Trinidad y Tabago se adhiere a tres tratados de la OMPI
4 de octubre de 2019Trinidad y Tabago se ha adherido al Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, al Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas, y al Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso.
El director general de la OMPI, Sr. Francis Gurry, recibió los instrumentos de adhesión a los tres tratados de la embajadora Makeda Antoine-Cambridge, representante permanente de Trinidad y Tabago ante la Oficina de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales con sede en Ginebra.
Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales
Trinidad y Tabago se ha convertido en la 28.ª Parte Contratante del Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, que entrará en vigor después de que se adhieran a él 30 Partes Contratantes. El Tratado de Beijing fue adoptado en junio de 2012. El Tratado contempla los derechos de PI de los artistas intérpretes o ejecutantes sobre las interpretaciones o ejecuciones audiovisuales. El tratado confiere a los artistas intérpretes o ejecutantes cuatro tipos de derechos patrimoniales sobre sus interpretaciones o ejecuciones en fijaciones audiovisuales, como por ejemplo películas. Se trata del derecho de reproducción, el derecho de distribución, el derecho de alquiler y el derecho de poner a disposición.
Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas
Trinidad y Tabago se ha convertido en la Parte Contratante N.º50 del Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas. El objetivo del Tratado de Singapur es crear un marco internacional moderno y dinámico para la armonización de los trámites administrativos de registro de marcas. Sobre la base del Tratado sobre el Derecho de Marcas de 1994, el nuevo Tratado de Singapur posee un alcance más amplio y tiene en cuenta la evolución más reciente en el ámbito de las tecnologías de la comunicación. El Tratado de Singapur se aplica a todos los tipos de marcas que puedan registrarse conforme a la legislación de una Parte Contratante determinada. Las Partes Contratantes tienen libertad para elegir la forma de comunicarse con sus respectivas oficinas (incluidas las comunicaciones en forma electrónica o que se transmiten por medios electrónicos).
Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso
Trinidad y Tabago se ha convertido en la 61.ª Parte Contratante del Tratado de Marrakech, que engloba 88 países por cuanto la Unión Europea se ha adherido como una única entidad. El tratado fue adoptado el 27 de junio de 2013 en Marrakech y forma parte del cuerpo de tratados internacionales de derecho de autor que administra la OMPI. Posee una clara dimensión de desarrollo humanitaria y social, y su principal objetivo es crear un conjunto de limitaciones y excepciones obligatorias en beneficio de las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso.