Propiedad intelectual Formación en PI Divulgación de la PI La PI para... La PI y… La PI en… Información sobre patentes y tecnología Información sobre marcas Información sobre diseños industriales Información sobre las indicaciones geográficas Información sobre las variedades vegetales (UPOV) Leyes, tratados y sentencias de PI Recursos de PI Informes sobre PI Protección por patente Protección de las marcas Protección de diseños industriales Protección de las indicaciones geográficas Protección de las variedades vegetales (UPOV) Solución de controversias en materia de PI Soluciones operativas para las oficinas de PI Pagar por servicios de PI Negociación y toma de decisiones Cooperación para el desarrollo Apoyo a la innovación Colaboraciones público-privadas La Organización Trabajar con la OMPI Rendición de cuentas Patentes Marcas Diseños industriales Indicaciones geográficas Derecho de autor Secretos comerciales Academia de la OMPI Talleres y seminarios Día Mundial de la PI Revista de la OMPI Sensibilización Casos prácticos y casos de éxito Novedades sobre la PI Premios de la OMPI Empresas Universidades Pueblos indígenas Judicatura Recursos genéticos, conocimientos tradicionales y expresiones culturales tradicionales Economía Igualdad de género Salud mundial Cambio climático Política de competencia Objetivos de Desarrollo Sostenible Observancia de los derechos Tecnologías de vanguardia Aplicaciones móviles Deportes Turismo PATENTSCOPE Análisis de patentes Clasificación Internacional de Patentes ARDI - Investigación para la innovación ASPI - Información especializada sobre patentes Base Mundial de Datos sobre Marcas Madrid Monitor Base de datos Artículo 6ter Express Clasificación de Niza Clasificación de Viena Base Mundial de Datos sobre Dibujos y Modelos Boletín de Dibujos y Modelos Internacionales Base de datos Hague Express Clasificación de Locarno Base de datos Lisbon Express Base Mundial de Datos sobre Marcas para indicaciones geográficas Base de datos de variedades vegetales PLUTO Base de datos GENIE Tratados administrados por la OMPI WIPO Lex: leyes, tratados y sentencias de PI Normas técnicas de la OMPI Estadísticas de PI WIPO Pearl (terminología) Publicaciones de la OMPI Perfiles nacionales sobre PI Centro de Conocimiento de la OMPI Informes de la OMPI sobre tendencias tecnológicas Índice Mundial de Innovación Informe mundial sobre la propiedad intelectual PCT - El sistema internacional de patentes ePCT Budapest - El Sistema internacional de depósito de microorganismos Madrid - El sistema internacional de marcas eMadrid Artículo 6ter (escudos de armas, banderas, emblemas de Estado) La Haya - Sistema internacional de diseños eHague Lisboa - Sistema internacional de indicaciones geográficas eLisbon UPOV PRISMA Mediación Arbitraje Determinación de expertos Disputas sobre nombres de dominio Acceso centralizado a la búsqueda y el examen (CASE) Servicio de acceso digital (DAS) WIPO Pay Cuenta corriente en la OMPI Asambleas de la OMPI Comités permanentes Calendario de reuniones Documentos oficiales de la OMPI Agenda para el Desarrollo Asistencia técnica Instituciones de formación en PI Apoyo para COVID-19 Estrategias nacionales de PI Asesoramiento sobre políticas y legislación Centro de cooperación Centros de apoyo a la tecnología y la innovación (CATI) Transferencia de tecnología Programa de Asistencia a los Inventores (PAI) WIPO GREEN PAT-INFORMED de la OMPI Consorcio de Libros Accesibles Consorcio de la OMPI para los Creadores WIPO ALERT Estados miembros Observadores Director general Actividades por unidad Oficinas en el exterior Ofertas de empleo Adquisiciones Resultados y presupuesto Información financiera Supervisión

Decisión de la Asamblea General de 2006

En su trigésimo tercer período de sesiones (16º extraordinario), celebrado del 25 de septiembre al 3 de octubre de 2006, la Asamblea General de la OMPI examinó los resultados positivos del proceso de reflexión de las dos sesiones del Comité Provisional sobre Propuestas relativas a un Programa de la OMPI para el Desarrollo (PCDA) y decidió lo siguiente:

  • Prolongar un año más el mandato del PCDA.
  • El PCDA celebrará dos sesiones de cinco días de duración, de tal forma que pueda mantenerse un debate detenido y estructurado acerca de las 111 propuestas formuladas hasta la fecha en las sesiones celebradas por las IIM y el PCDA en 2005 y 2006, respectivamente, habida cuenta de la decisión que adoptó en 2005 la Asamblea General en relación con el plazo de presentación de nuevas propuestas.
  • Tal como se hizo en las sesiones del PCDA de 2006, la OMPI financiará la participación de los representantes de países en desarrollo, incluidos los países menos adelantados (PMA), y de los países con economías en transición, para que puedan asistir a las reuniones del PCDA.
  • En la primera sesión del PCDA a celebrarse en 2007 se examinarán las propuestas que se adjuntan a esta decisión en el Anexo A. En la segunda sesión del PCDA a celebrarse en 2007 se examinarán las propuestas que se adjuntan a esta decisión en el Anexo B.
  • Para facilitar y agilizar la tarea de examinar con detenimiento todas las propuestas, sin exclusiones, el PCDA debe proceder a:
    • a) reducir el número de propuestas, de tal modo que no haya repeticiones ni duplicación de esfuerzos;
    • b) distinguir las propuestas que requieran acciones concretas de otras que son declaraciones de principios y objetivos generales, e
    • c) indicar si las propuestas guardan o no relación con las actividades de la OMPI en curso.
  • En ese sentido, el Presidente de la Asamblea General preparará, en consulta con los Estados miembros, documentos de trabajo preliminares.
  • El PCDA presentará un informe a la Asamblea General de 2007, con recomendaciones sobre cómo proceder respecto de las propuestas aprobadas y con una propuesta de marco de trabajo para abordar y, cuando sea posible, hacer avanzar las restantes propuestas después del período de sesiones de 2007 de la Asamblea General.
  • Entretanto, y sin perjuicio de que se siga prestando asistencia técnica, se procederá a disolver el Comité Permanente de Cooperación para el Desarrollo en materia de Propiedad Intelectual (PCIPD). 

Anexo A 

Categoría A – Asistencia técnica y fortalecimiento de capacidades

1. Que la asistencia técnica esté orientada hacia el desarrollo y obedezca a una demanda. Además, debe estar dirigida a ámbitos concretos y contar con un calendario de ejecución.

2. Proporcionar mayor asistencia a la OMPI en forma de financiación por donantes, para que la Organización pueda cumplir con los compromisos contraídos en relación con las actividades técnicas en África.

3. Crear en la OMPI un fondo fiduciario para brindar asistencia financiera específica a los países menos adelantados (PMA).

4. Establecer acuerdos entre la OMPI y empresas privadas que permitan a las oficinas nacionales de los países en desarrollo acceder a las bases de datos especializadas para realizar búsquedas en materia de patentes

5. Aumentar la asistencia técnica y el asesoramiento que proporciona la OMPI a las Pymes y a los sectores que se ocupan de la investigación científica y las industrias culturales.

6. Pedir a la OMPI que ayude a los Estados miembros a establecer estrategias nacionales en el campo de la propiedad intelectual.

7. Aumentar los recursos financieros de la asistencia técnica para fomentar una cultura de la P.I., haciendo hincapié en la introducción de la P.I. en diferentes niveles de la enseñanza.

8. Pedir a la OMPI que cree un fondo de contribuciones voluntarias para promover la explotación económica, comercial y jurídica de los derechos de P.I. en los países en desarrollo y en los PMA.

9. Programa de la OMPI de Creación de Enlaces: elaborar una base de datos para la creación de enlaces, que es una herramienta de Internet destinada a facilitar la utilización estratégica de la propiedad intelectual por los países en desarrollo aunando los esfuerzos de todas las partes interesadas a fin de responder a las necesidades específicas de desarrollo en lo tocante a los derechos de propiedad intelectual con los recursos disponibles y acrecentar los efectos de la labor de asistencia en materia de propiedad intelectual en pro del desarrollo.

10. Competir en la economía del conocimiento: reconociendo la importancia que reviste para el desarrollo económico y cultural una participación efectiva en la “economía del conocimiento”, la Oficina de la OMPI de Creación de Enlaces deberá dedicarse con empeño a buscar posibles interlocutores que ayuden a los países a hacer la transición o competir más eficazmente en la economía del conocimiento.

11. Crear una página Web que contenga información sobre la asistencia técnica proporcionada por la OMPI y otras organizaciones internacionales pertinentes a fin de promover la transparencia, incluyendo, por ejemplo, las solicitudes de asistencia técnica de los Estados miembros.

12. Tener en cuenta los diferentes niveles de desarrollo de cada país al concebir, suministrar y evaluar la asistencia técnica.

13. Establecer un código deontológico para el personal y los consultores encargados de la asistencia técnica prestada por la Secretaría.

14. Publicar la lista de consultores encargados de la asistencia técnica.

15. Garantizar que los funcionarios y consultores de la OMPI encargados de la asistencia técnica sean totalmente independientes, y evitar posibles conflictos de intereses.

16. Suministrar asistencia técnica a los países en desarrollo, a petición de éstos, para que comprendan mejor la interconexión entre los derechos de propiedad intelectual y las políticas en materia de competencia.


Categoría B – Normativa, flexibilidades, política pública y dominio público

17. Examinar la protección del dominio público en el marco de los procesos normativos de la OMPI.

18. Garantizar la aplicación de procedimientos orientados a los miembros en los que la Secretaría de la OMPI no desempeñe el papel de apoyar o respaldar propuestas concretas, en particular en la negociación de tratados y normas internacionales.

19. Velar por que las actividades normativas reconozcan los diferentes niveles de desarrollo de los Estados miembros y reflejen un equilibrio entre los beneficios y los costos de toda iniciativa destinada a los países en desarrollo y los países desarrollados.

20. Preservar los intereses de la sociedad en su conjunto, y no sólo los de los titulares de derechos de P.I., en las actividades normativas.

21. Reflejar las prioridades de todos los miembros de la OMPI, tanto los países desarrollados como los países en desarrollo, en todas las actividades normativas.


Categoría C – Transferencia de tecnología, tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y acceso a los conocimientos

22. Solicitar a la OMPI que amplíe en el futuro el alcance de las actividades destinadas a colmar la brecha digital de conformidad con los resultados de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información (CMSI), en especial en lo que atañe a las propuestas planteadas en el contexto del programa para el desarrollo que deberán tener en cuenta además la importancia del Fondo de Solidaridad Digital.

23. Idear maneras innovadoras, incluido el fomento de la transferencia de tecnología, que permitan a las Pymes aprovechar más adecuadamente la flexibilidad prevista en los correspondientes acuerdos internacionales.

24. Pedir a los países desarrollados que alienten a sus instituciones científicas y de investigación a promover la cooperación y el intercambio con las instituciones de investigación y desarrollo de los países en desarrollo y los PMA.

25. Determinar los aspectos de las TIC relacionados con la propiedad intelectual que favorecen el crecimiento y el desarrollo: crear un foro en el marco del Comité Permanente de Tecnologías de la Información de la OMPI (SCIT) para debatir la importancia de los aspectos de las TIC relacionados con la propiedad intelectual y su papel en el desarrollo económico y cultural, haciendo hincapié concretamente en ayudar a los Estados miembros a definir estrategias prácticas para utilizar las TIC/P.I. en pro del desarrollo económico, social y cultural.

26. Estudiar qué políticas, iniciativas y reformas son necesarias para garantizar la transferencia y difusión de tecnología en pro de los países en desarrollo.

27. Debatir las políticas y medidas de apoyo a la propiedad intelectual que podrían adoptar los países industrializados con objeto de promover la transferencia y difusión de tecnología a los países en desarrollo.

28. Promover medidas que ayuden a los países a luchar contra las prácticas contrarias a la libre competencia relacionadas con la P.I.


Categoría D – Evaluaciones, apreciaciones y estudios de las repercusiones

29. Solicitar a la OMPI que cree un mecanismo de examen y evaluación eficaz con carácter anual para evaluar todas sus actividades orientadas hacia el desarrollo.

