Cabo Verde se adhiere a tres tratados esenciales de la OMPI sobre derecho de autor
4 de abril de 2019En una reunión celebrada el 4 de abril de 2019 con el ministro de Cultura e Industrias Creativas de Cabo Verde, Abraão Vicente, el director general de la OMPI, Francis Gurry, celebró la reciente adhesión del país a tres tratados esenciales sobre derecho de autor: los dos denominados “Tratados Internet" y el Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso.
El 22 de febrero de 2019 se depositaron formalmente ante la OMPI los instrumentos de adhesión de Cabo Verde a los tres tratados, firmados por el presidente Jorge Carlos Fonseca. Los tratados entrarán en vigor para el país el 22 de mayo de 2019. El Sr. Vicente aprovechó su visita a Ginebra para participar en una sesión del Comité Permanente de Derecho de Autor y Derechos Conexos de la OMPI y para reunirse con el Sr. Gurry y conversar sobre cooperación bilateral y la aplicación de los tratados.
La adhesión a estos tratados reforzará los derechos de los creadores en Cabo Verde. Los tratados de la OMPI sobre derecho de autor son los componentes básicos del sistema internacional de derecho de autor. Constituyen un sistema jurídico congruente, completo y complementario gracias al cual se crea, genera y protege el valor de los derechos de autores, artistas intérpretes o ejecutantes, productores de grabaciones sonoras y organismos de radiodifusión. Mediante estos tratados se promueven y dinamizan los diferentes sectores asociados a esas profesiones: literatura, música, cinematografía, prensa, radiodifusión, video juegos, programas informáticos, aplicaciones, bases de datos, etcétera.
Los Tratados Internet
Con su adhesión en febrero, Cabo Verde se convirtió en la Parte Contratante número 100 de los Tratados Internet de la OMPI (el Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WCT) y el Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT), en los que se actualizaron y complementaron los principales tratados vigentes de la OMPI sobre derecho de autor y derechos conexos para responder a los avances en la tecnología y el mercado. Desde entonces, las Islas Cook también se han adherido a estos dos tratados, por lo que el número de Partes Contratantes asciende actualmente a 101.
Los Tratados Internet de la OMPI se adoptaron en 1996 para actualizar y adaptar a la era digital el sistema multilateral de derecho de autor establecido en tratados anteriores, como el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas de 1886 y la Convención de Roma sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión, de 1961.
Al adherirse a esos tratados, Cabo Verde ha dado un paso importante en el apoyo al desarrollo de sus industrias creativas, incluida la explotación de los productos creativos de estas a través de Internet.
La finalidad del WCT es proteger a los autores de obras literarias y artísticas, como escritos o programas informáticos, bases de datos originales, obras musicales, obras audiovisuales, obras de bellas artes y fotografías; mientras que la del WPPT es proteger los derechos conexos de los artistas intérpretes o ejecutantes y de los productores de fonogramas.
Tanto el WCT como el WPPT intentan, entre otras cosas, dar respuesta a los problemas que plantean las tecnologías digitales de hoy en día, en particular la divulgación de material protegido por redes digitales como Internet. De ahí que esos instrumentos internacionales se conozcan también con el nombre de “Tratados Internet”.
Estos tratados de la OMPI proporcionan a los creadores y artistas los instrumentos necesarios para beneficiarse de la explotación de sus creaciones, tanto en su propio país como en otros países que son parte en los tratados. Esto supone una medida importante para apoyar y sostener una economía creativa en un entorno digital.
Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso
Cabo Verde también se ha adherido al Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso. El Tratado de Marrakech cuenta con 55 Partes Contratantes, pero abarca 82 países gracias a la reciente adhesión de la Unión Europea.
El Tratado de Marrakech exige a las Partes Contratantes que adopten disposiciones en las respectivas legislaciones nacionales que permitan reproducir, distribuir y poner a disposición del público obras publicadas en formatos accesibles, como el braille, mediante la aplicación de limitaciones y excepciones de los derechos de los titulares de obras protegidas por derecho de autor.
El tratado prevé asimismo el intercambio transfronterizo de ejemplares en esos formatos accesibles a través de organizaciones que atiendan a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso. Armoniza, además, las limitaciones y excepciones para que estas organizaciones puedan actuar más allá de las fronteras.
Así mismo, el tratado tiene por objeto asegurar a los autores y editores que el sistema no expondrá sus obras publicadas a un uso indebido de las mismas o a su distribución a terceros distintos de los beneficiarios previstos.