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La OMPI, la CE y la OAMI organizan una conferencia internacional sobre la entrada de la Comunidad Europea en el sistema internacional de marcas

Ginebra, 28 de setiembre de 2004
Boletines para la prensa MA/2004/15

El 7 de octubre próximo se celebrará en la Sede de la OMPI, en Ginebra, una conferencia internacional organizada por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas y Diseños Industriales) (OAMI) y la Comisión Europea a fin de examinar la relación existente entre el Protocolo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas y el Sistema de la Marca Comunitaria. Gracias al vínculo existente entre el Protocolo de Madrid y el sistema de la marca comunitaria los propietarios de marcas gozarán de gran flexibilidad para obtener la protección internacional de sus marcas.

Esta conferencia, de un día de duración, tiene una importancia especial habida cuenta de la reciente adhesión de la Comunidad Europea al Protocolo de Madrid, un tratado internacional que facilita enormemente la obtención de protección para las marcas en varios países.

Además de examinarse los aspectos prácticos de la nueva configuración existente como consecuencia de la adhesión de la CE al Protocolo de Madrid, en la conferencia se expondrán sucintamente las consecuencias de dicha adhesión para los propietarios de marcas y sus estrategias comerciales.

A partir del 1 de octubre, fecha en la que surtirá efecto la adhesión de la CE al Protocolo de Madrid, los propietarios de marcas de los países parte en el Protocolo de Madrid podrán designar a la CE en sus solicitudes de registro internacional. Si la OAMI, el organismo comunitario que se ocupa de las marcas, no deniega la protección de la marca, ésta será efectiva en sus 25 Estados miembros del mismo modo que si se hubiera solicitado o registrado directamente ante esa Oficina. Los propietarios de marcas también podrán utilizar una solicitud de marca presentada o registrada en la OAMI como base para presentar una solicitud internacional de registro en virtud del Protocolo de Madrid.

Entre los oradores se contará con la presencia de funcionarios de alto rango de la OMPI, la OAMI y la CE, y de varios representantes de la industria. También está previsto celebrar una mesa redonda en la que se examinarán las consecuencias que tiene la adhesión de la CE para las empresas.

La conferencia tendrá lugar en la Sede de la OMPI, cuya dirección es: 34 chemin des Colombettes, 1211 Ginebra 20 (Suiza). Habrá interpretación simultánea en español, francés e inglés.

Antecedentes:

En virtud del Protocolo de Madrid, uno de los dos tratados que rigen el Sistema de Madrid para el registro internacional de marcas, pueden adherirse a este instrumento las organizaciones intergubernamentales que cuenten con una oficina regional de registro de marcas. La adhesión de la CE, que surtirá efecto a partir del 1 de octubre, es la primera adhesión de la CE a un tratado administrado por la OMPI así como la primera adhesión en bloque de una organización intergubernamental a un tratado de la OMPI. La CE es el septuagésimo séptimo miembro del Sistema de Madrid.

La adhesión de la CE al Protocolo de Madrid es el tercer acontecimiento importante ocurrido en el sistema internacional de marcas en los últimos 12 meses. El primero fue la adhesión de los Estados Unidos de América al Protocolo de Madrid en noviembre de 2003, y el segundo la inclusión del español como tercer idioma de trabajo del sistema de Madrid en abril de 2004.

Gracias al acuerdo alcanzado en septiembre de 2003 por los Estados miembros de la OMPI sobre una serie de medidas, el Protocolo de Madrid y el sistema de marcas de la CE (el sistema de la marca comunitaria) se relacionarán entre sí de manera eficaz y coherente. Estas medidas, que ofrecen a los propietarios de marcas una gran flexibilidad, entraron en vigor el pasado mes de abril.

  • En virtud del sistema de la marca comunitaria, los propietarios de marcas que tienen derechos sobre marcas registradas antes del establecimiento de dicho sistema en uno o varios Estados miembros de la CE, pueden incorporar esos derechos anteriores en un registro de marca comunitaria. Cuando la adhesión de la CE al Protocolo de Madrid surta efecto el 1 de octubre del presente año, esos derechos también podrán inscribirse en los registros internacionales en los que se haya designado a la CE.
  • En el ámbito de la Comunidad Europea, los sistemas nacionales de registro de marcas coexisten con el sistema de la marca comunitaria. Esto significa que el propietario de una marca puede registrarla directamente ante la oficina nacional de marcas o ante la propia OAMI. Con la adhesión de la CE al Protocolo de Madrid, también puede elegirse cualquiera de las dos vías al utilizar el Sistema de Madrid. Además, si la OAMI se niega a conceder protección a una marca cuyo registro ha sido objeto de una solicitud internacional en la que se designa a la CE en virtud del Protocolo de Madrid, se podrá designar individualmente a los Estados miembros de la CE que sean miembros del sistema de Madrid.

Para más información, póngase en contacto con la Sección de la OMPI de Relaciones con los Medios de Comunicación y el Público:

  • Tel.: (+41 22) 338 81 61 ó 338 95 47,
  • Fax: (+41 22) – 338 88 10
  • Correo-e: publicinf@wipo.int