a) Las unidades de pesos y medidas se expresarán según el sistema métrico o también según ese sistema si inicialmente se hubieran expresado en un sistema diferente.
b) Las temperaturas se expresarán en grados Celsius o también en grados Celsius si inicialmente se hubieran expresado en forma diferente.
d) Para las indicaciones de calor, energía, luz, sonido y magnetismo, así como para las fórmulas matemáticas y las unidades eléctricas, se observarán las normas de la práctica internacional; para las fórmulas químicas, deberán emplearse los símbolos, pesos atómicos y fórmulas moleculares de uso general.
e) En general, solo deberán utilizarse los términos, signos y símbolos técnicos que se acepten generalmente en la respectiva técnica.
f) Cuando la solicitud internacional o su traducción haya sido redactada en chino, inglés o japonés, los decimales deberán indicarse por un punto; cuando la solicitud internacional o su traducción haya sido redactada en un idioma que no sea chino, inglés o japonés, los decimales deberán indicarse por una coma.
La terminología y los signos de la solicitud internacional deberán ser consistentes.