Unión Europea: Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital y por la que se modifican las Directivas 96/9/CE y 2001/29/CE
7 de junio de 2019
Unión Europea: La Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital y por la que se modifican las Directivas 96/9/CE y 2001/29/CE se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el 17 de mayo de 2019 y entró en vigor el 7 de junio de 2019.
La Directiva prevé, entre otras cosas:
(1) medidas destinadas a adaptar las excepciones y limitaciones al entorno digital y transfronterizo, que incluyen excepciones para i) la extracción de textos y datos, ii) la utilización de obras en actividades de enseñanza digitales y transfronterizas, incluido el contexto de las necesidades específicas de accesibilidad de las personas con discapacidad, y iii) la preservación del patrimonio cultural;
(2) medidas destinadas a mejorar las prácticas de concesión de licencias y ampliar el acceso a los contenidos, consistentes en normas armonizadas que faciliten i) la explotación de las obras que no son objeto de comercio, ii) la ampliación de los acuerdos de concesión de licencias colectivas por parte de los organismos de gestión colectiva a los titulares de derechos que no hayan autorizado ni excluido sus obras en ese mecanismo, iii) la negociación de acuerdos para el suministro de obras en plataformas de vídeo a la carta y iv) la entrada en el dominio público de la reproducción de obras de arte visual al expirar el plazo original de protección; y
(3) medidas destinadas a garantizar el correcto funcionamiento del mercado de derechos de autor, en relación con la responsabilidad por el uso de las publicaciones de prensa y de los contenidos protegidos por los proveedores de servicios de intercambio de contenidos en línea, así como el establecimiento de un mecanismo de ajuste de los contratos que permita remunerar a los autores y los artistas intérpretes o ejecutantes.
La Directiva tiene por objeto modernizar la legislación de la Unión Europea en materia de derechos de autor teniendo en cuenta el creciente uso digital y transfronterizo de los contenidos protegidos.
Los Estados miembros disponen ahora de dos años, es decir, hasta el 7 de junio de 2021, para incorporar esta Directiva a su legislación nacional.