Propiedad intelectual Formación en PI Divulgación de la PI La PI para... La PI y… La PI en… Información sobre patentes y tecnología Información sobre marcas Información sobre diseños industriales Información sobre las indicaciones geográficas Información sobre las variedades vegetales (UPOV) Leyes, tratados y sentencias de PI Recursos de PI Informes sobre PI Protección por patente Protección de las marcas Protección de diseños industriales Protección de las indicaciones geográficas Protección de las variedades vegetales (UPOV) Solución de controversias en materia de PI Soluciones operativas para las oficinas de PI Pagar por servicios de PI Negociación y toma de decisiones Cooperación para el desarrollo Apoyo a la innovación Colaboraciones público-privadas La Organización Trabajar con la OMPI Rendición de cuentas Patentes Marcas Diseños industriales Indicaciones geográficas Derecho de autor Secretos comerciales Academia de la OMPI Talleres y seminarios Día Mundial de la PI Revista de la OMPI Sensibilización Casos prácticos y casos de éxito Novedades sobre la PI Premios de la OMPI Empresas Universidades Pueblos indígenas Judicatura Recursos genéticos, conocimientos tradicionales y expresiones culturales tradicionales Economía Igualdad de género Salud mundial Cambio climático Política de competencia Objetivos de Desarrollo Sostenible Observancia de los derechos Tecnologías de vanguardia Aplicaciones móviles Deportes Turismo PATENTSCOPE Análisis de patentes Clasificación Internacional de Patentes ARDI - Investigación para la innovación ASPI - Información especializada sobre patentes Base Mundial de Datos sobre Marcas Madrid Monitor Base de datos Artículo 6ter Express Clasificación de Niza Clasificación de Viena Base Mundial de Datos sobre Dibujos y Modelos Boletín de Dibujos y Modelos Internacionales Base de datos Hague Express Clasificación de Locarno Base de datos Lisbon Express Base Mundial de Datos sobre Marcas para indicaciones geográficas Base de datos de variedades vegetales PLUTO Base de datos GENIE Tratados administrados por la OMPI WIPO Lex: leyes, tratados y sentencias de PI Normas técnicas de la OMPI Estadísticas de PI WIPO Pearl (terminología) Publicaciones de la OMPI Perfiles nacionales sobre PI Centro de Conocimiento de la OMPI Informes de la OMPI sobre tendencias tecnológicas Índice Mundial de Innovación Informe mundial sobre la propiedad intelectual PCT - El sistema internacional de patentes ePCT Budapest - El Sistema internacional de depósito de microorganismos Madrid - El sistema internacional de marcas eMadrid Artículo 6ter (escudos de armas, banderas, emblemas de Estado) La Haya - Sistema internacional de diseños eHague Lisboa - Sistema internacional de indicaciones geográficas eLisbon UPOV PRISMA Mediación Arbitraje Determinación de expertos Disputas sobre nombres de dominio Acceso centralizado a la búsqueda y el examen (CASE) Servicio de acceso digital (DAS) WIPO Pay Cuenta corriente en la OMPI Asambleas de la OMPI Comités permanentes Calendario de reuniones Documentos oficiales de la OMPI Agenda para el Desarrollo Asistencia técnica Instituciones de formación en PI Apoyo para COVID-19 Estrategias nacionales de PI Asesoramiento sobre políticas y legislación Centro de cooperación Centros de apoyo a la tecnología y la innovación (CATI) Transferencia de tecnología Programa de Asistencia a los Inventores (PAI) WIPO GREEN PAT-INFORMED de la OMPI Consorcio de Libros Accesibles Consorcio de la OMPI para los Creadores WIPO ALERT Estados miembros Observadores Director general Actividades por unidad Oficinas en el exterior Ofertas de empleo Adquisiciones Resultados y presupuesto Información financiera Supervisión

La Unión Europea se adhiere al Tratado de Marrakech, administrado por la OMPI, con lo que se amplía su cobertura en gran medida

Ginebra, 1 de octubre de 2018
PR/2018/822

La Unión Europea se ha adherido al Tratado de Marrakech, administrado por la OMPI, con lo que se amplía enormemente el número de miembros del acuerdo, que facilita la creación y transferencia a través de las fronteras nacionales de textos que están especialmente adaptados a las necesidades de las personas con discapacidad visual.

Vídeo: Video (En YouTube)

La embajadora Elisabeth Tichy-Fisslberger, representante permanente de Austria ante las Naciones Unidas en Ginebra y representante de los 28 miembros de la Unión Europea (UE), entregó al director general de la OMPI, Francis Gurry, el instrumento de ratificación de la UE del Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso.

Gracias a la ratificación de la UE, el Tratado abarcará 70 países de todo el mundo.

EU joins Marrakesh Treaty
El director general de la OMPI y representantes de la Unión Europea asisten a la ceremonia de ratificación (Foto: OMPI/Martin)

“La ratificación de la UE supone un avance importante para las personas con discapacidad visual que viven en la Unión Europea, así como en otras partes contratantes del Tratado de Marrakech, ya que les permite disfrutar de los textos en formatos accesibles que ya están disponibles en los países que han aplicado las disposiciones del Tratado,” dijo el director general de la OMPI Francis Gurry.  “La OMPI felicita a la UE por su compromiso con el Tratado de Marrakech y por su participación activa a la hora de velar por que el sistema multilateral obre en beneficio del interés público más amplio. Instamos a otros países a que se adhieran al Tratado de modo que pase a ser un Tratado universal de alcance mundial para que las personas con discapacidad visual puedan beneficiarse de los libros accesibles que se producen en cualquier rincón del planeta.”

