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Adhesión de Chile al Tratado de Cooperación en materia de Patentes de la OMPI

Ginebra, 12 de marzo de 2009
UPD/2009/308

El 2 de marzo de 2009, y tras depositar en la OMPI su instrumento de adhesión, Chile pasó a ser el 140 Estado contratante del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), que entrará en vigor para ese país el 2 de junio de 2009.

La adhesión de Chile significa que, a partir del 2 de junio de 2009, Chile (código de país: CL) será designado automáticamente en toda solicitud internacional presentada a partir del 2 de junio de 2009 y, habida cuenta de que Chile quedará vinculado por el Capítulo II del PCT, este Estado será elegido automáticamente en toda solicitud de examen preliminar internacional que se haga en relación a cualquier solicitud internacional presentada a partir de ese momento. Además, desde esa fecha, los nacionales de Chile y los residentes en ese país tendrán derecho a presentar solicitudes en virtud del PCT.

Con la adhesión de Chile, los 140 Estados contratantes del PCT son los siguientes:

Albania
Alemania
Angola
Antigua y
Barbuda
Argelia
Armenia
Australia
Austria
Azerbaiyán
Bahrein
Barbados
Belarús
Bélgica
Belice
Benin
Bosnia y Herzegovina
Botswana
Brasil
Bulgaria
Burkina Faso
Camerún
Canadá
Chad
Chile (a partir del 2 de junio de 2009)
China
Chipre
Colombia
Comoras
Congo
Costa Rica
Côte d’Ivoire
Croacia
Cuba
Dinamarca
Dominica
Ecuador
Egipto
El Salvador
Emiratos Árabes Unidos
Eslovaquia
Eslovenia
España
Estados Unidos de América
Estonia
ex República Yugoslava de Macedonia
Federación de Rusia
Filipinas
Finlandia
Francia
Gabón
Gambia
Georgia
Ghana
Granada
Grecia
Guatemala
Guinea
Guinea-Bissau
Guinea Ecuatorial
Honduras
Hungría
India
Indonesia
Irlanda
Islandia
Israel
Italia
Jamahiriya Árabe
Libia
Japón
Kazajstán
Kenya
Kirguistán
Lesotho
Letonia
Liberia
Liechtenstein
Lituania
Luxemburgo
Madagascar
Malasia
Malawi
Malí
Malta
Marruecos
Mauritania
México
Mónaco
Mongolia
Montenegro
Mozambique
Namibia
Nicaragua
Níger
Nigeria
Noruega
Nueva Zelandia
Omán
Países Bajos
Papua Nueva
Guinea
Polonia
Portugal
Reino Unido
República Árabe Siria
República Centroafricana
República Checa
República de Corea
República Democrática Popular Lao
República Dominicana
República Popular Democrática de
Corea
República de Moldova
República Unida de Tanzanía
Rumania
Saint Kitts y Nevis
San Marino
Santo Tomé y Príncipe
San Vicente y las Granadinas
Santa Lucía
Senegal
Serbia
Seychelles
Sierra Leona
Singapur
Sri Lanka
Sudáfrica
Sudán
Suecia
Suiza
Swazilandia
Tayikistán
Togo
Trinidad y Tabago
Túnez
Turkmenistán
Turquía
Ucrania
Uganda
Uzbekistán
Viet Nam
Zambia
Zimbabwe

 

Ventajas del sistema del PCT

El sistema del PCT ofrece una serie de ventajas a los solicitantes de patentes, las oficinas nacionales de patentes y el público en general.

Ventajas para los solicitantes de patentes

Entre las principales ventajas que ofrece el sistema del PCT a los solicitantes de patentes, se cuentan las siguientes:

El sistema del PCT constituye una opción más sencilla, económica y eficaz para los solicitantes que desean obtener protección por patente en muchos países. Al presentar una solicitud “internacional” de patente en el marco del PCT ante una sola oficina de patentes (la “Oficina receptora”) y en un solo idioma, el solicitante puede obtener protección por patente para su invención en un gran número de países simultáneamente. Ello se debe a que el efecto de esa solicitud internacional en cada “Estado designado” es el mismo que si una solicitud de patente hubiese sido presentada ante la oficina nacional de patentes de dicho país. Sin el PCT, el solicitante tendría que presentar una solicitud nacional de patente ante la oficina de cada país en el que deseara obtener protección

Gracias al PCT, los solicitantes se benefician de al menos 18 meses más (en relación con la mayoría de las oficinas designadas) que si hubieran presentado su solicitud directamente ante una de las oficinas nacionales de patentes, lo que les da tiempo para decidir si desean entablar la tramitación de la patente, y en qué países. Eso pospone, en el mismo número de meses, los costos relacionados con la traducción de la solicitud, el pago de las tasas nacionales y el nombramiento de agentes locales de patentes. Si las solicitudes de patentes se presentan directamente ante las oficinas nacionales, no es posible beneficiarse de estas ventajas.

