Propiedad intelectual Formación en PI Divulgación de la PI La PI para... La PI y… La PI en… Información sobre patentes y tecnología Información sobre marcas Información sobre diseños industriales Información sobre las indicaciones geográficas Información sobre las variedades vegetales (UPOV) Leyes, tratados y sentencias de PI Recursos de PI Informes sobre PI Protección por patente Protección de las marcas Protección de diseños industriales Protección de las indicaciones geográficas Protección de las variedades vegetales (UPOV) Solución de controversias en materia de PI Soluciones operativas para las oficinas de PI Pagar por servicios de PI Negociación y toma de decisiones Cooperación para el desarrollo Apoyo a la innovación Colaboraciones público-privadas La Organización Trabajar con la OMPI Rendición de cuentas Patentes Marcas Diseños industriales Indicaciones geográficas Derecho de autor Secretos comerciales Academia de la OMPI Talleres y seminarios Día Mundial de la PI Revista de la OMPI Sensibilización Casos prácticos y casos de éxito Novedades sobre la PI Premios de la OMPI Empresas Universidades Pueblos indígenas Judicatura Recursos genéticos, conocimientos tradicionales y expresiones culturales tradicionales Economía Igualdad de género Salud mundial Cambio climático Política de competencia Objetivos de Desarrollo Sostenible Observancia de los derechos Tecnologías de vanguardia Aplicaciones móviles Deportes Turismo PATENTSCOPE Análisis de patentes Clasificación Internacional de Patentes ARDI - Investigación para la innovación ASPI - Información especializada sobre patentes Base Mundial de Datos sobre Marcas Madrid Monitor Base de datos Artículo 6ter Express Clasificación de Niza Clasificación de Viena Base Mundial de Datos sobre Dibujos y Modelos Boletín de Dibujos y Modelos Internacionales Base de datos Hague Express Clasificación de Locarno Base de datos Lisbon Express Base Mundial de Datos sobre Marcas para indicaciones geográficas Base de datos de variedades vegetales PLUTO Base de datos GENIE Tratados administrados por la OMPI WIPO Lex: leyes, tratados y sentencias de PI Normas técnicas de la OMPI Estadísticas de PI WIPO Pearl (terminología) Publicaciones de la OMPI Perfiles nacionales sobre PI Centro de Conocimiento de la OMPI Informes de la OMPI sobre tendencias tecnológicas Índice Mundial de Innovación Informe mundial sobre la propiedad intelectual PCT - El sistema internacional de patentes ePCT Budapest - El Sistema internacional de depósito de microorganismos Madrid - El sistema internacional de marcas eMadrid Artículo 6ter (escudos de armas, banderas, emblemas de Estado) La Haya - Sistema internacional de diseños eHague Lisboa - Sistema internacional de indicaciones geográficas eLisbon UPOV PRISMA Mediación Arbitraje Determinación de expertos Disputas sobre nombres de dominio Acceso centralizado a la búsqueda y el examen (CASE) Servicio de acceso digital (DAS) WIPO Pay Cuenta corriente en la OMPI Asambleas de la OMPI Comités permanentes Calendario de reuniones Documentos oficiales de la OMPI Agenda para el Desarrollo Asistencia técnica Instituciones de formación en PI Apoyo para COVID-19 Estrategias nacionales de PI Asesoramiento sobre políticas y legislación Centro de cooperación Centros de apoyo a la tecnología y la innovación (CATI) Transferencia de tecnología Programa de Asistencia a los Inventores (PAI) WIPO GREEN PAT-INFORMED de la OMPI Consorcio de Libros Accesibles Consorcio de la OMPI para los Creadores WIPO ALERT Estados miembros Observadores Director general Actividades por unidad Oficinas en el exterior Ofertas de empleo Adquisiciones Resultados y presupuesto Información financiera Supervisión

Se negocian medidas de protección para las marcas en el ciberespacio

Ginebra, 19 de setiembre de 2000
Actualidades UPD/2000/107

Los negociadores convinieron en principio en un conjunto de disposiciones destinadas a proteger las marcas y otros derechos de propiedad industrial en el ciberespacio, en un intento de prevenir conflictos relacionados con la utilización de signos en Internet. En una reunión del Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas, Dibujos y Modelos Industriales e Indicaciones Geográficas (SCT), celebrada en la Sede de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), los delegados se pusieron de acuerdo sobre las directrices necesarias para facilitar la aplicación del Derecho de marcas existente en el ciberespacio y sobre las contadas excepciones al principio de la responsabilidad.

En la reunión, que se celebró del 11 al 15 de septiembre de 2000 y a la que asistieron delegaciones de 86 Estados miembros de la OMPI, cinco organizaciones intergubernamentales y 17 organizaciones no gubernamentales, los negociadores llegaron a un consenso sobre la mayoría de las disposiciones sustantivas del texto que se presentará, para ser aprobado, a la próxima sesión del Comité Permanente en marzo de 2001.

La ausencia de fronteras de Internet y las nuevas formas de utilización de signos, facilitadas por los avances tecnológicos (metaetiquetas, localizadores uniformes de recursos, palabras clave…), pone en entredicho el carácter territorial de los derechos de propiedad industrial, que son concedidos por las autoridades nacionales o regionales y cuyo alcance territorial es limitado. De acuerdo con el Derecho de marcas, ninguna persona puede utilizar, sin el consentimiento del titular, la marca o un signo idéntico o similar a la misma en el territorio en que la marca goza de protección. El proyecto de disposiciones pretende facilitar la aplicación de las leyes nacionales existentes a los problemas jurídicos que se deriven de la utilización de signos en Internet.

De conformidad con el sistema establecido, que abarca la adquisición, mantenimiento o infracción de los derechos relativos a las marcas, pueden existir en distintos países signos idénticos para bienes o servicios de distintas categorías. No obstante, Internet, en tanto que medio de comunicación mundial, ofrece al titular de una marca una presencia simultánea e inmediata independientemente de la situación territorial, siendo, por consiguiente, una fuente de conflictos potenciales entre titulares de marcas que reivindican el derecho a utilizar un signo idéntico en Internet. El proyecto de disposiciones pretende salvaguardar los intereses de los titulares legítimos de marcas y evitar conflictos, estableciendo para ello condiciones que permitan la coexistencia de marcas similares en Internet, lo que constituye una gran innovación en materia del Derecho de marcas.

Considerando que cada país cuenta con un marco jurídico distinto en materia de propiedad intelectual, estas medidas facilitarán que se supedite la utilización de una marca en Internet a las leyes en materia de propiedad industrial de un país determinado. Permitirán asimismo la coexistencia de marcas en el ciberespacio, por medio de la utilización de descargos de responsabilidad específicos. Esto contribuirá a evitar la imposición de mandatos judiciales mundiales que puedan impedir el desarrollo futuro del comercio electrónico.

El SCT estudió asimismo posibles soluciones para los conflictos entre marcas e indicaciones geográficas y entre indicaciones geográficas homónimas. El SCT convino en la necesidad de seguir estudiando esta cuestión y solicitó a la Secretaría que elaborase un documento informativo para mejorar la comprensión de las cuestiones jurídicas conexas. Este documento se presentará para ser debatido en la próxima sesión del SCT, en 2001.

Para más información, diríjase a la Sección de Relaciones con los Medios de Comunicación y con el Público, de la OMPI:

  • Tel: (+41 22) - 338 81 61 or 338 95 47
  • Fax: (+41 22) - 338 88 10
  • Email: publicinf@wipo.int.