La República Árabe Siria ratifica el Tratado de la OMPI de Cooperación en materia de Patentes
Ginebra, 11 de abril de 2003
Actualidades UPD/2003/188
Desde el pasado 26 de marzo de 2003 y tras depositar en la OMPI su instrumento de ratificación, la República Árabe Siria ha pasado a ser el 120º Estado contratante del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), que entrará en vigor para ese país el 26 de junio de 2003.
La ratificación significa, por un lado, que los solicitantes podrán designar a la República Árabe Siria (código de país: SY) en cualquier solicitud internacional presentada el 26 de junio de 2003 o después de esa fecha y, por el otro, que los nacionales y residentes de ese país tendrán derecho a presentar solicitudes en virtud del PCT a partir de esa fecha. Puesto que la República Árabe Siria quedará vinculada por el Capítulo II del Tratado, también podrá ser elegida a los efectos del examen preliminar internacional.
Con la ratificación de la República Árabe Siria, los 120 Estados contratantes del PCT son los siguientes:
Albania Alemania Antigua y Barbuda Argelia Armenia Australia Austria Azerbaiyán Barbados Belarús Bélgica Belice Benin Bosnia y Herzegovina Brasil Bulgaria Burkina Faso Camerún Canadá Chad China Chipre Colombia Congo Costa Rica Côte d'Ivoire Croacia Cuba Dinamarca Dominica Ecuador Emiratos Árabes Unidos Eslovaquia Eslovenia España |
Estados Unidos de América Estonia Ex República Yugoslava de Macedonia Federación de Rusia Filipinas Finlandia Francia Gabón Gambia Georgia Ghana Granada Grecia Guinea Guinea-Bissau Guinea Ecuatorial Hungría India Indonesia Irlanda Islandia Israel Italia Japón Kazajstán Kenya Kirguistán Lesotho Letonia Liberia Liechtenstein Lituania Luxemburgo Madagascar |
Malawi Malí Marruecos Mauritania México Mónaco Mongolia Mozambique Nicaragua Níger Noruega Nueva Zelandia Omán Países Bajos Papua Nueva Guinea (a partir del 14 de junio de 2003) Polonia Portugal Reino Unido República Árabe Siria República Centroafricana República Checa República Popular Democrática de Corea República de Corea República de Moldova República Unida de Tanzanía Rumania San Vicente y las Granadinas Santa Lucía |
Senegal Seychelles Sierra Leona Singapur Sri Lanka Sudáfrica Sudán Suecia Suiza Swazilandia Tayikistán Togo Trinidad y Tabago Túnez Turkmenistán Turquía Ucrania Uganda Uzbekistán Viet Nam Yugoslavia Zambia Zimbabwe |
Ventajas del Sistema del PCT
El Sistema del PCT ofrece una serie de ventajas a los solicitantes de patentes, las oficinas nacionales de patentes y el público en general.
a) Ventajas para los solicitantes de patentes
Entre las ventajas más importantes que ofrece el Sistema del PCT a los solicitantes de patentes, se cuentan las siguientes:
El Sistema del PCT constituye una opción más sencilla, económica y eficaz para los solicitantes que desean obtener protección por patente en muchos países. Al presentar una solicitud "internacional" de patente en el marco del PCT ante una sola oficina de patentes (la "Oficina receptora") y en un idioma, el solicitante puede obtener protección por patente para su invención en un gran número de países simultáneamente. Ello se debe a que el efecto de esa solicitud internacional en cada "Estado designado" es el mismo que si una solicitud de patente hubiese sido presentada ante la oficina nacional de patentes de dicho país. Sin el PCT, el solicitante tendría que presentar una solicitud nacional de patente ante la oficina de cada país en el que deseara obtener protección.
Gracias al PCT, los solicitantes disponen de por lo menos 18 meses más (en relación con la mayoría de las oficinas designadas) que si hubieran presentado su solicitud directamente ante una de las oficinas nacionales de patentes, lo que les da tiempo para decidir si desean entablar la tramitación de la patente, y en qué países. Ello pospone en el mismo número de meses los costos relacionados con la traducción de la solicitud, el pago de las tasas nacionales y el nombramiento de agentes locales de patentes. Si las solicitudes de patentes se presentan directamente ante las oficinas nacionales, no es posible beneficiarse de estas ventajas.