30. Realizar en los países en desarrollo y en los PMA un estudio de los obstáculos que se interponen a la protección de la propiedad intelectual en el sector informal, con miras a crear programas de fondo que contemplen los costos y beneficios tangibles de la protección de la P.I. en lo que se refiere a la creación de empleo.

31. Solicitar a la OMPI que elabore estudios que demuestren el impacto económico, social y cultural de la utilización de sistemas de propiedad intelectual en los Estados miembros.

32. La OMPI debería profundizar el análisis de las repercusiones y los beneficios de un dominio público rico y accesible.

33. Evaluar de forma permanente los programas y las actividades de asistencia técnica de la OMPI para garantizar su eficacia.

34. Establecer indicadores y parámetros de evaluación de la asistencia técnica.


Categoría E – Cuestiones institucionales, incluidos el mandato y la gobernanza

35. Solicitar a la OMPI que ayude a los países africanos, en colaboración con las organizaciones internacionales pertinentes, a crear, si procede, el marco jurídico y reglamentario necesario para convertir la fuga de cerebros en el retorno de cerebros.

36. Solicitar a la OMPI que intensifique su cooperación con todos los organismos de las Naciones Unidas, en particular, la UNCTAD, el PNUMA, la OMS, la ONUDI, la UNESCO y otras organizaciones internacionales pertinentes, en especial la OMC, a fin de fortalecer la coordinación y armonización para que los programas de desarrollo sean lo más eficaces posible.

37. Balance de las actividades de la OMPI para el desarrollo: realizar un balance cuantitativo y cualitativo de las actuales actividades de la OMPI de cooperación para el desarrollo con miras a elaborar a largo plazo una declaración de políticas y objetivos fundamentales en la esfera de las actividades de cooperación y desarrollo.

38. Adoptar medidas para garantizar una amplia participación de la sociedad civil y los grupos de interés público en las actividades de la OMPI.

39. Adoptar medidas para garantizar una amplia participación de la sociedad civil y los grupos de interés público en las actividades de la OMPI.


Categoría F – Otras cuestiones

40. Considerar la observancia de los derechos de propiedad intelectual desde el punto de vista más amplio de los intereses generales de la sociedad y de los objetivos de desarrollo, conforme a lo señalado en el Artículo 7 del Acuerdo sobre los ADPIC.

Anexo B

 

Categoría A – Asistencia técnica y fortalecimiento de capacidades

1. Fomentar y mejorar la capacidad institucional de los países mediante el desarrollo continuo de la infraestructura y otros mecanismos con el fin de que las instituciones nacionales de propiedad intelectual (P.I.) sean más eficientes y de que se logre un equilibrio justo entre la protección de la P.I. y la salvaguardia del interés público. Este tipo de asistencia técnica debe beneficiar también a las organizaciones regionales y subregionales que se ocupen de P.I.

2. Fortalecer la capacidad nacional de protección de las creaciones, innovaciones e invenciones nacionales para desarrollar las infraestructuras científicas y tecnológicas de los países.

3. Aplicar los principios y las directrices de la asistencia técnica de forma que se garanticen, entre otras cosas: a) la transparencia; b) que se aprovechen al máximo las flexibilidades existentes en los tratados internacionales; c) que la asistencia técnica se adapte a cada caso particular y esté en función de la demanda.

4. Difundir entre el público toda la información sobre diseño, distribución, costo, financiación, beneficiarios y aplicación de los programas de asistencia técnica, así como los resultados de la evaluación independiente interna y externa.

5. Establecer en el Comité del Programa y Presupuesto programas y planes plurianuales coherentes de cooperación entre la OMPI y los países en desarrollo con el fin de fortalecer las oficinas nacionales de propiedad intelectual y convertirlas en motores de las políticas nacionales de desarrollo. Asimismo, estos programas deberían basarse en los principios y objetivos propuestos en el documento WO/GA/31/11.

6. Ampliar el campo de aplicación de los programas de asistencia técnica con objeto de abarcar las cuestiones relativas al uso de la legislación y las políticas en materia de competencia para hacer frente a los abusos de la propiedad intelectual y a las prácticas que limitan indebidamente el comercio, la transferencia y la difusión de tecnología.

