Los Estados Miembros de la OMPI proseguirán la labor internacional destinada a proteger los conocimientos tradicionales, los recursos genéticos y el folclore
Ginebra, 29 de setiembre de 2005
Comunicado de prensa PR/2005/421
Los Estados miembros de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) han acordado proseguir con celeridad la labor en la esfera de la propiedad intelectual (P.I.) y los conocimientos tradicionales, los recursos genéticos y el folclore, haciendo hincapié en la dimensión internacional de éstos. La Asamblea General ha decidido prorrogar por otros dos años el mandato del Comité Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore (CIG).
Con esta decisión se renuevan las instrucciones que la Asamblea General dio en 2003 al CIG para que acelerara su labor y centrara su atención en la dimensión internacional de la P.I. y los recursos genéticos, los conocimientos tradicionales (CC.TT.) y el folclore o expresiones culturales tradicionales (ECT). Ningún resultado queda excluido del mandato, ni siquiera la eventual elaboración de un instrumento o instrumentos internacionales sobre el tema en cuestión. Esta nueva decisión confirma la reciente conclusión del propio CIG acerca de que su labor sobre CC.TT. y ECT cuenta con un "amplio apoyo", y aplica su recomendación de prorrogar su mandato para poder llevar adelante la labor.
Los delegados se mostraron complacidos por la labor del CIG y pusieron de manifiesto que es necesario seguir progresando para encontrar soluciones internacionales a la problemática que se plantea en esta esfera. Varios países destacaron que los documentos de trabajo del CIG ya han sido útiles para orientar las consultas en el plano nacional, regional y de las comunidades y que han constituido una valiosa contribución al trabajo de los encargados de la adopción de políticas encaminado a fortalecer desde el punto de vista jurídico el reconocimiento y la protección de los CC.TT. y las ECT.
En otro orden de cosas, los Estados miembros acordaron también transmitir a la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB) un estudio de la OMPI sobre la relación entre los requisitos de divulgación del sistema de P.I. y los recursos genéticos y los CC.TT. conexos. La divulgación del origen, la fuente o la naturaleza jurídica de los recursos genéticos y los CC.TT. utilizados en las invenciones reivindicadas es una cuestión polifacética que está siendo examinada en varios foros internacionales, dentro y fuera de la OMPI. El estudio se preparó en respuesta a una invitación de la Conferencia de las Partes en el CDB, como seguimiento de un estudio técnico anterior de la OMPI, también encargado por la Conferencia de las Partes en el CDB. A partir de la información proporcionada por varios Estados miembros, ONG de la sociedad civil y la industria, el estudio pasa reseña a cuestiones operativas y de política relativas a los mecanismos de divulgación y a la distribución equitativa de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos. Se trata de un paso adelante en un programa cada vez más intenso de cooperación entre el CDB y la OMPI, destinado a encontrar la manera de dotar al sistema de P.I. de lo necesario para promover lo objetivos del CDB, por ejemplo, la distribución equitativa de los beneficios. Ese estudio se transmitirá al CDB para su examen durante la próxima Conferencia de las Partes, que ha de celebrarse en Curitiba (Brasil) en marzo de 2006.
Antecedentes
Se espera que el CIG logre un entendimiento común en el plano internacional acerca de la mejor manera de proteger los CC.TT. y las ECT de su apropiación ilegítima y utilización indebida; uno de los objetivos principales es respaldar a sus titulares y custodios para que ejerzan una autoridad más enérgica sobre la forma en que esos elementos vitales de su identidad cultural se utilizan y difunden, además de consolidar el aspecto jurídico del respeto y el reconocimiento. Muchos participantes en el debate propugnan el establecimiento de instrumentos jurídicos internacionales para alcanzar este objetivo. Los Estados miembros de la OMPI aún no han logrado consenso acerca del formato y el carácter exacto del resultado de este trabajo; sin embargo, en el marco del CIG se han elaborado proyectos de objetivos y principios para la protección jurídica de los CC.TT. y las ECT contra su apropiación ilegítima y utilización indebida. Esos proyectos de disposiciones son actualmente objeto de consultas activas y específicas en muchos países y, como se informó en la Asamblea, ya están contribuyendo a catalizar el diálogo y la elaboración de medidas prácticas y jurídicas en el plano nacional, regional y de las comunidades. En la Actualidad de la OMPI WIPO/UPD/2005/251 figuran otras informaciones sobre los antecedentes de la labor reciente del CIG.
Para más información, diríjase a la Sección de la OMPI de Relaciones con los Medios de Comunicación y el Público:
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