Traditional Knowledge Laws: Costa Rica
Title | Law No. 7788 on Biodiversity (as last amended by Law No. 8686 of November 21, 2008) |
Subject Matter | Genetic Resources |
Issue(s) | Trigger of Disclosure; Content of Disclosure; Consequences of Non-Compliance |
Type(s) of Legislation | Other |
(Note: This is not a classic disclosure requirement.)
Trigger of Disclosure
ARTÍCULO 80
Consulta previa obligada Tanto la Oficina Nacional de Semillas como los Registros de Propiedad Intelectual y de Propiedad Industrial, obligatoriamente deberán consultar a la Oficina Técnica de la Comisión, antes de otorgar protección de propiedad intelectual o industrial a las innovaciones que involucren elementos de la biodiversidad. Siempre aportarán el certificado de origen emitido por la Oficina Técnica de la Comisión y el consentimiento previo.
La oposición fundada de la Oficina Técnica impedirá registrar la patente o protección de la innovación.
Content of Disclosure
ARTÍCULO 80/h3>
Consulta previa obligada Tanto la Oficina Nacional de Semillas como los Registros de Propiedad Intelectual y de Propiedad Industrial, obligatoriamente deberán consultar a la Oficina Técnica de la Comisión, antes de otorgar protección de propiedad intelectual o industrial a las innovaciones que involucren elementos de la biodiversidad. Siempre aportarán el certificado de origen emitido por la Oficina Técnica de la Comisión y el consentimiento previo.
La oposición fundada de la Oficina Técnica impedirá registrar la patente o protección de la innovación.
Consequences of Non-Compliance
ARTÍCULO 80
Consulta previa obligada Tanto la Oficina Nacional de Semillas como los Registros de Propiedad Intelectual y de Propiedad Industrial, obligatoriamente deberán consultar a la Oficina Técnica de la Comisión, antes de otorgar protección de propiedad intelectual o industrial a las innovaciones que involucren elementos de la biodiversidad. Siempre aportarán el certificado de origen emitido por la Oficina Técnica de la Comisión y el consentimiento previo.
La oposición fundada de la Oficina Técnica impedirá registrar la patente o protección de la innovación.