Renuncia

La renuncia del registro internacional siempre se refiere a todos los dibujos o modelos objeto del registro internacional, pero puede referirse a algunas o a todas las Partes Contratantes designadas. Si la petición se refiere solo a algunos de los dibujos o modelos comprendidos en el registro internacional, deberá utilizarse el formulario DM/3 (limitación)

99 Artículo 16.1); Regla 21.1)a)iii)

La petición de inscripción de una renuncia debe presentarse a la Oficina Internacional en el formulario oficial DM/5.

Regla 21.1)a)

Apartado 1: Número(s) de registro(s) internacional(es)

Si no se conoce el número de determinado registro internacional (porque el registro aún no tiene validez o no se ha notificado al titular), no deberá darse ningún otro número. El titular deberá esperar hasta que se le notifique el número del registro internacional en cuestión y presentar posteriormente otra petición.

Regla 21.2)a)i)

Puede utilizarse un único formulario para solicitar la inscripción de una renuncia respecto de varios registros internacionales del mismo titular, siempre y cuando las Partes Contratantes designadas respecto de las que se renuncia el registro internacional son las mismas para cada uno de los registros internacionales en cuestión.

La petición debe referirse necesariamente a todos los dibujos o modelos protegidos por el registro internacional respecto de algunas o todas las Partes Contratantes designadas. Si la petición se refiere únicamente a algunos de los dibujos o modelos protegidos por el registro internacional, deberá utilizarse en cambio el formulario DM/3 (limitación).

Apartado 2: Nombre del titular

El nombre del titular, según consta en el Registro Internacional, deberá indicarse de la misma manera en que se describe en "Solicitante".

Regla 21.2)a)ii)

Apartado 3: Partes Contratantes

El titular deberá indicar si la petición de inscripción de la renuncia se refiere a todas las Partes Contratantes designadas o únicamente a algunas de las Partes Contratantes designadas (en cuyo caso deberá la casillas correspondientes a las Partes Contratantes en cuestión).

Apartado 4: Firma 

El formulario deberá estar firmado y deberá indicarse la identidad del firmante. Asimismo, se dispone que se indique el nombre de la persona con la que haya que ponerse en contacto, en caso necesario. Esto puede resultar útil si, por ejemplo, el formulario se presenta en nombre de una entidad jurídica.

Regla 21.1)b)

Hoja de cálculo de tasas

La petición de inscripción de una renuncia está sujeta al pago de la tasa especificada en la Tabla de Tasas. Consúltense las observaciones generales en relación con el pago de las tasas a la Oficina Internacional (consúltense “Page de las tasas a la Oficina Internacional”).

99 Artículo 16.3); Regla 21.2)vi)

Pago de tasas

Si la petición de inscripción de una renuncia no cumple alguno de los requisitos aplicables, la Oficina Internacional notificará el hecho al titular. La irregularidad podrá subsanarse dentro de los tres meses siguientes a la fecha de la notificación. De no ser así, la petición se considerará abandonada y las tasas pagadas serán reembolsadas al autor del pago, previa deducción de una cuantía correspondiente a la mitad de la tasa pertinente.

Regla 21.4) y 5)

Inscripción, notificación y publicación

Si la petición reúne las condiciones aplicables, la Oficina Internacional inscribirá sin demora la renuncia en el Registro Internacional y lo notificará al titular. El cambio se inscribirá en la fecha en que la Oficina Internacional reciba la petición que cumpla los requisitos aplicables. La Oficina Internacional publica en el Boletín los datos pertinentes a la renuncia.

99 Artículo 16.4); Regla 21.6); Regla 26.1)iv)

Normalmente, la renuncia se inscribe en la fecha en que la Oficina Internacional recibe la petición. Sin embargo, puede suceder que el titular desee que la fecha de inscripción de la renuncia esté vinculada a la inscripción de otro cambio.

Regla 21.6)b)

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