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Egipto ratifica el Tratado de cooperación en materia de patentes

Ginebra, 16 de junio de 2003
Actualidades UPD/2003/197

A partir del pasado 6 de junio de 2003, y tras depositar en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) su instrumento de ratificación, Egipto es el 121º Estado contratante del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), que entrará en vigor para ese país el 6 de septiembre de 2003.

La ratificación significa, por un lado, que los solicitantes podrán designar a Egipto (código de país: EG) en cualquier solicitud internacional presentada el 6 de septiembre de 2003 o después de esa fecha y, por el otro, que los nacionales y residentes de ese país tendrán derecho a presentar solicitudes en virtud del PCT a partir de esa fecha. Puesto que Egipto quedará vinculado por el Capítulo II del Tratado, también podrá ser elegido a los efectos del examen preliminar internacional.

Con la ratificación de Egipto, los 121 Estados contratantes del PCT son los siguientes:

Albania

Alemania

Antigua y Barbuda

Argelia

Armenia

Australia

Austria

Azerbaiyán

Barbados

Belarús

Bélgica

Belice

Benin

Bosnia y
Herzegovina

Brasil

Bulgaria

Burkina Faso

Camerún

Canadá

Chad

China

Chipre

Colombia

Congo

Costa Rica

Côte d'Ivoire

Croacia

Cuba

Dinamarca

Dominica

Ecuador

Egipto (a partir del 6
de septiembre
de 2003)

Emiratos Árabes
Unidos

Eslovaquia

Eslovenia

España

Estados Unidos
de América

Estonia

Ex República
Yugoslava de
Macedonia

Federación de Rusia

Filipinas

Finlandia

Francia

Gabón

Gambia

Georgia

Ghana

Granada

Grecia

Guinea

Guinea-Bissau

Guinea Ecuatorial

Hungría

India

Indonesia

Irlanda

Islandia

Israel

Italia

Japón

Kazajstán

Kenya

Kirguistán

Lesotho

Letonia

Liberia

Liechtenstein

Lituania

Luxemburgo

Madagascar

Malawi

Malí

Marruecos

Mauritania

México

Mónaco

Mongolia

Mozambique

Nicaragua

Níger

Noruega

Nueva Zelandia

Omán

Países Bajos

Papua Nueva Guinea

Polonia

Portugal

Reino Unido

República Árabe
Siria (a partir del 26
de junio de 2003)

República
Centroafricana

República Checa

República Popular
Democrática de
Corea

República de Corea

República de
Moldova

República Unida
de Tanzanía

Rumania

San Vicente y las
Granadinas

Santa Lucía

Senegal

Serbia y Montenegro

Seychelles

Sierra Leona

Singapur

Sri Lanka

Sudáfrica

Sudán

Suecia

Suiza

Swazilandia

Tayikistán

Togo

Trinidad y Tabago

Túnez

Turkmenistán

Turquía

Ucrania

Uganda

Uzbekistán

Viet Nam

Zambia

Zimbabwe

Ventajas del Sistema del PCT

El Sistema del PCT ofrece una serie de ventajas a los solicitantes de patentes, las oficinas nacionales de patentes y el público en general.

a) Ventajas para los solicitantes de patentes

Entre las ventajas más importantes que ofrece el Sistema del PCT a los solicitantes de patentes, se cuentan las siguientes:

El Sistema del PCT constituye una opción más sencilla, económica y eficaz para los solicitantes que desean obtener protección por patente en muchos países. Al presentar una solicitud "internacional" de patente en el marco del PCT ante una sola oficina de patentes (la "Oficina receptora") y en un idioma, el solicitante puede obtener protección por patente para su invención en un gran número de países simultáneamente. Ello se debe a que el efecto de esa solicitud internacional en cada "Estado designado" es el mismo que si una solicitud de patente hubiese sido presentada ante la oficina nacional de patentes de dicho país. Sin el PCT, el solicitante tendría que presentar una solicitud nacional de patente ante la oficina de cada país en el que deseara obtener protección.