En virtud del PCT, los solicitantes pueden obtener un informe de búsqueda internacional y un dictamen escrito de la Administración encargada de la búsqueda internacional sobre la patentabilidad potencial de la invención y, si lo desean, un informe de búsqueda suplementaria y/o un informe de examen preliminar internacional. La información contenida en esos documentos permite que los solicitantes evalúen la utilidad de proseguir la tramitación de su solicitud antes de que se les exija el pago de todos los costos. Los solicitantes se benefician también de requisitos formales uniformes y de la publicación internacional centralizada que proporciona el sistema del PCT.

Los solicitantes que sean nacionales y residentes de Chile (y otros países que reúnan ciertas condiciones) tendrán derecho a una reducción del 90% en determinadas tasas con respecto a las solicitudes internacionales presentadas en el marco del PCT. Para más información consulte la siguiente página: https://www.wipo.int/pct/en/fees/fee_reduction.pdf.

Ventajas para las oficinas nacionales de patentes y para las economías nacionales

Los miembros del PCT gozan de un mejor acceso a los sistemas nacionales de patentes de muchos países. Puesto que el sistema constituye una opción más sencilla y económica para los solicitantes que desean obtener protección por patente en muchos países, el hecho de ser miembro del PCT se suele traducir en un aumento del número de solicitudes de patente, con el consiguiente aumento de ingresos para la oficina nacional de patentes. Otra consecuencia puede ser una reducción de los costos de publicación para las oficinas nacionales que den por válida la publicación internacional de solicitudes PCT a efectos de la legislación nacional.

El PCT simplifica el trabajo administrativo necesario para tramitar las solicitudes internacionales de patente y, de este modo, simplifica la labor de las oficinas nacionales, supone una mejora de la eficacia y una fuente de ahorros. Cuando una solicitud de patente presentada en el marco del PCT llega a la oficina nacional de patentes para que se adopte la decisión final de conceder o no la patente, ya ha sido examinada en cuanto a los requisitos de forma por la Oficina receptora, ha pasado por la Administración encargada de la búsqueda internacional y, en algunos casos, ha sido examinada por una Administración encargada del examen preliminar internacional. En consecuencia, los procedimientos nacionales de búsqueda y examen relacionados con la tramitación de las solicitudes de patente se pueden reducir de forma considerable o incluso eliminarse, y la oficina nacional tiene la posibilidad de tramitar un número mayor de solicitudes de patente con los recursos disponibles.

Ventajas para el público en general

La ventaja principal que representa el PCT para el público reside en el hecho de que el sistema facilita y agiliza el acceso a información tecnológica actualizada relativa a las invenciones. Ello se debe a la publicación internacional de las solicitudes PCT (incluido el contenido de los informes de búsqueda internacional) y al suministro gratuito a la oficina nacional del Estado contratante de ejemplares de todas las solicitudes internacionales publicadas, la cual podrá proceder a divulgar esa información. El material publicado constituye una valiosa fuente de información sobre los últimos adelantos tecnológicos. Esa información ofrece a los solicitantes la posibilidad de evaluar detenidamente la patentabilidad de la invención reivindicada. El acceso a esta información también puede ser útil para estimular la actividad inventiva a nivel nacional lo que, a su vez, puede traducirse en un aumento de las inversiones y de la transferencia de tecnología.

Eso también induce una mayor confianza por parte del público puesto que muchas de las solicitudes PCT han sido objeto de una búsqueda internacional y de un examen preliminar internacional, por lo que toda patente concedida como resultado de esas solicitudes internacionales representará una base sólida para la realización de inversiones y la transferencia de tecnología.

Para más información sobre el PCT, visite la página: Recursos PCT en el sitio Web de la OMPI (https://www.wipo.int/pct/es/index.html); también puede ponerse en contacto con el Servicio de Información sobre el PCT (teléfono: (41-22) 338 83 38; fax: (41-22) 338 83 39; correo-e: pct.infoline@wipo.int).

Para más información, diríjase a la División de Noticias y Medios de Comunicación de la OMPI:
  • Tel: (+41 22) 338 81 61 / 338 72 24
  • Correo-e