Nuevos gTLD: la OMPI recomienda un mecanismo uniforme de regulación del registro de nombres de dominio
Ginebra, 1 de junio de 2005
Comunicado de prensa PR/2005/409
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) recomienda que se adopte un mecanismo uniforme de protección de la propiedad intelectual (P.I.) para frenar el registro no autorizado de nombres en los nuevos dominios genéricos de nivel superior (gTLD). Dicha recomendación figura en un informe elaborado por el Centro de Arbitraje y Mediación sobre las consecuencias que tendrá en la esfera de la P.I. la introducción de nuevos dominios genéricos de nivel superior (nuevos gTLD). En el informe, "New Generic Top-Level Domains: Intellectual Property Considerations", por el momento disponible únicamente en inglés, que puede consultarse en https://www.wipo.int/amc/en/domains/reports/newgtld-ip/index.html, se afirma que ese mecanismo preventivo complementaría las medidas de subsanación que aporta la Política Uniforme de Solución de Controversias en materia de Nombres de Dominio (Política Uniforme) actualmente en vigor.
Nuevos gTLD
En el informe se parte de la experiencia de la OMPI en la esfera de la protección de la P.I. en el sistema de nombres de dominio (DNS). Como dice el Sr. Francis Gurry, Director General Adjunto de la OMPI, y encargado de supervisar la labor del Centro de Arbitraje y Mediación, "la introducción de nuevos gTLD plantea problemas concretos para los titulares de activos de P.I. que desean proteger sus nombres de dominio contra el registro no autorizado a cargo de terceros. Con el auge de Internet y del comercio electrónico ha aumentado de forma considerable la importancia estratégica de los nombres de dominio en tanto que identificadores comerciales". Según el Sr. Gurry, registrar todas las marcas suele ser el único medio de que disponen los titulares de activos de P.I. para proteger sus identificadores contra el riesgo de "apropiación" por los ciberpiratas. "Si se procede de forma aleatoria para atribuir nombres en los nuevos gTLD, los titulares de activos de P.I. se verán obligados a competir con los ciberpiratas para hacer valer sus propias marcas, a menos de que se introduzcan salvaguardias adicionales", ha dicho el Sr. Gurry, añadiendo: "en el informe que acabamos de publicar se formulan recomendaciones prácticas para solucionar esos problemas".
Nueva estrategia en materia de gTLD
La OMPI elaboró el informe mencionado a instancias de la Corporación de Asignación de Nombres y Números de Internet (ICANN), institución encargada de supervisar el funcionamiento del DNS. En respuesta a la introducción en el año 2000 de siete nuevos gTLD (.aero, .biz, .coop, .info, .museum, .name, .pro), la ICANN está elaborando una amplia estrategia que permita una expansión del DNS. En el informe se aportan ideas para dicha estrategia, tanto desde el punto de vista de la P.I. como de la solución de controversias.
Experiencia de la OMPI en la esfera de los nombres de dominio
Las recomendaciones formuladas por la OMPI durante el Primer Proceso relativo a los Nombre de Internet en 1999 se tradujo en la adopción de la Política Uniforme, procedimiento rápido y eficaz en función de los costos que permite solucionar de forma independiente las controversias derivadas del registro abusivo de marcas como nombres de dominio. Conforme a la Política Uniforme, el demandante debe demostrar que el nombre de dominio objeto de controversia es idéntico o similar hasta el punto de inducir a confusión con su marca, que el demandado no tiene derechos ni intereses legítimos en el nombre de dominio y que ha registrado y utilizado de mala fe el nombre de dominio. En diciembre de 1999, el Centro de Arbitraje y Mediación pasó a ser el primer proveedor de servicios con arreglo a la Política Uniforme acreditado y desde entonces se han interpuesto ante él más de 7500 demandas relacionadas con esa política. El Centro ha participado también en la aplicación de varios mecanismos de protección de marcas creados por administradores de registros en los nuevos gTLD y se ha ocupado de más de 15.000 procedimientos de solución de controversias con arreglo a dichos mecanismos.