Gracias al PCT, los solicitantes disponen de por lo menos 18 meses más (en relación con la mayoría de las oficinas designadas) que si hubieran presentado su solicitud directamente ante una de las oficinas nacionales de patentes, lo que les da tiempo para decidir si desean entablar la tramitación de la patente, y en qué países. Ello pospone en el mismo número de meses los costos relacionados con la traducción de la solicitud, el pago de las tasas nacionales y el nombramiento de agentes locales de patentes. Si las solicitudes de patentes se presentan directamente ante las oficinas nacionales, no es posible beneficiarse de estas ventajas.

En virtud del PCT, los solicitantes obtienen un informe de búsqueda internacional y un informe de examen preliminar internacional. La información contenida en esos informes permite que los solicitantes evalúen la utilidad de proseguir la tramitación de su solicitud antes de que se les exija el pago de todos los costos. Los solicitantes se benefician también de requisitos formales uniformes y de la publicación internacional centralizada que proporciona el Sistema del PCT.

Los solicitantes que sean personas físicas (a diferencia de las personas jurídicas, como las sociedades, etc.) y que sean nacionales de Egipto y residentes de ese país (y otros países que reúnan ciertas condiciones) tendrán derecho a una reducción del 75% en determinadas tasas pagaderas con respecto a las solicitudes internacionales presentadas en el marco del PCT.

b) Ventajas para las oficinas nacionales de patentes y para las economías nacionales

Los miembros del PCT gozan de un mejor acceso a los sistemas nacionales de patentes de muchos países. Puesto que el sistema constituye una opción más sencilla y económica para los solicitantes que desean obtener protección por patente en muchos países, el hecho de ser miembro del PCT suele traducirse en un aumento del número de solicitudes de patente, con el consiguiente aumento de ingresos para la oficina nacional de patentes. Otra consecuencia puede ser una reducción de los costos de publicación para las oficinas nacionales que den por válida la publicación internacional de solicitudes del PCT a efectos de la legislación nacional.

El PCT racionaliza las tareas administrativas necesarias para tramitar las solicitudes internacionales de patente y, de este modo, simplifica la labor de las oficinas nacionales, supone una mejora de la eficacia y una fuente de ahorros. Cuando una solicitud de patente presentada en el marco del PCT llega a la oficina nacional de patentes, ya ha sido examinada en cuanto a los requisitos de forma por la Oficina receptora, ha pasado por la Administración encargada de la búsqueda internacional y, en la mayoría de los casos, ha sido examinada por una Administración encargada del examen preliminar internacional. En consecuencia, los procedimientos nacionales de búsqueda y/o examen relacionados con la tramitación de las solicitudes de patente se pueden reducir de forma considerable o incluso eliminarse, y la oficina nacional tiene la posibilidad de tramitar un número mayor de solicitudes de patente con los recursos disponibles.

c) Ventajas para el público en general

La ventaja principal que representa el PCT para el público reside en el hecho de que el sistema facilita y agiliza el acceso a información tecnológica actualizada relativa a las invenciones. Ello se debe a la publicación internacional de las solicitudes del PCT (incluido el contenido de los informes de búsqueda internacional) y al suministro gratuito de ejemplares de todas las solicitudes internacionales publicadas a la oficina nacional del Estado contratante, la cual podrá entonces proceder a divulgar esa información. El material publicado constituye una valiosa fuente de información sobre los últimos adelantos tecnológicos. Esa información ofrece a los solicitantes la posibilidad de evaluar detenidamente la patentabilidad de la invención reivindicada. El acceso a esta información también puede ser útil para estimular la actividad inventiva en el ámbito nacional, lo que, a su vez, puede traducirse en un aumento de las inversiones y de la transferencia de tecnología.

Ello también induce una mayor confianza por parte del público, puesto que la mayoría de las solicitudes del PCT han sido objeto de una búsqueda internacional y de un examen preliminar internacional, por lo que toda patente concedida como resultado de esas solicitudes internacionales representará una base sólida para la realización de inversiones y la transferencia de tecnología.

Para más información sobre el PCT, visite la página del PCT en el sitio Web de la OMPI (https://www.wipo.int/pct/es/); también puede ponerse en contacto con el servicio de información sobre el PCT (teléfono: (41-22) 338 83 38; fax: (41-22) 338 83 39; correo-e: pct.infoline@wipo.int), o con la Sección de la OMPI de Relaciones con los Medios de Comunicación y con el Público (teléfono: (4122) 338 81 61 ó 338 95 47; fax: (41 22) 338 88 10; correo-e: publicinf@wipo.int).