España: Real Decreto-ley Nº 2/2018, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo Nº 1/1996, de 12 de abril de 1996 [...]
15 de abril de 2018
España: El Real Decreto-ley Nº 2/2018, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo Nº 1/1996, de 12 de abril de 1996, y por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014, y la Directiva (UE) 2017/1564 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017 fue publicado en la Gaceta Oficial el 14 de abril de 2018 y entró en vigor el 15 de abril de 2018.
Con el Real-Decreto-ley se enmienda el Texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las Disposiciones Legales Vigentes sobre la Materia a fin de transponer en la normativa nacional de derecho de autor la Directiva en cuestión 2014/26/UE y la Directiva (UE) 2017/1564 sobre la gestión colectiva del derecho de autor y los usos permitidos de determinadas obras en favor de personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a textos impresos.
Se trata, entre otras, de las siguientes modificaciones: i) introducción de nuevas limitaciones en materia de derecho de autor en favor de las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a textos impresos; ii) establecimiento de requisitos relativos a la organización y las funciones de los organismos de gestión colectiva (OGC) y las obligaciones de sus miembros; iii) introducción de requisitos para los OGC respecto de la concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su utilización en línea; iv) autorización de entidades de gestión independiente, incluidas las empresas privadas y las entidades no lucrativas, para realizar las mismas actividades que los OGC; y v) establecimiento de un régimen de sanciones para los OGC y las entidades de gestión independiente.