En virtud del PCT, los solicitantes obtienen un informe de búsqueda internacional y un informe de examen preliminar internacional. La información contenida en esos informes permite que los solicitantes evalúen la utilidad de proseguir la tramitación de su solicitud antes de que se les exija el pago de todos los costos. Los solicitantes se benefician también de requisitos formales uniformes y de la publicación internacional centralizada que proporciona el Sistema del PCT.
Los solicitantes que sean personas físicas (a diferencia de las personas jurídicas, como las sociedades, etc.) y que sean nacionales de la República Árabe Siria y residentes de ese país (y otros países que reúnan ciertas condiciones) tendrán derecho a una reducción del 75% en determinadas tasas pagaderas con respecto a las solicitudes internacionales presentadas en el marco del PCT.
b) Ventajas para las oficinas nacionales de patentes y para las economías nacionales
Los miembros del PCT gozan de un mejor acceso a los sistemas nacionales de patentes de muchos países. Puesto que el sistema constituye una opción más sencilla y económica para los solicitantes que desean obtener protección por patente en muchos países, el hecho de ser miembro del PCT se suele traducir en un aumento del número de solicitudes de patente, con el consiguiente aumento de ingresos para la oficina nacional de patentes. Otra consecuencia puede ser una reducción de los costos de publicación para las oficinas nacionales que den por válida la publicación internacional de solicitudes del PCT a efectos de la legislación nacional.
El PCT racionaliza las tareas administrativas necesarias para tramitar las solicitudes internacionales de patente y, de este modo, simplifica la labor de las oficinas nacionales, supone una mejora de la eficacia y una fuente de ahorros. Cuando una solicitud de patente presentada en el marco del PCT llega a la oficina nacional de patentes, ya ha sido examinada en cuanto a los requisitos de forma por la Oficina receptora, ha pasado por la Administración encargada de la búsqueda internacional y, en la mayoría de los casos, ha sido examinada por una Administración encargada del examen preliminar internacional. En consecuencia, los procedimientos nacionales de búsqueda y/o examen relacionados con la tramitación de las solicitudes de patente se pueden reducir de forma considerable o incluso eliminarse, y la oficina nacional tiene la posibilidad de tramitar un número mayor de solicitudes de patente con los recursos disponibles.
c) Ventajas para el público en general
La ventaja principal que representa el PCT para el público reside en el hecho de que el sistema facilita y agiliza el acceso a información tecnológica actualizada relativa a las invenciones. Ello se debe a la publicación internacional de las solicitudes del PCT (incluido el contenido de los informes de búsqueda internacional) y al suministro gratuito a la oficina nacional del Estado contratante de ejemplares de todas las solicitudes internacionales publicadas, la cual podrá entonces proceder a divulgar esa información. El material publicado constituye una valiosa fuente de información sobre los últimos adelantos tecnológicos. Esa información ofrece a los solicitantes la posibilidad de evaluar detenidamente la patentabilidad de la invención reivindicada. El acceso a esta información también puede ser útil para estimular la actividad inventiva a nivel nacional, lo que, a su vez, puede traducirse en un aumento de las inversiones y de la transferencia de tecnología.
Ello también induce una mayor confianza por parte del público puesto que la mayoría de las solicitudes del PCT han sido objeto de una búsqueda internacional y de un examen preliminar internacional, por lo que toda patente concedida como resultado de esas solicitudes internacionales representará una base sólida para la realización de inversiones y la transferencia de tecnología.
Para más información sobre el PCT, visite la página del PCT en el sitio Web de la OMPI (https://www.wipo.int/pct/es/); también puede ponerse en contacto con el servicio de información sobre el PCT (teléfono: (41-22) 338 83 38; fax: (41-22) 338 83 39; correo-e: pct.infoline@wipo.int), o con la Sección de la OMPI de Relaciones con los Medios de Comunicación y con el Público (teléfono: (4122) 338 81 61 ó 338 95 47; fax: (41 22) 338 88 10; correo-e: publicinf@wipo.int).