7. Ofrecer asistencia técnica con carácter neutral y de asesoramiento teniendo en cuenta las necesidades reales y manifestadas. Deberá tratarse por igual a todos los beneficiarios y a las cuestiones que han de examinarse, y no se deberá considerar a la misma como un sistema de recompensas para los que apoyan determinadas posiciones en las negociaciones de la OMPI.

8. Velar por que las legislaciones y reglamentaciones se adapten al nivel de desarrollo de cada país y respondan plenamente a las necesidades y problemas específicos de cada sociedad. La asistencia deberá responder a las necesidades de los distintos sectores interesados de los países en desarrollo y los países menos adelantados, y no limitarse únicamente a las oficinas de propiedad intelectual y a los titulares de derechos.

9. Separar las funciones normativas de la Secretaría de la OMPI de sus funciones de asistencia técnica.

10. Velar por que las actividades de asistencia técnico–jurídica y de cooperación técnica destinadas a los países en desarrollo y a los países menos adelantados puedan aplicar las disposiciones en pro del desarrollo previstas en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC), por ejemplo, los Artículos 7, 8, 30, 31 y 40, además de las decisiones posteriores en favor del desarrollo, como la Declaración de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la Salud Pública.

11. Incorporar la dimensión de desarrollo en todas las actividades de asistencia técnica y de otra índole que lleva a cabo la OMPI, en los debates que ésta mantiene y en su forma de abordar las cuestiones de “observancia”.

12. Garantizar una asistencia técnica adaptada a la demanda, en el sentido de que responda a las necesidades y objetivos políticos globales de los países en desarrollo y los países menos adelantados, y tenga en cuenta también los intereses legítimos de las diversas partes interesadas y no sólo los de los titulares de derechos.

13. Orientar la asistencia técnica para garantizar el cumplimiento de las obligaciones internacionales de una forma sostenible en los regímenes administrativos nacionales, sin que sea una carga excesiva para los recursos nacionales escasos que podrían utilizarse de forma más productiva en otras esferas.

14. Velar por que la cooperación técnica contribuya a la protección de la propiedad intelectual con un costo social mínimo.

15. Garantizar que la asistencia legislativa de la OMPI se adapte a la legislación nacional en materia de propiedad intelectual, teniendo en cuenta el nivel de desarrollo de cada país, y responda plenamente a las necesidades y problemas específicos de cada sociedad.

16. Promover enfoques tipo sobre la forma de aplicar las disposiciones pertinentes relativas a las prácticas contrarias a la libre competencia del Acuerdo sobre los ADPIC.


Categoría B – Normativa, flexibilidades, política pública y dominio público

17. Solicitar a la OMPI que examine las flexibilidades previstas en el Acuerdo sobre los ADPIC y en las decisiones de la Cumbre de Doha con miras a ofrecer asesoramiento práctico a los países en desarrollo y a los países menos adelantados sobre la manera de obtener alimentos y medicamentos esenciales, y crear además un mecanismo que facilite a los países en desarrollo y los países menos adelantados el acceso a los conocimientos y la tecnología.

18. Pedir a la OMPI que adopte en el futuro próximo un instrumento internacionalmente vinculante sobre la protección de los recursos genéticos, los conocimientos tradicionales y el folclore.
19. Crear un mecanismo que facilite a los países en desarrollo y los países menos adelantados el acceso a los conocimientos y la tecnología.

20. Formular y adoptar medidas diseñadas para mejorar la participación de la sociedad civil y otras partes interesadas en las actividades de la OMPI que tengan relación con sus dominios e intereses respectivos.

21. Prácticas recomendadas para el crecimiento económico: recabar y difundir información sobre las “prácticas recomendadas” de los Estados miembros en cuanto a la promoción del desarrollo de las industrias creativas y la atracción de las inversiones extranjeras y las tecnologías basadas, al menos parcialmente, en las encuestas nacionales de referencia en relación con el crecimiento económico, que se debaten de forma más exhaustiva abajo en la categoría D.

22. Dar a conocer mejor los efectos adversos de la falsificación y la piratería en el desarrollo económico: que el Comité Asesor sobre Observancia (ACE) de la OMPI analice la relación existente entre el elevado índice de falsificación y piratería de la propiedad intelectual y la transferencia de tecnología, la inversión extranjera directa y el crecimiento económico.