Importancia de adoptar medidas preventivas
El informe de la OMPI se centra exclusivamente en los aspectos de P.I. que deben tenerse en cuenta a la hora de ampliar el sistema de nombres de dominio y en él no se formulan comentarios sobre la medida en que dicha ampliación sea necesaria o conveniente. En el informe se resume la experiencia adquirida por el Centro de la OMPI en la aplicación de la Política Uniforme y se subraya que el porcentaje de casos presentados ante la OMPI con arreglo a esa política apenas ha registrado cambios en los últimos años y que recientemente ha llegado incluso a aumentar. Por consiguiente, adoptar un mecanismo adicional para impedir el registro no autorizado de nombres durante la crítica fase inicial de introducción de un gTLD contribuiría a la lucha contra la ciberocupación indebida, práctica todavía generalizada.
El dominio ".com" sigue siendo el punto de atracción
La experiencia de la OMPI en la aplicación de la Política Uniforme apunta también a que la primera ampliación del DNS en el año 2000 no ha originado importantes cambios en las estadísticas sobre ciberocupación u observancia. La mayor parte de las controversias tienen que ver con el dominio ".com". Y esa tendencia se observa cada día más desde la introducción de los siete nuevos gTLD. Aunque eso pueda explicarse en parte por la disponibilidad de mecanismos de protección de la P.I. en las primeras fases de registro que se han adoptado para los dominios ".biz" y ".info", lo más probable es que sea indicio de que el dominio ".com" sigue siendo el que mayor interés genera entre los titulares de marcas y los ciberpiratas.
Experiencia de la OMPI en relación con los nuevos gTLD
En el informe se resume la experiencia del Centro de Arbitraje y Mediación en la aplicación de los distintos mecanismos de protección de la P.I. creados para varios de los nuevos gTLD y se efectúa una evaluación comparativa de métodos (servicios de supervisión, registro preventivo, mecanismos de exclusión y mecanismos de registro anticipado). En él se observa también que los administradores de gTLD optan con frecuencia por adoptar mecanismos "de arranque", a saber, mecanismos que ofrecen la posibilidad de que los titulares de activos de P.I. registren su identificador antes que el público en general. La experiencia ha demostrado que la necesidad de mecanismos de protección de la P.I. es mayor en lo que respecta a los gTLD abiertos, es decir, los que no están subordinados a restricciones claramente definidas y reglamentadas en materia de registro y en los que se aceptan las solicitudes de registro de nombres recibidas del público. Cuantos menos sean los requisitos y restricciones de verificación previa que se impongan en el proceso de registro, mayor será el riesgo de que se produzcan registros abusivos.
Prácticas óptimas
En el informe se confirma la necesidad de mecanismos eficaces de protección de la P.I. para impedir que los gTLD pasen a ser paraísos de la ciberocupación indebida y se recomienda lo siguiente: que los mecanismos sean eficaces y minimicen el potencial de abusos; que en ellos se tengan en cuenta los derechos e intereses de terceros; y que sean viables y claros a fin de evitar retrasos indebidos para la introducción o el funcionamiento de nuevos gTLD.
Mecanismo uniforme de protección de la P.I.
En conclusión, en el informe se recomienda aplicar un único mecanismo uniforme de protección preventiva de la P.I. en lo que respecta a todos los nuevos gTLD. Concretamente se trataría de que se ofrezca a los titulares de activos de P.I. la opción de registrar sus identificadores protegidos durante un período específico antes de ofrecer la posibilidad de registro al público en general. En lo que respecta a los gTLD patrocinados u objeto de restricciones, en los que los titulares de activos de P.I. no siempre tienen la facultad de registrar nombres, podría ofrecerse a estos últimos la opción de realizar un registro preventivo durante dicho período inicial. Ese mecanismo uniforme ofrecería una serie de ventajas, a saber:
- Los administradores de registros en los nuevos gTLD no tendrían que crear sus propios mecanismos de protección de la P.I., tarea para la que no están necesariamente preparados;
- La ICANN no tendría que supervisar la debida aplicación de múltiples mecanismos de protección aplicados para diferentes gTLD (ahora que ha concluido la fase experimental de prueba de conceptos a cargo de la ICANN en relación con los nuevos gTLD);
- Los titulares de activos de P.I. no tendrían que dedicar considerables recursos para informarse y utilizar un sinnúmero de mecanismos de protección de la P.I.; y
- El público en general saldría beneficiado de una mayor fiabilidad de los dominios.
Para más información, diríjase a la Sección de la OMPI de Relaciones con los Medios de Comunicación y el Público:
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