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Cambio en el nombre o dirección del titular

La petición de inscripción de un cambio en el nombre o dirección postal del titular deberá presentarse a la Oficina Internacional en el formulario oficial DM/6. Este formulario no deberá utilizarse cuando el cambio de nombre sea consecuencia de un cambio en la titularidad. En dicho caso, deberá utilizarse el formulario DM/2 (consúltese “Cambio en la titularidad”). Si el titular desea hacer constar únicamente una dirección de correo electrónico nueva o actualizada, dicho cambio deberá comunicarse mediante Contact Hague (dicho servicio es gratuito).

Regla 21.1)a)ii)

Apartado 1: Número(s) de registro(s) internacional(es)

Una única petición puede referirse a varios registros internacionales inscritos a nombre del mismo titular. Si no se conoce el número de determinado registro internacional (porque el registro aún no tiene validez o no se ha notificado al titular), no deberá darse ningún otro número. El titular deberá esperar hasta que se le notifique el número del registro internacional en cuestión y presentar posteriormente otra petición.

Regla 21.2)a)i)

Apartado 2: Nombre del titular

El nombre del titular, según consta en el Registro Internacional, deberá indicarse de la misma manera que se describe en “Solicitante”.

Regla 21.2)a)ii)

Apartado 3: Cambio en el nombre y/o dirección del titular

Se dejan espacios para indicar el nuevo nombre, la nueva dirección, el nuevo número de teléfono y la nueva dirección de correo electrónico. Únicamente deberá indicarse la información que ha cambiado. Es decir, por ejemplo, cuando solo haya cambiado el nombre bastará con indicar el nuevo nombre, dejando los demás espacios en blanco; de manera similar, si solo ha cambiado la dirección, no será necesario repetir el nombre.

Regla 21.2)a)iii)

Cuando solo haya cambiado el número de teléfono o la dirección de correo electrónico, será suficiente indicar el nuevo número o dirección mediante Contact Hague (no será necesario utilizar el formulario DM/6). Si éste fuese el único cambio que hubiera que inscribir, no se pagará tasa alguna por la petición.

Apartado 4: Dirección de correo electrónico para la correspondencia con varios titulares

Este apartado debe rellenarse solo si hay varios titulares y no se designa un mandatario, y los titulares desean:

  • conservar la dirección de correo electrónico para la correspondencia que ya consta en el Registro Internacional (si no se completa este apartado, la Oficina Internacional desestimará automáticamente la dirección de correo electrónico para la correspondencia que se haya inscrito en el Registro Internacional); o
  • sustituir la dirección de correo electrónico existente para la correspondencia ya inscrita en el Registro Internacional por una dirección de correo electrónico distinta para la correspondencia; o
  • indicar por primera vez una dirección de correo electrónico para la correspondencia, distinta de la indicada en el apartado 3.

Apartado 5: Firma 

El formulario deberá estar firmado o llevar un sello y deberá indicarse la identidad del firmante. Asimismo, se dispone que se indique el nombre de la persona con la que haya que ponerse en contacto, en caso necesario. Esto puede resultar útil si, por ejemplo, el formulario se presenta en nombre de una entidad jurídica.

Regla 21.1)b)i)

Pago de tasas

La petición de inscripción de un cambio en el nombre o la dirección del titular está sujeta al pago de la tasa especificada en la Tabla de Tasas. Consúltense las observaciones generales en relación con el pago de las tasas a la Oficina Internacional (consúltese “Pago de las tasas a la Oficina Internacional”).

99 Artículo 16.3); Regla 21.2)a)vi)

Cambio en el nombre y/o la dirección del mandatario

La petición de inscripción de un cambio en el nombre y/o la dirección postal del mandatario debe presentarse a la Oficina Internacional ya sea mediante la interfaz eHague o mediante el formulario oficial DM/8. Dicho formulario no debe utilizarse para nombrar a un mandatario nuevo o diferente. En tal caso, deberá utilizarse el formulario DM/7 (Nombramiento de un mandatario). Si el mandatario solo desea inscribir una dirección de correo electrónico nueva o actualizada, este cambio debe comunicarse mediante Contact Hague (servicio gratuito). La inscripción de un cambio en el nombre y/o dirección del mandatario inscrito es gratuita.

Regla 21.1)a)v) y 2)a)ii)

Peticiones irregulares

Si la petición de inscripción de un cambio en el nombre o la dirección postal del titular o del mandatario no cumple alguno de los requisitos aplicables, la Oficina Internacional notificará el hecho al titular o al mandatario inscrito. La irregularidad podrá subsanarse dentro de los tres meses siguientes a la fecha de la notificación. De no ser así, la petición se considerará desestimada y las tasas pagadas serán reembolsadas al autor del pago, previa deducción de una cuantía correspondiente a la mitad de la tasa pertinente.

Regla 21.4) y 5)

Inscripción, notificación y publicación

Si la petición reúne las condiciones aplicables, la Oficina Internacional inscribirá sin demora el cambio en el Registro Internacional y lo notificará al titular o al mandatario inscrito. El cambio se inscribirá en la fecha en que la Oficina Internacional reciba la petición que cumpla los requisitos aplicables. . No obstante, cuando en la petición se indique que el cambio debe inscribirse después de otro cambio o de la renovación del registro internacional, la Oficina Internacional procederá en consecuencia. La Oficina Internacional publica en el Boletín los datos pertinentes al cambio en el nombre o la dirección del mandatario.

99 Artículo 16.4); Regla 21.6); Regla 26.1)iv)

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