23. Elaborar propuestas y modelos que permitan proteger y determinar el contenido del dominio público y acceder a él.

24. Crear en la OMPI un ámbito de análisis y discusión de los incentivos que promueven la actividad creativa, la innovación y la transferencia de tecnología, dentro y fuera del sistema de propiedad intelectual, por ejemplo, los nuevos modelos de explotación. Esto puede llevarse a cabo mediante uno de los dos mecanismos siguientes:

i) crear un foro electrónico de la OMPI para el intercambio de información y opiniones. Podría tener una duración limitada (por ejemplo un año), y después podrían resumirse en un documento las propuestas y debates habidos. Si existe interés y un volumen importante, analizaríamos la posibilidad de actuar y cómo hacerlo. Los debates del foro podrían organizarse en las siguientes secciones: herramientas del sistema de propiedad intelectual (por ejemplo, modelos de utilidad, sistemas de licencias abiertas y gratuitas y creative commons) y herramientas que complementan el sistema de propiedad intelectual (por ejemplo, las subvenciones, el Tratado sobre el Acceso a los Conocimientos, el tratado sobre I+D en el ámbito médico).

ii) Incluir esta cuestión como punto permanente del orden del día de los Comités de la OMPI.

25. Adoptar, en las actividades normativas, principios y directrices en pro del desarrollo.

26. Someter a debate la viabilidad y conveniencia de establecer normas nuevas, ampliadas o modificadas, antes de iniciar un proceso normativo, en especial, mediante audiencias públicas.

27. Conseguir un enfoque equilibrado y global en la elaboración de normas, haciendo hincapié en la concepción y negociación de reglas y normas basadas en los objetivos de desarrollo y en las preocupaciones de los países en desarrollo y los países menos adelantados y de la comunidad internacional, y que aborden exhaustivamente estas cuestiones.

28. Garantizar que las actividades normativas sean totalmente compatibles con otros instrumentos internacionales que reflejan e impulsan los objetivos de desarrollo, en particular los instrumentos internacionales de derechos humanos, y que los apoyen activamente.

29. Incluir los siguientes tipos de disposiciones, entre otros, en los tratados y las normas: a) objetivos y principios; b) salvaguardia de la aplicación nacional de las normas de propiedad intelectual; c) lucha contra las prácticas contrarias a la libre competencia y el abuso de los derechos de monopolio; d) promoción de la transferencia de tecnología; e) plazos de cumplimiento más largos; f) flexibilidad y “espacio normativo” para llevar a cabo las políticas públicas; g) excepciones y limitaciones.

30. Incluir en todos los tratados y normas disposiciones operativas y de fondo relativas al trato especial y diferenciado para los países en desarrollo y los países menos adelantados.

31. Velar por que las actividades normativas proporcionen a los países en desarrollo un espacio normativo acorde con sus necesidades y exigencias nacionales en materia de desarrollo.

32. Garantizar que las actividades normativas contribuyan a definir y mantener un sólido dominio público en todos los Estados miembros de la OMPI.

33. Examinar sistemas no relacionados con la propiedad intelectual y/o sistemas no exclusivos para promover la creatividad, la innovación y la transferencia de tecnología (por ejemplo, modelos de creación de programas informáticos gratuitos y creative commons).

34. Velar por que se determinen nuevos ámbitos y esferas para el establecimiento de normas sobre la base de principios y directrices claramente definidos y partiendo de una evaluación de la incidencia que puedan tener en el desarrollo.

35. Elaborar un tratado sobre el acceso a los conocimientos y la tecnología.

36. Crear un marco internacional para abordar las cuestiones legislativas fundamentales relacionadas con las prácticas anticompetitivas de concesión de licencias, principalmente las que afectan adversamente a la transferencia y difusión de tecnología y restringen el comercio.

37. Salvaguardar y promover en todas las negociaciones los principios orientados hacia el desarrollo y la flexibilidad contemplados en los acuerdos vigentes, como el Acuerdo sobre los ADPIC.

38. Promover modelos basados en proyectos de colaboración abierta con vistas al desarrollo de bienes públicos, como el Proyecto del Genoma Humano y los programas informáticos de código abierto.

39. Establecer los objetivos y cuestiones que han de abordarse en cada tratado o norma propuestos sobre la base de las opiniones de todas las partes interesadas y haciendo particular hincapié en la participación de los grupos de interés público.


