Las condiciones para ser parte en el Programa de Bibliotecas Depositarias de la OMPI son las siguientes:
- La OMPI se compromete a suministrar a [Nombre de la Biblioteca/Entidad] un ejemplar de todas las publicaciones de la OMPI que no sean de uso restringido, incluyendo libros, informes y publicaciones periódicas además de toda publicación en soporte electrónico (CD, DVD, etc.), a las que en adelante se denominarán las “publicaciones de la OMPI” o “sus publicaciones oficiales”, en cuanto sean publicadas y puestas a disposición del público.
- La OMPI se compromete a suministrar sus publicaciones oficiales en forma gratuita, haciéndose cargo de los gastos de franqueo, pero con exclusión de todo impuesto, tasa o gravamen que deba pagarse de conformidad con lo establecido por la legislación o las autoridades de [País].
- Siempre que las circunstancias financieras de la OMPI lo permitan, ésta suministrará a [Nombre de la Biblioteca o entidad], previa petición, ejemplares adicionales de sus publicaciones oficiales.
- [Nombre de la Biblioteca o entidad] garantiza que las publicaciones de la OMPI serán mantenidas y clasificadas por orden temático.
- [Nombre de la Biblioteca o entidad] se compromete a conservar en buenas condiciones todos los libros, informes, series de publicaciones, publicaciones periódicas y el material promocional que reciba de la OMPI. Así mismo, [Nombre de la Biblioteca o entidad] deberá comprometerse a registrar todos los libros, material de referencia y publicaciones periódicas e incluirlos en el catálogo de la biblioteca (de haberlo). Podrán ser consultados por todos los usuarios de la Biblioteca Depositaria en forma gratuita durante su horario de apertura al público.
- Toda nueva publicación que reciba [Nombre de la Biblioteca o entidad] de la OMPI deberá quedar expuesta puntualmente en el mostrador de “Publicaciones recibidas recientemente” (o “Novedades”).
- [Nombre de la Biblioteca o entidad] garantiza que las publicaciones de la OMPI no serán objeto de venta ni arriendo con fines comerciales.
- La presente relación de cooperación cobrará vigencia en la fecha de su aceptación, por un plazo de dos años con posibilidad de renovación automática, a menos que la OMPI o [Nombre de la Biblioteca o entidad] notifique por escrito, un mes antes del fin del plazo, el deseo de terminar dicha relación.