Órganos rectores
Estos órganos constituyentes, establecidos por el Convenio de la OMPI, son los órganos decisorios de más alto rango de la OMPI y se reúnen cada año en períodos ordinarios o extraordinarios de sesiones.
Otros comités permanentes
Se trata de comités de expertos ad hoc establecidos mediante una decisión de la Asamblea General con un fin concreto, por ejemplo, para determinar si se necesita un nuevo tratado:
Financiación de participantes
La Oficina Internacional de la OMPI ofrece asistencia financiera a varias delegaciones de Estados miembros que representan a países menos adelantados, países en desarrollo o países en transición para asistir a las sesiones de los comités permanentes. Las delegaciones de los Estados miembros que cumplen los requisitos correspondientes pueden recibir financiación tras la presentación de candidaturas por sus respectivos Grupos.
Elección de los presidentes y los vicepresidentes
Los miembros de las mesas directivas de los comités permanentes (un presidente/una presidenta y dos vicepresidentes) son elegidos por los comités permanentes de conformidad con el Reglamento General de la OMPI y los Reglamentos internos adoptados por los respectivos comités permanentes, según proceda.
Plazos y formato de los documentos de trabajo
Los documentos de trabajo para las sesiones de los comités permanentes se distribuyen de conformidad con el Reglamento General de la OMPI, es decir, al mismo tiempo que la invitación o lo antes posible después de esta, teniendo debidamente en cuenta las modalidades de trabajo del comité en de que se trate.
Reuniones híbridas y virtuales
La información relativa a las reuniones virtuales e híbridas está disponible en la página web de reuniones de la OMPI.
Grupos de trabajo
Los comités permanentes o cualquier órgano de la OMPI pueden decidir igualmente la creación de grupos de trabajo para examinar en detalle cuestiones específicas.
Conferencias diplomáticas
Cuando un comité permanente determina que se ha avanzado lo suficiente como para decidir sobre la adopción de un tratado, la Asamblea General puede decidir la convocación de una conferencia diplomática. Se trata de una reunión de alto nivel de los Estados miembros, convocada exclusivamente con el objeto de concluir negociaciones sobre un nuevo tratado. A continuación figuran las conferencias diplomáticas celebradas más recientemente: