Desde 1978, el PCT ofrece a los inventores y a los industriales una vía ventajosa para la obtención de protección por patente a nivel internacional. En efecto, presentando una sola solicitud "internacional" en virtud del PCT, es posible obtener simultáneamente la protección de una invención en un gran número de países.
Acontecimientos durante 1997. La Oficina Internacional de la OMPI recibió 54.422 solicitudes internacionales del mundo entero[1], es decir, 7.131 (15,1%) más que en 1996. En julio de 1997, la Oficina Internacional recibió 5.580 solicitudes internacionales el mayor número de solicitudes internacionales recibidas en un mes desde el inicio de las operaciones del PCT. Las 54.422 solicitudes internacionales recibidas en 1997 tuvieron el efecto de 1.791.471 solicitudes nacionales y de 130.217 solicitudes regionales, las cuales a su vez tuvieron el efecto de 1.671.676 solicitudes de protección por patente en los Estados miembros de los sistemas de patente regional, es decir, un efecto total equivalente a 3.463.147 solicitudes nacionales.
Durante 1997, el PCT entró en vigor respecto de siete nuevos Estados contratantes (en las fechas indicadas entre paréntesis):
Yugoslavia (1 de febrero de 1997);
Ghana (26 de febrero de 1997);
Zimbabwe (11 de junio de 1997);
Sierra Leona (17 de junio de 1997);
Indonesia (5 de septiembre de 1997);
Gambia (9 de diciembre 1997);
Guinea-Bissau (12 de diciembre de 1997).
Al 31 de diciembre de 1997, los 94 Estados partes en el PCT eran los siguientes:
Albania Estados Unidos de Lesotho República Popular Alemania América Letonia Democrática de Armenia Estonia Liberia Corea Australia Ex República Liechtenstein Rumania Austria Yugoslava de Lituania Santa Lucía Azerbaiyán Macedonia Luxemburgo Senegal Barbados Federación de Madagascar Sierra Leona Belarús Rusia Malawi Singapur Bélgica Finlandia Malí Sri Lanka Benin Francia Mauritania Sudán Bosnia y Gabón México Suecia Herzegovina Gambia Mónaco Suiza Brasil Georgia Mongolia Swazilandia Bulgaria Ghana Níger Tayikistán Burkina Faso Grecia Noruega Togo Camerún Guinea Nueva Zelandia Trinidad y Tabago Canadá Guinea-Bissau Países Bajos Turkmenistán Chad Hungría Polonia Turquía China Indonesia Portugal Ucrania Congo Irlanda Reino Unido Uganda Côte d'Ivoire Islandia República Uzbekistán Cuba Israel Centroafricana Viet Nam Dinamarca Italia República Checa Yugoslavia Eslovaquia Japón República de Corea Zimbabwe Eslovenia Kazajstán República de España Kenya Moldova Kirguistán
En junio de 1997, el Gobierno del Reino Unido informó a la OMPI que a partir del 1 de julio de 1997, "cesaría de ser responsable de los derechos y obligaciones internacionales que se desprenden de la aplicación del [PCT] a Hong Kong" y el Gobierno de la República Popular de China informó a la OMPI que a partir del 1 de julio de 1997 "asumiría la responsabilidad de los derechos y obligaciones internacionales que se desprenden de la aplicación del Tratado a la Región Administrativa Especial de Hong Kong". En los casos en que China sea designada en una solicitud internacional a los fines de una patente o de un modelo de utilidad, tal solicitud podrá, con sujeción a ciertas condiciones, también buscar la protección de una patente normal o de una patente a plazo breve, respectivamente, del Registro de Patentes del Departamento de Propiedad Intelectual de la Región Administrativa Especial de Hong Kong.
El 6 de septiembre de 1997, España quedó obligada por el Capítulo II del PCT (examen preliminar internacional), a raíz del retiro de su declaración en virtud del Artículo 64.1)a) del PCT. En consecuencia, los nacionales y residentes de España ahora están habilitados a presentar solicitudes de examen preliminar internacional de sus solicitudes internacionales y es posible elegir a España a los fines de una solicitud nacional y/o una solicitud europea. Como resultado del retiro de la reserva de España, todos los Estados contratantes del PCT están obligados por el Capítulo II.
[1] Cifras calculadas a partir del número de copias de solicitudes internacionales enviadas, en virtud del Artículo 12 del PCT, a la Oficina Internacional por las Oficinas receptoras del PCT (incluida la propia Oficina Internacional en tanto que Oficina receptora).