Argentina: Resolución N° 123/2019, de 23 de mayo de 2019 que aprueba la normativa complementaria al Decreto Reglamentario N° 242 de fecha 1 de abril de 2019
3 de julio de 2019
Argentina: La Resolución N° 123/2019, de 23 de mayo de 2019 que aprueba la normativa complementaria al Decreto Reglamentario N° 242 de fecha 1 de abril de 2019 fue dictada por el Instituto Nacional de Propiedad Intelectual (INPI) y se publicó en la Gaceta Oficial el 27 de mayo de 2019; entró en vigor el 3 de junio de 2019.
Esta Resolución establece disposiciones complementarias al Decreto N° 242/2019, de 1 de abril de 2019, que reglamenta la Ley N° 22.362 de 26 de diciembre de 1980 (la "Ley de Marcas"). En ella se prevé, entre otras cosas, lo siguiente:
(i) la obligación de presentar una única solicitud de registro de marca para cada clase de productos o servicios en virtud del Arreglo de Niza, por lo que la Oficina de Marcas rechazará las solicitudes en las que se incluya más de una clase;
(ii) la presentación de una declaración jurada de uso de la marca entre el quinto y sexto año de registro, contados a partir de la fecha de registro para todos los registros de marcas concedidos a partir del 12 de enero de 2013, de conformidad con el Decreto N° 242/2019 (obligación de presentar una declaración de uso con efecto desde el 12 de enero de 2018);
(iii) concesión de una prórroga para presentar la declaración de uso a medio plazo hasta el 12 de enero de 2020; y
(iv) concesión de un plazo de seis meses (plazo de gracia) para presentar una solicitud de renovación, con sujeción al pago de una tasa después de la expiración del registro a partir del 3 de junio de 2019.