Myanmar: Orden N° 63/2020 de 28 de agosto de 2020 del Ministerio de Comercio
1 de octubre de 2020
Myanmar: Se promulgó la Orden N° 63/2020 de 28 de agosto de 2020 del Ministerio de Comercio, en virtud del apartado a) del artículo 93 de la nueva Ley de Marcas (Ley N° 3/2019 de 30 de enero de 2019).
Esta Orden tiene por objeto facilitar la transición de un sistema de "primera utilización" a un sistema de "primera presentación" en el registro de marcas en Myanmar, de conformidad con lo dispuesto en la nueva Ley de Marcas. Como parte de esta transición, la Ley de Marcas exige a los actuales propietarios de marcas que vuelvan a registrarlas en el nuevo sistema, a fin de disfrutar de los derechos que confiere una marca registrada.
La Orden prevé, entre otras, las siguientes disposiciones:
i) la posibilidad de que los actuales propietarios de una marca registrada en la Oficina de Registro de Escrituras y Documentos o los propietarios de una marca que no esté registrada pero que se utilice realmente (en adelante, "propietarios de marcas existentes") presenten una solicitud de registro para disfrutar de los derechos que confieren las marcas registradas ("derechos de prioridad"), de conformidad con el apartado b) del artículo 93 de la Ley de Marcas. Únicamente los titulares de marcas existentes podrán acogerse a este derecho de prioridad, y para obtener derechos prioritarios sobre la marca, deberán presentar la solicitud de registro a la Oficina de Registro a través de su servicio en línea a partir del 1 de octubre de 2020;
ii) la exigencia de que la solicitud de reinscripción se presente inicialmente a través de bufetes de abogados y empresas de prestación de servicios. Solo posteriormente se permitirá la solicitud directa por los propios titulares de la marca;
iii) la introducción de una lista de pruebas documentales para demostrar que el solicitante es el propietario de una marca existente; y
iv) la exigencia de que las tasas oficiales de presentación de solicitudes y las formas de pago se anuncien antes de la entrada en vigor de la Ley de Marcas.
La Orden estipula que la ventanilla de presentación debe estar operativa el 1 de octubre de 2020, pero no indica cuánto tiempo permanecerá abierta.