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La OMC y la OMPI aúnan sus fuerzas para ayudar a los países en desarrollo a hacer frente a los compromisos del año 2000 en la esfera de la propiedad intelectual

Ginebra, 21 de julio de 1998
Comunicado de prensa PR/1998/131

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) y la Organización Mundial del Comercio (OMC) han acordado llevar a cabo una iniciativa conjunta para proporcionar cooperación técnica a los países en desarrollo.

La finalidad de esta iniciativa es ayudar a los países en desarrollo que son Miembros de la OMC a respetar el plazo que vence el 1º de enero del 2000 -dentro de menos de un año y medio- para poner sus legislaciones en conformidad con el Acuerdo de la OMC sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC).

Este proceso consiste en ajustar las leyes en materia de derechos de autor, patentes, marcas de fábrica o de comercio y otras esferas de la propiedad intelectual a las disposiciones del Acuerdo, y prever la observancia efectiva de estas leyes a fin de hacer frente a la piratería, la falsificación de mercancías y otras formas de infracción en la esfera de la propiedad intelectual.

Los Directores Generales de las dos Organizaciones, el Sr. Renato Ruggiero, de la OMC, y el Dr. Kamil Idris, de la OMPI, están enviando una comunicación conjunta a los Ministros de cada uno de los países en desarrollo interesados para informarles sobre la iniciativa. La comunicación subraya el compromiso de ambas Organizaciones de ayudar a los países en desarrollo a cumplir a tiempo las obligaciones dimanantes del Acuerdo sobre los ADPIC.

El objetivo de la iniciativa es lograr en el período crítico que se avecina el máximo aprovechamiento de los recursos disponibles por parte de la OMPI y la OMC, junto con los países que soliciten asistencia y (cuando proceda) los países donantes, mejorando la planificación de la coordinación de las actividades de cooperación técnica.

Las formas de cooperación técnica disponibles incluyen asistencia en la preparación de la legislación, formación, creación de instituciones y modernización de los sistemas de propiedad intelectual y la observancia.

La puesta en conformidad con el Acuerdo sobre los ADPIC es percibida como un reto por los países en desarrollo debido a la complejidad de las leyes de propiedad intelectual y de su observancia. Sin embargo, también ofrece la oportunidad de utilizar la protección de la propiedad intelectual para acelerar el desarrollo económico, social y cultural.

Al mismo tiempo, ambas Organizaciones subrayan que la asistencia prestada a otros países -en particular a los países menos adelantados, que no deben cumplir el plazo del año 2000- no se verá menoscabada. La OMC y la OMPI renuevan su compromiso de seguir proporcionando cooperación técnica a estos países.

La iniciativa conjunta desarrollará la cooperación existente entre ambas Organizaciones, que ha sido establecida en virtud del Acuerdo OMPI/OMC, firmado en 1995. Este Acuerdo prevé, entre otras cosas, la cooperación en la prestación de asistencia técnico-jurídica y cooperación técnica en relación con el Acuerdo sobre los ADPIC a los países en desarrollo Miembros de cualquiera de las dos Organizaciones.

La OMC, integrada por 132 Miembros, comenzó a existir el 1º de enero de 1995, al mismo tiempo que entraban en vigor el Acuerdo sobre los ADPIC y otros Acuerdos de la OMC. Los países desarrollados tuvieron que poner sus legislaciones en conformidad con las disposiciones del Acuerdo sobre los ADPIC para el 1º de enero de 1996. A los países en desarrollo se les han concedido otros cuatro años, es decir, hasta el 1º de enero del 2000. En cambio, los países menos adelantados cuentan con un período de transición más largo que se extiende, en general, hasta el 1º de enero del 2006.

El Acuerdo de la OMC sobre los ADPIC especifica normas mínimas de protección con respecto a cada una de las principales categorías de propiedad intelectual, basándose en los convenios de la OMPI más importantes. También contiene disposiciones sobre la observancia efectiva de los derechos de propiedad intelectual.

La OMPI, que cuenta con 171 miembros, es la Organización responsable de la cooperación internacional en la promoción de la protección de la propiedad intelectual en todo el mundo. En particular, se ocupa de diversos convenios internacionales, tales como el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial (patentes, dibujos y modelos industriales, etc.) y el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas (derecho de autor).

El presente comunicado de prensa es publicado simultáneamente por la OMC.

Para más antecedentes, visitar los sitios de la OMC (http://www.wto.org) y de la OMPI (https://www.wipo.int).