“En una época en que el multilateralismo no resulta siempre fácil y cuenta con muchos detractores, probablemente no sea exagerado afirmar que la adopción del Tratado de Marrakech supuso un breve instante de gloria que puso de manifiesto la capacidad de la comunidad internacional para hallar soluciones políticas comunes,” dijo la embajadora Tichy-Fisslberger. “Por lo tanto, hoy es un día importante no solo para la Unión Europa y sus ciudadanos con dificultades para acceder al texto impreso, sino también para nuestros amigos y asociados de todo el mundo de la OMPI con quienes compartimos este Tratado.”

Solo un pequeña porción (entre el 1% y el 5%) de la literatura mundial es accesible para las personas ciegas y con discapacidad visual, dijo la Sra. Claire Bury, directora general adjunta de la Dirección General de Redes de Comunicación, Contenido y Tecnologías de la Comisión Europea, que asistió a la ceremonia de ratificación junto con representantes de la Unión Europea de Ciegos.

“Esa cifra constituye un ejemplo de hambre de libros. Si podemos desbloquear esos conocimientos, esas esperanzas, esas reflexiones para los ciegos, habremos dado de hecho un paso muy importante,” dijo. “Este Tratado es un enorme logro para la OMPI. En efecto, pone de manifiesto que el multilateralismo sigue vivo y que gracias a él, podemos adoptar medidas muy prácticas que pueden cambiar la vida de las personas.”

La Unión Europea se adhirió al Tratado de Marrakech durante la serie de reuniones de las Asambleas de la OMPI de 2018, que tuvo lugar en Ginebra del 24 de septiembre al 2 de octubre de 2018. El Tratado entrará en vigor respecto de la Unión Europea el 1 de enero de 2019.

En la alocución de apertura pronunciada ante las Asambleas de la OMPI, el Sr. Gurry valoró positivamente el número cada vez mayor de miembros del Tratado de Marrakech, diciendo que es “el tratado de la OMPI que ha avanzado con mayor rapidez, no solo el año pasado, sino también probablemente en la historia de la Organización.”

Tratado de Marrakech– Poner fin al “hambre de libros”

Con el Tratado de Marrakech se aspira a subsanar el “hambre de libros” al exigir a las Partes Contratantes que adopten disposiciones en las respectivas legislaciones nacionales que autoricen la producción de libros en formatos accesibles, como el braille, texto electrónico, audiolibros o caracteres grandes, por organizaciones denominadas entidades autorizadas que brindan servicios a personas con dificultades para acceder al texto impreso. Asimismo, permite el intercambio de textos accesibles a través de las fronteras nacionales, sin necesidad de solicitar la autorización del titular de los derechos de autor.

Según la Organización Mundial de la Salud, actualmente hay en el mundo unos 253 millones de personas con discapacidad visual, la mayoría de ellas en países de bajos ingresos.

El Tratado fue adoptado el 27 de junio de 2013, en una conferencia diplomática organizada por la OMPI en Marrakech bajo los auspicios del Reino de Marruecos. El Tratado entró en vigor el 20 de septiembre de 2016, tres meses después de contar con las 20 ratificaciones o adhesiones necesarias de Estados miembros de la OMPI.

ABC – El Consorcio de Libros Accesibles

En 2014, la OMPI y sus asociados crearon el Consorcio de Libros Accesibles (ABC) con el propósito de contribuir a plasmar en la práctica los objetivos del Tratado de Marrakech. El ABC desarrolla su labor en tres ámbitos: el aprovechamiento compartido de competencias técnicas en países en desarrollo y en países menos adelantados a fin de editar y distribuir libros en formatos accesibles, el fomento de la edición inclusiva y el establecimiento de un catálogo e intercambio internacional de libros accesibles en Internet, denominado Servicio Mundial de Libros del ABC.

Actualmente, 43 entidades autorizadas se han adherido al Servicio, con lo que pueden efectuar búsquedas y formular peticiones de libros accesibles, todo ello de manera gratuita. Tras la entrada en vigor del Tratado de Marrakech respecto de la UE, habrá disponibles en el Servicio Mundial de Libros del ABC más de 270.000 títulos destinados al intercambio transfronterizo, sin necesidad de obtener la autorización del titular de los derechos de autor.

El intercambio de obras en formatos accesibles por medio del Servicio Mundial de Libros del ABC hace que aumente el número global de obras accesibles disponibles a nivel mundial. La Unión Mundial de Ciegos calcula que menos del 10% de las obras publicadas se producen en formatos accesibles. El Servicio permite a las organizaciones participantes complementar sin cargo sus colecciones con las de sus contrapartes de otros países y distribuirlas en su país a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso.

La OMPI

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es el organismo de las Naciones Unidas que rinde servicio a las personas innovadoras y creadoras en todo el mundo, velando por que sus ideas se trasladen con seguridad al mercado y mejoren la vida de las personas en todas partes.

Para ello, prestamos servicios que permiten a creadores, innovadores y empresarios proteger y promover su propiedad intelectual (PI) más allá de las fronteras y servimos de foro para abordar cuestiones de máxima actualidad en materia de PI. Nuestros datos e información sobre PI orientan a las instancias decisorias de todo el mundo. Además, los proyectos impulsados por la incidencia y nuestra asistencia técnica garantizan que la PI beneficie a todas las personas y en todas partes.

Para más información, diríjase a la División de Noticias y Medios de Comunicación de la OMPI:
  • Tel: (+41 22) 338 81 61 / 338 72 24
  • Correo-e