Solución de controversias y observancia de los derechos de PI
A pesar de todos los esfuerzos, desafortunadamente, pueden surgir, y surgen, controversias en materia de propiedad intelectual (PI). Tales controversias pueden surgir a causa de una infracción de sus derechos de PI por terceros o bien porque un tercero alegue que usted ha infringido sus derechos de PI.
Ambos casos pueden dar lugar a procedimientos judiciales, demandas para que se deje de utilizar el activo de PI o indemnizaciones.
Solución extrajudicial de controversias
Los litigios sobre PI son costosos y pocas empresas pequeñas optarían por esa vía, ni como parte demandante ni demandada. La solución extrajudicial de controversias por medio de mecanismos como el arbitraje y la mediación representa una posible alternativa a la vía judicial.
La solución extrajudicial de controversias de la OMPI
El Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI es un proveedor de servicios de solución de controversias neutral, internacional y sin fines de lucro que ofrece opciones rápidas y eficaces en función de los costos para la solución extrajudicial de controversias.
Arbitraje
En un procedimiento de arbitraje, todas las partes acuerdan someter la controversia a uno o más árbitros que dictan una decisión vinculante al respecto.
El procedimiento de arbitraje es privado y menos formal que los procedimientos judiciales. Asimismo, a nivel internacional resulta más fácil exigir el cumplimiento de una indemnización por daños y perjuicios obtenida mediante arbitraje que a través de un procedimiento judicial nacional.
Mediación
En un procedimiento de mediación, un intermediario neutral, el mediador, ayuda a las partes a solucionar su controversia de manera mutuamente satisfactoria. Cualquier acuerdo al que lleguen las partes se formaliza en un contrato.
Una de las ventajas de la mediación es que las partes mantienen el control sobre el proceso de solución de la controversia, lo que puede contribuir a mantener buenas relaciones comerciales con la parte infractora.
Consejo de experto: Al entablar relaciones con terceras partes, añada una cláusula contractual que prevea la solución extrajudicial de controversias.
Observancia de los derechos de PI: ¿A quién debo dirigirme?
Es responsabilidad del titular de los derechos de PI velar por que estos se respeten. En otras palabras, como titular de derechos de PI, le corresponde a usted detectar toda infracción de su PI y decidir qué medidas adoptar.
Los Estados tienen la responsabilidad de crear instituciones que puedan facilitar la observancia de los derechos de PI. El poder judicial y, en algunos casos, los órganos administrativos como las oficinas de PI o las autoridades aduaneras son instituciones gubernamentales que deben resolver los casos de infracción.
Cuando se dispone de medidas en frontera para impedir la importación de mercancías de marca de fábrica o de comercio falsificadas o mercancías pirata que lesionan el derecho de autor, las autoridades aduaneras tienen un papel importante que desempeñar. Si tiene conocimiento de que se prepara la importación de mercancías que infringen su PI, puede solicitar a las autoridades aduaneras que suspendan el despacho de esas mercancías para libre circulación. Las autoridades aduaneras pueden tomar medidas a petición del titular del derecho o para ejecutar órdenes judiciales. En algunos países también pueden actuar por propia iniciativa. Por otra parte, en algunos países existen asociaciones empresariales que ayudan a sus miembros a hacer valer sus derechos de PI.
Observancia de los derechos de PI: ¿Qué puedo hacer en caso de infracción?
Si sospecha que se ha producido una infracción de su PI, siempre conviene recurrir al asesoramiento de un especialista. En función del ordenamiento jurídico, existen diversos instrumentos para hacer valer sus derechos de PI y los procedimientos y derechos exactos difieren de un país a otro. Las siguientes medidas dependen de si la infracción ha sido intencional o no intencional.
Cartas de intimación al cese de la práctica
Por lo general, la primera medida que se puede adoptar contra quien haya infringido su PI es el envío de una "carta de intimación al cese de la práctica" al presunto infractor. En dicha carta se notifica a la otra parte que puede existir un conflicto entre sus derechos de PI y la actividad comercial desarrollada por esta (señalando el aspecto exacto del conflicto) y se propone examinar una posible solución al problema.
Este procedimiento suele ser eficaz cuando la infracción se produce de manera involuntaria, ya que el infractor, en la mayoría de los casos, cesará la práctica o aceptará negociar un acuerdo de licencia.
Procedimientos judiciales
En caso de que las infracciones de PI persistan, podría solicitar la asistencia de las autoridades competentes e iniciar un procedimiento judicial. En función de la legislación nacional, dispone de una serie de recursos para proteger su PI. Como medida cautelar, el tribunal puede, por ejemplo, ordenar la conservación de las pruebas de la presunta infracción de PI. Una vez constatada la comisión de la infracción, el tribunal puede ordenar al infractor cesar la infracción e indemnizar al titular por los daños y perjuicios que pueda haber sufrido. Asimismo, los bienes infractores pueden ser incautados y apartados de los circuitos comerciales, y, en muchos países, las autoridades judiciales pueden ordenar al infractor que informe sobre la identidad de los terceros que hayan participado en la producción y distribución de los bienes infractores, y sobre sus circuitos de distribución.
Si una infracción de PI equivale a un delito penal conforme a la legislación nacional aplicable, como en los casos de falsificación dolosa de marcas de fábrica o de comercio o de piratería lesiva del derecho de autor, puede alertar a las autoridades y solicitar que se investigue el asunto.
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