su exactitud, su fiabilidad, ni su exhaustividad.  La OMPI se exime de manera expresa de toda responsabilidad por la pérdida, daños o lesiones sufridas o provocadas de forma directa o indirecta a consecuencia o en relación con el uso del Software o de información revelada por este, o descrita o incluida en él”.

    12. Utilización del logotipo

    La Oficina no estará facultada para usar los logotipos ni las marcas de la OMPI, salvo autorización expresa por escrito de la OMPI, y estará sujeta a las condiciones de uso que se acuerden entre la OMPI y la propia Oficina.

    13. Revisión

    La OMPI se reserva el derecho a revisar las presentes condiciones en cualquier momento.  Las condiciones revisadas serán publicadas en el sitio web de la OMPI.  Las modificaciones efectuadas entrarán en vigor inmediatamente después de que sean publicadas las nuevas condiciones.

    14. Acuerdo íntegro (cuando proceda)

    Las presentes condiciones (y las modificaciones derivadas de toda posible revisión de las mismas) son fiel reflejo del convenio establecido entre la OMPI y la Oficina en relación con el uso del Software.