Los Estados miembros simplifican el sistema de registro internacional de diseños industriales
Ginebra,
25 de septiembre de 2009
PR/2009/610
El 24 de septiembre, los Estados miembros procedieron a simplificar el sistema de registro internacional de diseños industriales mediante la suspensión de la más antigua de las tres Actas que rigen el Arreglo de La Haya relativo al depósito internacional de dibujos y modelos industriales. Con esta decisión se agiliza la administración de ese instrumento, que ofrece la posibilidad de proteger los diseños industriales en varios países mediante la presentación de una única solicitud (en un solo idioma, con un único conjunto de tasas y en una única divisa: francos suizos). El Sistema de la Haya también simplifica la gestión posterior de los derechos sobre los diseños industriales.
La decisión se adoptó en una reunión extraordinaria de los países contratantes del Acta de 1934 (Londres) del Arreglo de La Haya, en paralelo a la serie de reuniones de las Asambleas de la OMPI, que se celebran del 22 de septiembre al 1 de octubre.
El Arreglo de la Haya relativo al depósito internacional de dibujos y modelos industriales, de noviembre de 1925, consta de tres Actas distintas, a saber, el Acta de Londres de 1934, el Acta de La Haya de 1960 y el acta de Ginebra de 1999. En una reunión celebrada esta semana, los 15 signatarios del Acta de Londres de 1934, considerada obsoleta, decidieron dejar esa Acta en suspenso a partir del 1 de enero de 2010.
Con esta decisión se reduce la complejidad del sistema, centrando la atención en el Acta de Ginebra, que perfeccionó el sistema existente haciéndolo más compatible con los sistemas de registro de los países en los que la protección de los diseños industriales está supeditada a un examen para determinar si se acepta la solicitud. El Acta de Ginebra también introdujo modificaciones en el sistema de tasas, incluyó la posibilidad de aplazar la publicación de un diseño hasta 30 meses y de presentar en la solicitud muestras de los diseños, en lugar de fotografías o reproducciones gráficas de otra índole. Estas últimas características revisten especial interés para las industrias textil y de la moda.
Como consecuencia de esta decisión, a partir del 1 del enero de 2010, no podrán inscribirse en el Registro Internacional de Diseños Industriales nuevos diseños en virtud del Acta de 1934; sin embargo, no se verán afectadas las designaciones efectuadas con arreglo a esa Acta antes de dicha fecha. Se acordó por unanimidad que el próximo paso será abrogar el Acta de 1934.
La Asamblea de la Unión de La Haya, que se reunirá a comienzos del año próximo, examinará y modificará el Reglamento Común relativo al Arreglo de La Haya para dejar reflejada en él esta decisión.
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