Categoría C – Transferencia de tecnología, tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y acceso a los conocimientos

40. Elaborar criterios y métodos que permitan elegir las tecnologías esenciales, y controlar y facilitar la transferencia y la difusión de dichas tecnologías a un costo accesible y asequible en los países en desarrollo y los países menos adelantados.

41. Contribuir eficazmente al fomento de la autonomía de las naciones, en particular mediante normas más flexibles sobre patentes en el ámbito de la tecnología, que faciliten el acceso a la información patentada de otros países sobre tecnología y recursos técnicos.

42. Crear un nuevo órgano que formule, coordine y evalúe todas las políticas y estrategias de transferencia de tecnología.

43. Elaborar y mantener, en colaboración con otras organizaciones intergubernamentales, una lista de las principales tecnologías, los conocimientos especializados, los procedimientos y métodos que son necesarios para satisfacer las necesidades básicas de desarrollo de los países africanos, con objeto de proteger el medio ambiente, la vida y la salud del ser humano, los animales y las plantas, promover la educación y mejorar la seguridad alimentaria.

44. Colaborar en toda iniciativa destinada a facilitar la aplicación de las disposiciones de los acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente que afecten a la tecnología para garantizar que los países de los que proceden los recursos biológicos, tradicionales o medioambientales participen en el proceso de investigación y desarrollo.

45. Adoptar en el ámbito de la transferencia de tecnología principios y directrices orientados hacia el desarrollo.

46. Adoptar medidas específicas que garanticen la transferencia de tecnología a los países en desarrollo.

47. Incorporar en los tratados y las normas de propiedad intelectual disposiciones pertinentes que aborden el comportamiento anticompetitivo o el abuso de los derechos de monopolio por parte de los titulares de derechos.

48. Idear un mecanismo por el cual los países afectados por prácticas contrarias a la libre competencia pidan a las autoridades de los países desarrollados que adopten medidas de observancia contra las empresas que tienen su sede o están ubicadas en sus jurisdicciones.

49. Establecer una tasa especial en relación con las solicitudes que se presenten por conducto del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), cuyo importe se asignaría a la promoción de actividades de investigación y desarrollo en los países en desarrollo y los países menos adelantados.
50. Crear en la OMPI un comité permanente sobre P.I. y transferencia de tecnología y un programa dedicado a esas cuestiones, como las políticas conexas de competencia.

51. Aprobar compromisos como los expuestos en el Artículo 66.2 del Acuerdo sobre los ADPIC y ampliarlos para que beneficien a todos los países en desarrollo.

52. Establecer un canal intermediario que reduzca el problema de la información asimétrica en las transacciones privadas entre compradores y vendedores de tecnología, a partir de programas de adquisición de tecnología emprendidos por los gobiernos nacionales y subnacionales en el pasado que hayan resultado eficaces.

53. Negociar un acuerdo multilateral según el cual los signatarios pondrían en el dominio público, o buscarían otra forma de compartir a un costo reducido, los resultados de la investigación ampliamente financiada con fondos públicos. El objetivo consistiría en crear un mecanismo destinado a aumentar el flujo internacional de información técnica, en especial hacia los países en desarrollo, mediante la ampliación del dominio público en cuanto a información científica y tecnológica, salvaguardando, en particular, el carácter público de la información que se ha desarrollado y financiado con fondos públicos sin restringir indebidamente los derechos privados sobre las tecnologías comerciales.


Categoría D – Evaluaciones, apreciaciones y estudios de las repercusiones

54. Establecer una evaluación independiente de la incidencia que, con respecto al desarrollo, tienen en los países en desarrollo y en los PMA la asistencia técnica, la transferencia de tecnología y el establecimiento de normas.

55. Estudios nacionales comparativos sobre el crecimiento económico: proporcionar asistencia a través de la Secretaría de la OMPI a los Estados miembros que soliciten ayuda para realizar estudios económicos nacionales comparativos y transmitir los resultados de dichos estudios a los demás Estados miembros.

56. Calcular la contribución de las industrias nacionales creativas e innovadoras: ampliar la exitosa “Guía de la OMPI para determinar la contribución económica de las industrias relacionadas con el derecho de autor” a fin de incluir a las industrias innovadoras que desarrollan su propiedad industrial.

