Los negociadores acudirán a la Conferencia diplomática sobre el Sistema de Lisboa
Ginebra,
4 de mayo de 2015
PR/2015/777
Los negociadores se reunirán la semana próxima para considerar un ajuste del sistema internacional de registro que ofrece protección internacional a las denominaciones que permiten identificar el origen geográfico de productos como el café, el té, las frutas, el vino y los productos de alfarería, vidrio y textil.
La Conferencia diplomática para la adopción de una nueva Acta del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional se celebrará en la sede de la OMPI, en Ginebra (Suiza), del 11 al 21 de mayo de 2015.
El texto que servirá de base para la negociación en la Conferencia diplomática fue elaborado por el Grupo de Trabajo sobre el Desarrollo del Sistema de Lisboa entre 2008 y 2014, con miras a atraer a nuevos miembros al Sistema, preservando a la vez sus principios y objetivos.
El proyecto de texto tiene por objeto perfeccionar el marco jurídico del Sistema de Lisboa y ampliar su alcance para incluir las indicaciones geográficas, además de las denominaciones de origen, que contribuyen a promover numerosos productos comercializados en el mundo entero como el whisky escocés, el té de Darjeeling y el café de Colombia. En el texto se prevé también ofrecer a determinadas organizaciones intergubernamentales la posibilidad de adherirse al Sistema.
Entre las cuestiones que se consideran aún pendientes de resolución están las disposiciones relativas a las tasas, el alcance de la protección, la protección contra la adquisición de carácter genérico, las salvaguardias respecto de derechos de marca anteriores y los plazos para la supresión gradual de la utilización anterior (en su caso), siempre que esa utilización anterior no se haya planteado como fundamento para la denegación.
Antecedentes
De manera general, por indicación geográfica se entiende un signo utilizado respecto de productos que tienen un origen geográfico concreto y cuyas cualidades y reputación o características se deben esencialmente a dicho lugar de origen. Las denominaciones de origen son signos similares, pero a menudo se aplican unos criterios más estrictos para su uso.
Tanto las denominaciones de origen como las indicaciones geográficas requieren la existencia de un vínculo cualitativo entre el producto al que se refieren y su lugar de origen. Las dos informan a los consumidores sobre el origen geográfico de un producto y una cualidad, característica o reputación (en el caso de las indicaciones geográficas) del producto, vinculada a su lugar de origen. La diferencia fundamental entre las dos expresiones es que el vínculo con el lugar de origen es más estrecho en el caso de la denominación de origen.
La calidad o las características de un producto protegido como denominación de origen deben ser exclusiva o esencialmente consecuencia de su origen geográfico. En general, esto significa que las materias primas deben proceder del lugar de origen y que el producto debe ser procesado en dicho lugar.
En el caso de las indicaciones geográficas, basta con que se cumpla un único criterio atribuible a su origen geográfico para que se consideren como tales, que podría ser también la reputación de que goza el producto. Además, la producción de las materias primas y la elaboración o transformación de un producto que lleva la indicación geográfica no tienen que llevarse a cabo necesariamente en su totalidad en la zona geográfica definida.
Otros ejemplos de denominaciones de origen y de indicaciones geográficas son el Gouda holandés, el aceite de Argán, los relojes suizos y el Tequila.
¿Qué es una Conferencia diplomática?
Por lo general, la celebración o revisión de los tratados se ha llevado a cabo en el marco de una conferencia diplomática de plenipotenciarios específicamente reunidos con tal propósito. Se siguen celebrando conferencias diplomáticas de vez en cuando con el fin de negociar, adoptar o revisar tratados multilaterales de especial importancia para la comunidad internacional.
Toda conferencia diplomática consta de un pleno y de varias comisiones y comités. Una vez finalizada la labor de las comisiones y comités, el tratado se remite al pleno de la Conferencia para su adopción y, seguidamente, queda abierto a la firma. El país que firma el tratado al culminar una conferencia diplomática no necesariamente se compromete a aplicar sus disposiciones. Sin embargo, es una clara indicación de que tiene la intención de adherirse al tratado. El acta final, que deja constancia de la celebración de la conferencia, también queda abierta a la firma después de la adopción.
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