Grupo de Trabajo sobre divulgaciones de invenciones múltiples y solicitudes complejas
Primera sesión: Ginebra, 7 y 8 de mayo de 2002
Estructura propuesta para los comentarios
1. En su sexta sesión, en noviembre de 2001, el Comité Permanente sobre el Derecho de Patentes (SCP) debatió el establecimiento de un Grupo de Trabajo sobre divulgaciones de invenciones múltiples y solicitudes complejas, sobre la base de una propuesta de la Delegación de los Estados Unidos de América (documento SCP/6/6). El SCP acordó que la primera reunión del Grupo de Trabajo se llevaría a cabo conjuntamente con la séptima sesión del SCP y durante la misma semana. El SCP decidió igualmente que la Oficina Internacional recopilara información de los miembros y observadores del SCP para la primera sesión del Grupo de Trabajo y publicara las aportaciones recibidas en el foro electrónico del SCP: https://www.wipo.int/scp (véase el documento SCP/6/9, párrafo 212).
2. En consecuencia, se invita a los miembros y observadores del SCP a que remitan comentarios y aportaciones relativos a las actividades del Grupo de Trabajo utilizando uno de los medios siguientes:
i) por correo-e a scp.forum@wipo.int;
ii) por telefacsímil a +41-22-338-8830 (a la atención del Sr. Philippe Baechtold);
iii) por correo ordinario a la dirección siguiente: Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, 34, chemin des Colombettes, 1211 Ginebra (Suiza) (a la atención del Sr. Philippe Baechtold).
3. Se solicita a los miembros y observadores del SCP que deseen formular comentarios que los remitan a más tardar el 5 de marzo de 2002.
4. Con el fin de facilitar la preparación del documento de debate para la primera reunión del Grupo de Trabajo, se propone que se organicen los comentarios y aportaciones sobre cualquiera de las cuestiones determinadas en la sexta sesión del SCP, así como cualquier otra cuestión, con arreglo a la estructura que figura a continuación.
I. CUESTIONES DE PROCEDIMIENTO
5. El Grupo de Trabajo se reunirá el martes 7 de mayo y el miércoles 8 de mayo de 2002, de las 8 a las 9.45 de la mañana, antes del horario habitual de trabajo de la séptima sesión del SCP (de las 10 del mañana a la 1 de la tarde y de las 3 a las 6 de la tarde). Habida cuenta del horario limitado de que dispone el Grupo de Trabajo, será necesario adoptar un procedimiento de trabajo que garantice que el Grupo de Trabajo informe puntualmente de sus actividades al SCP, con el fin de facilitar el examen del proyecto de Tratado sobre el Derecho Sustantivo de Patentes (SPLT). Por ejemplo, haciendo el mayor uso posible del Foro Electrónico del SCP se logrará un intercambio de información eficaz, así como un libre intercambio de opiniones, entre los miembros del Grupo de Trabajo.
II. CUESTIONES
6. El SCP determinó que el Grupo de Trabajo examinara las cinco cuestiones siguientes, aunque el mandato del Grupo de Trabajo no se limita a dichas cuestiones: i) la unidad de la invención, ii) la vinculación de las reivindicaciones, iii) el número de las reivindicaciones, iv) el requisito de contar con reivindicaciones claras y concisas, v) el procedimiento especial para tramitar solicitudes complejas, como, por ejemplo, solicitudes muy extensas o largas listas de secuencias.
7. Se solicitan comentarios y aportaciones de los miembros y observadores del SCP a fin de facilitar el debate sobre las cuestiones mencionadas en la primera reunión del Grupo de Trabajo. En particular, se invita a las Oficinas de patentes a que compartan sus experiencias y prácticas a fin de hacer frente al volumen de trabajo relacionado con las divulgaciones de invenciones múltiples y las solicitudes complejas. En los comentarios cabe abordar, entre otras, las cuestiones siguientes:
1) Unidad de la invención
8. Cabe examinar la cuestión de si resulta suficiente la norma relativa a la unidad de la invención establecida en el Artículo 6 del proyecto de SPLT (véase el documento SCP/6/2) y la Regla 13.1 a 13.3 del PCT y, en caso contrario, qué podría servir de alternativa. En el documento SCP/6/6, la Delegación de los Estados Unidos de América señalaba que importantes requisitos de búsqueda se imponen al examinador antes de que el solicitante responda a una petición de limitación o exigencia de unidad.
2) Vinculación de las reivindicaciones
9. La Regla 6.5) del proyecto de SPLT (véase el documento SCP/6/3) y la Regla 6.4 del PCT prevén las normas relativas a las reivindicaciones dependientes y dependientes múltiples. Cabe estudiar la posibilidad de aplicar estas normas con miras a aumentar la eficacia en el proceso de examen. En el documento SCP/6/6, la Delegación de los Estados Unidos de América declaraba que, para reducir los costos generales, cabía tomar en consideración nuevas prácticas, como la búsqueda completa de reivindicaciones vinculantes, antes de iniciar la búsqueda de invenciones vinculadas.
3) Número de reivindicaciones
10. El Grupo de Trabajo podría considerar la posibilidad de limitar razonablemente el número de reivindicaciones, como el número total de reivindicaciones o el número de reivindicaciones independientes.
4) Requisito de que las reivindicaciones sean claras y concisas
11. El Artículo 11.2) del proyecto de SPLT prevé que las reivindicaciones, tanto individualmente como en su totalidad, deberán ser claras y concisas. El Grupo de Trabajo podría estudiar la interpretación de esos términos en relación con la complejidad de las solicitudes, en particular en el ámbito de las nuevas tecnologías.
5) Procedimientos especiales para tramitar solicitudes complejas, como, por ejemplo, solicitudes muy extensas o largas listas de secuencias
12. El Grupo de Trabajo podría estudiar las prácticas óptimas para tramitar solicitudes complejas, como, por ejemplo, solicitudes muy extensas y solicitudes que contengan largas listas de secuencias, durante el procedimiento de búsqueda y examen. En el documento SCP/6/6, la Delegación de los Estados Unidos de América expresaba interés, por ejemplo, por debatir la reducción de la nueva búsqueda del estado de la técnica para una determinada solicitud cuando el concepto reivindicado se ha apartado de la materia de la búsqueda inicial.