57. Realizar estudios económicos de ámbito mundial sobre los sectores creativo e innovador: examinar la posibilidad de que la OMPI realice estudios económicos de forma regular para respaldar a los sectores creativo e innovador aportando datos útiles.

58. Recopilar información sobre la falsificación y la piratería en la esfera de los derechos de propiedad intelectual a escala mundial: la Secretaría de la OMPI debería colaborar en la recopilación de información sobre los índices de falsificación y piratería a escala mundial con objeto de difundirla ampliamente.

59. Elaborar un estudio en el que se evalúe cuáles son los niveles de propiedad intelectual apropiados y se definan los vínculos entre la P.I. y el desarrollo. Por ejemplo, un estudio en una cantidad limitada, pero representativa, de países, cuya participación sea voluntaria, sobre esferas específicas de la P.I., como las patentes, las excepciones y limitaciones y la capacidad institucional de administrar el sistema de P.I., incluidos los costos para el gobierno, así como para los particulares (costo en términos de PIB).

60. Establecer, mediante un procedimiento impulsado por los miembros, una oficina de investigación y evaluación independiente que se encargaría, entre otras cosas, de evaluar todos los programas y las actividades de la OMPI, y de llevar a cabo la evaluación de la incidencia en el desarrollo de las actividades normativas y la cooperación técnica.

61. Realizar evaluaciones independientes y basadas en pruebas de la incidencia en el desarrollo de las actividades normativas, que podría llevar a cabo la oficina de investigación y evaluación propuesta.

62. Recopilar datos concretos y llevar a cabo un análisis de costos y beneficios en el que se examinen, entre otras cosas, las alternativas existentes tanto dentro como fuera del sistema de P.I. Estas tareas deben servir de base a actividades normativas que alcancen sus objetivos sin fomentar el monopolio de los conocimientos.

63. Crear un mecanismo, supervisado por los Estados miembros, que garantice la evaluación objetiva constante de la incidencia y los costos reales de los tratados que se han aprobado, en especial para los países en desarrollo.


Categoría E – Cuestiones institucionales, incluidos el mandato y la gobernanza

64. Revitalizar el PCIPD.

65. Oficina de la OMPI de creación de enlaces: establecer en el marco de la Oficina Internacional de la OMPI una oficina de creación de enlaces integrada por personal de la OMPI con objeto de evaluar las solicitudes de asistencia de los Estados miembros que estén relacionadas con los derechos de propiedad intelectual y el desarrollo, y de buscar activamente asociados que financien y ejecuten dichos proyectos.

66. Modificar el Convenio de la OMPI para armonizarlo con el mandato de la OMPI en su calidad de organismo especializado de las Naciones Unidas.

67. Mantener el mandato del Comité Asesor sobre Observancia de la OMPI dentro de los límites de un foro dedicado el intercambio de información sobre experiencias nacionales, excluidas las actividades normativas. El orden del día de los debates de dicho Comité deberá abordar además la mejor forma de asegurar la aplicación de todas las disposiciones relacionadas con el Acuerdo sobre los ADPIC, incluidas las que establecen excepciones y limitaciones a los derechos concedidos.

68. Reforzar el carácter de la OMPI de organización del sistema de las Naciones Unidas impulsada por sus miembros. Esto supone, entre otras cosas, que las reuniones oficiales y oficiosas o las consultas realizadas entre miembros, o las organizadas por la Oficina Internacional a petición de los Estados miembros, deberán celebrarse en Ginebra, de forma transparente y abierta a la participación de todos los Estados miembros interesados.


Categoría F – Otras cuestiones

69. Establecer un grupo de trabajo sobre el programa de la OMPI para el desarrollo a fin de seguir discutiendo los puntos de este programa y del programa de trabajo de la OMPI que no están sujetos a la decisión de la Asamblea General de 2006.

70. Adoptar medidas a fin de asegurar que son los Estados miembros los que determinan la composición y las funciones de la Comisión Asesora en materia de Políticas y de la Comisión Asesora de la Industria.

71. Aprobar una declaración de alto nivel sobre la propiedad intelectual y el desarrollo.