62bis.1 Traducción y observaciones
a) A petición de la Administración encargada del examen preliminar internacional, la opinión escrita preparada en virtud de la Regla 43bis.1, cuando no esté redactada en inglés o en un idioma aceptado por dicha Administración, deberá traducirse al inglés por la Oficina Internacional o bajo su responsabilidad.
b) La Oficina Internacional transmitirá una copia de la traducción a la Administración encargada del examen preliminar internacional al mismo tiempo que al solicitante, en el plazo de dos meses desde la fecha de recepción de la solicitud de traducción.
c) El solicitante podrá presentar observaciones escritas sobre la exactitud de la traducción; en este caso, deberá enviar copia de esas observaciones a la Administración encargada del examen preliminar internacional y a la Oficina Internacional.