Una Conferencia diplomática abordará los derechos de los artistas sobre sus interpretaciones o ejecusiones audiovisuales
Ginebra, 14 de abril de 2000
Comunicado de prensa PR/2000/217
Los Estados miembros de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) han aceptado convocar una conferencia diplomática del 7 al 20 de diciembre de 2000, a fin de establecer un acuerdo internacional sobre los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones audiovisuales. Esta cuestión fue la más destacada del orden del día de una intensa serie de debates celebrados durante esta semana en la Sede de la OMPI. Representantes de 74 Estados miembros y de la Comunidad Europea, reunidos bajo los auspicios del Comité Permanente de la OMPI de Derecho de Autor y Derechos Conexos (SCCR), recomendaron mediante consenso celebrar una conferencia diplomática para fortalecer la protección existente de los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes previstos en la Convención de Roma sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión (1961). A la reunión asistieron asimismo cinco organizaciones intergubernamentales y 34 organizaciones no gubernamentales, incluidos varios representantes de la industria cinematográfica.
La recomendación del SCCR fue adoptada por la Asamblea General de la OMPI durante el período extraordinario de sesiones que celebró los días 13 y 14 de abril. La Asamblea dio instrucciones al Director General de la OMPI, Dr. Kamil Idris, para que decidiera el lugar adecuado para la celebración de la conferencia diplomática. El nuevo acuerdo internacional que ha de establecerse abordará los derechos morales y patrimoniales de los artistas intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones audiovisuales y además adaptará la protección de esos derechos al entorno digital.
La cuestión de los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones audiovisuales ha sido objeto de debate desde que se suscribió el Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT) en diciembre de 1996. En esa época, los Estados miembros de la OMPI prefirieron abordar esta cuestión como tema aparte, excluyéndola del tratado.
En la realización de una obra cinematográfica y de otro tipo de obras audiovisuales confluyen las aportaciones de muchas y distintas personas procedentes a menudo de distintos países. Cada vez son más las producciones cinematográficas que llegan a nuestras pantallas de cine y televisión tras ser producidas en varios países y financiadas por otros tantos. Esta evolución subraya la importancia que posee la creación de un entorno internacional que funcione debidamente a la hora de definir claramente los derechos de propiedad intelectual de las partes interesadas.
Para más información, sírvanse ponerse en contacto con la Sección de Relaciones con los Medios de Comunicación y el Público, de la OMPI:
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